MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

PAISAJISMO VERDEAGUA LIMITADA

RUT 76366094-K CVE 2022198
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
14 de julio de 2014
Notaría
Miranda de Concepción

Instrumento

Fecha
14 de julio de 2014
Repertorio
3537
Notario
JUAN ESPINOSA BANCALARI
Domicilio
Concepción
Comuna
Miranda de Concepción

Sociedad

Capital
$10.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ESPINOSA BANCALARI, Abogado, Notario Público Titular de Concepción, con oficio en esta ciudad, calle O’Higgins Nº528, certifico: Con fecha 17 de agosto de 2021, Rep.N°3.561, ante mí, CAROLINA ALEJANDRA FERNÁNDEZ FIGUEROA, chilena, casada y separada de bienes, arquitecto paisajista, CNI 13.307.204-7, domiciliada en Chiguayante, calle Manantiales 51; RENÉ FELIPE ARANEDA PARISCHEWSKY, chileno, casado y separado de bienes, arquitecto, CNI 12.697.794-8, domiciliado en Concepción calle Victoria N°1255, y MARÍA GRACIELA ELENA FIGUEROA SILVA, chilena, divorciada, comisionista, CNI 6.445.591-5, domiciliada en Chiguayante, calle Manantiales 51; celebraron Cesión de Derechos y Modificación de Sociedad "PAISAJISMO VERDEAGUA LIMITADA" o "VERDEAGUA LTDA.", constituida por escritura pública de fecha 14 de julio de 2014, Repertorio 3537, en la Notaría Miranda de Concepción, extracto que fue inscrito a fojas 1674 vuelta N°1491, del Registro de Comercio año 2014, del Conservador de Bienes Raíces de Concepción y publicado en el Diario Oficial con fecha 18 de julio del mismo año.- La sociedad tiene un capital de $10.000.000 y el RUT es N°76.366.094-K.- Por el presente instrumento don René Felipe Araneda Parischewky vende, cede y transfiere el total de sus acciones, derechos e intereses en la sociedad, equivalentes al 10% de ella, a doña María Graciela Elena Figueroa Silva, el precio de la cesión es la suma de $1.000.000 que se pagan en dinero efectivo y al contado y a entera satisfacción del cedente.- Producto de estas cesiones se producen las siguientes consecuencias: a) Don René Felipe Araneda Parischewky deja de ser socio; y b) Ingresa como socia doña María Graciela Elena Figueroa Silva con el 10% de los derechos sociales. La socia Carolina Alejandra Fernández Figueroa acepta la cesión de derechos y el ingreso de la nueva socia.- Consecuencia de la cesión de derechos se introduce la modificación: “El capital social es la suma de $10.000.000 que se aportan de la siguiente manera: a) Doña CAROLINA ALEJANDRA FERNÁNDEZ FIGUEROA, $9.000.000, que fueron aportados en la forma señalada al momento de constituir la sociedad, correspondiéndole el 90% del haber social; b) Doña María Graciela Elena Figueroa Silva la suma de $1.000.000 y ya ingresados en arcas sociales al momento de la constitución de la sociedad, correspondiéndole el 10% del haber social.”.- En lo no modificado por este acto, la sociedad se entiende plenamente vigente.- Demás estipulaciones constan escritura extractada. Concepción, 05 de octubre de 2021.-