CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES WARNERS HERMANOS SpA

CVE 2023219
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
6 de octubre de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
6 de octubre de 2021
Repertorio
11065-2021
Notario
GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO
Oficio
Titular de la Décima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El Objeto de la Sociedad es el arriendo de inmuebles amoblados o con equipos y maquinarias; La compra, venta y alquiler de inmuebles propios o arrendados; Corredores de propiedades; La asesorías en la gestión de la compra o venta de pequeñas y medianas empresas; Otras actividades empresariales N.C.P.; La Comercialización, compra, venta y arriendo en general de bienes muebles; Las actividades inmobiliarias, empresariales y de alquiler en general; Además de lo anterior, podrá ejecutar cualquier objeto secundario que tenga relación directa con el principal previamente detallado

Administración

A contar de la fecha de la presente escritura, los Administradores y Gerentes serán conjuntamente Don HUMBERTO SERGIO IGNACIO SANTIBÁÑEZ DONOSO, cédula nacional de identidad número dieciocho millones ochocientos treinta y dos mil setenta y nueve guion uno; Don RODRIGO MATIAS SANTIBAÑEZ DONOSO, cédula nacional de identidad número diecinueve millones quinientos treinta y siete mil ochocientos trece guión cuatro; y Doña KARLA FRANCISCA RITA SANTIBAÑEZ DONOSO, cédula nacional de identidad número diecinueve millones ochocientos sesenta y siete mil cuatrocientos doce guión cinco, quienes actuaran conjuntamente con la totalidad de los poderes señalados en el artículo noveno de estos estatutos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GIOVANNI ANTONIO PIRAÍNO AVELLO, Abogado, Notario Público Suplente de la Titular de la Décima Notaría de Santiago, VALERIA RONCHERA FLORES, con oficio en calle Agustinas N°1235, segundo piso, Santiago, CERTIFICO: Con fecha 05 de octubre de 2021, por escritura pública otorgada ante mí, Repertorio N° 11.065-2021, Don HUMBERTO SERGIO IGNACIO SANTIBÁÑEZ DONOSO, quien declara ser chileno, empleado, soltero, cédula nacional de identidad número dieciocho millones ochocientos treinta y dos mil setenta y nueve guion uno, domiciliado en calle quince y medio norte B número mil ochocientos sesenta y siete, Comuna de Talca, de paso por esta ciudad; Don RODRIGO MATIAS SANTIBAÑEZ DONOSO, quien declara ser chileno, empleado, soltero, cédula nacional de identidad número diecinueve millones quinientos treinta y siete mil ochocientos trece guión cuatro, domiciliado en Parcela Parrones s, Sector Los Parrones de Pedregal, Comuna de Los Ángeles, de paso por esta ciudad; y Doña KARLA FRANCISCA RITA SANTIBAÑEZ DONOSO, quien declara ser chilena, empleada, soltera, cédula nacional de identidad número diecinueve millones ochocientos sesenta y siete mil cuatrocientos doce guión cinco, domiciliada en calle Toesca número dos mil cuarenta y seis, departamento número trescientos seis, comuna y ciudad de Santiago, constituyeron Sociedad por Acciones, bajo razón social INVERSIONES WARNERS HERMANOS SpA”, pudiendo usar ante toda clase de instituciones el nombre de fantasía “WARNERS HERMANOS SpA”; Objeto: El Objeto de la Sociedad es el arriendo de inmuebles amoblados o con equipos y maquinarias; La compra, venta y alquiler de inmuebles propios o arrendados; Corredores de propiedades; La asesorías en la gestión de la compra o venta de pequeñas y medianas empresas; Otras actividades empresariales N.C.P.; La Comercialización, compra, venta y arriendo en general de bienes muebles; Las actividades inmobiliarias, empresariales y de alquiler en general; Además de lo anterior, podrá ejecutar cualquier objeto secundario que tenga relación directa con el principal previamente detallado. Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país o en el extranjero. Duración: La sociedad comenzará a regir con esta fecha y su duración será indefinida. Capital suscrito y pagado: $3.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, de igual valor y sin valor nominal que se pagan y enteran en la siguiente forma: A. HUMBERTO SERGIO IGNACIO SANTIBÁÑEZ DONOSO: Suscribe la cantidad de treinta y dos acciones que representan novecientos sesenta mil pesos, correspondiente al treinta y dos por ciento del capital total de la sociedad, las cuales suscribe y que entera en su totalidad en este acto al contado y en dinero efectivo, que ingresan a la caja social a entera satisfacción de la sociedad. B. RODRIGO MATIAS SANTIBAÑEZ DONOSO: Suscribe la cantidad de treinta y dos acciones que representan novecientos sesenta mil pesos, correspondiente al treinta y dos por ciento del capital total de la sociedad, las cuales suscribe y que entera en su totalidad en este acto al contado y en dinero efectivo, que ingresan a la caja social a entera satisfacción de la sociedad. C. KARLA FRANCISCA RITA SANTIBAÑEZ DONOSO: Suscribe la cantidad de treinta y seis acciones que representan un millón ochenta mil pesos, correspondiente al treinta y seis por ciento del capital total de la sociedad, las cuales suscribe y que entera en su totalidad en este acto al contado y en dinero efectivo, que ingresan a la caja social a entera satisfacción de la sociedad. Administración: A contar de la fecha de la presente escritura, los Administradores y Gerentes serán conjuntamente Don HUMBERTO SERGIO IGNACIO SANTIBÁÑEZ DONOSO, cédula nacional de identidad número dieciocho millones ochocientos treinta y dos mil setenta y nueve guion uno; Don RODRIGO MATIAS SANTIBAÑEZ DONOSO, cédula nacional de identidad número diecinueve millones quinientos treinta y siete mil ochocientos trece guión cuatro; y Doña KARLA FRANCISCA RITA SANTIBAÑEZ DONOSO, cédula nacional de identidad número diecinueve millones ochocientos sesenta y siete mil cuatrocientos doce guión cinco, quienes actuaran conjuntamente con la totalidad de los poderes señalados en el artículo noveno de estos estatutos.- Demás estipulaciones en escritura extractada, donde se faculta al portador inscribir el presente extracto.- Santiago, 06 de octubre de 2021.