SOCIEDAD AGRÍCOLA FARIAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de septiembre de 2021
- Notario
- PABLO A. EISENDECHER BERTIN
- Domicilio
- Osorno
Sociedad
- Capital
- $250.000 CLP
- Domicilio
- San Pablo
- Duración
- 10 a contar del otorgamiento de la escritura constitutiva, renovables tácitamente por periodos iguales
Objeto social
explotación agrícola, ganadera y forestal, por cuenta propia o ajena, con capitales propios o ajenos, de predios rústicos; la crianza, engorda, transporte, compra y venta, por mayor y menor, de ganado y aves, y todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el objeto principal. Administración y uso de
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO A. EISENDECHER BERTIN, Abogado, Notario Publico Titular de Osorno, con oficio Eleuterio Ramírez 910, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, don HUGO JUAN FARIAS MALDONADO, domiciliado en calle Alcalde Gustavo Fuschlocher 1411, ciudad y comuna de Osorno; y doña MIRIAM ELISA CEA TORRES, domiciliada en calle Alcalde Gustavo Fuschlocher 1411, ciudad y comuna de Osorno; don HUGO FERNANDO FARIAS CEA, domiciliado en calle Los Olmos 3256, departamento 718, torre C, comuna de Macul, Región Metropolitana y de paso por esta; y don OSCAR IGNACIO FARIAS CEA, domiciliado en calle Alcalde Gustavo Fuschlocher 1411, ciudad y comuna de Osorno. Los comparecientes mayores de edad, constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada. Razón Social: “SOCIEDAD AGRÍCOLA FARIAS LIMITADA”, pudiendo actuar con la denominación “AGRÍCOLA FARIAS LTDA”. Objeto: explotación agrícola, ganadera y forestal, por cuenta propia o ajena, con capitales propios o ajenos, de predios rústicos; la crianza, engorda, transporte, compra y venta, por mayor y menor, de ganado y aves, y todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el objeto principal. Administración y uso de razón social: Corresponderá a don HUGO JUAN FARIAS MALDONADO y a doña MIRIAM ELISA CEA TORRES, separada o conjuntamente, con las más amplias facultades indicadas en la cláusula octava de la escritura de constitución empresarial. Capital: Será la suma total de $250.000.000 de pesos, que los constituyentes aportan de la siguiente manera: a) El socio don HUGO JUAN FARIAS MALDONADO, aporta en dominio un inmueble rural denominado Parcela número Seis del proyecto de Parcelación “Santa Luisa”, ubicado en la comuna de San Pablo y Osorno, provincia y departamento de Osorno, de aproximadamente 55,6 hectáreas de superficie. El título de dominio a su favor rola inscrito a fojas vuelta número 499 del registro de Propiedad del año 1994 del Conservador de Bienes Raíces de Osorno. El rol de avalúo fiscal 108-65 de la comuna de San Pablo. Este aporte se valora, por la unanimidad de los comparecientes, en la suma de $150.000.000 de pesos, equivalente al 60% del capital social. b) MIRIAM ELISA CEA TORRES aporta la suma de $5.000.000 de pesos en dinero efectivo que se ingresa a caja social y $30.000.000 de pesos se ingresarán a la sociedad en un plazo 6 años desde la suscripción de la constitución. Además, aporta en dominio Camioneta marca Toyota, modelo Hilux D Cab 2.5, año 2014, placa patente única GVFT. 49-1, número de motor 2KDA517631, chasis número MR0FR22G0F0781778, color Blanco, diésel. Este aporte se valora, por la unanimidad de los comparecientes, en la suma $15.000.000 de pesos, totalizando un aporte social de $50.000.0000 de pesos, equivalente al 20% del capital social. c) HUGO FERNANDO FARIAS CEA, aporta la suma de $1.000.000 de pesos en dinero efectivo que se ingresa a caja social y la suma de $19.000.000 de pesos que se ingresarán en un plazo de 6 años desde la suscripción de la presente escritura, totalizando un aporte de $20.000.000 de pesos, equivalente al 8% del capital social d) OSCAR IGNACIO FARIAS CEA, aporta la suma de $5.000.000 de pesos, que se ingresan a caja social y la suma de $25.000.000 de pesos que se ingresaran en un plazo de seis años desde la suscripción de la presente escritura, totalizando un aporte social de $30.000.000 de pesos equivalente al 12% del capital social. Responsabilidad: Los constituyentes limitan su responsabilidad hasta el monto de sus aportes. Domicilio: San Pablo, sin perjuicio de establecer sucursales en el resto del país. Duración: 10 a contar del otorgamiento de la escritura constitutiva, renovables tácitamente por periodos iguales. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Se facultó para inscribir. Osorno, 21 Septiembre 2021.