CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

OYARZUN Y ROJAS LIMITADA

CVE 2022653
Capital
$5.000 CLP
Fecha instrumento
30 de septiembre de 2021
Notaría
Chillán
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
30 de septiembre de 2021
Repertorio
5681
Comuna
Chillán

Sociedad

Capital
$5.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Chillan
Duración
05 años a contar fecha escritura, prorrogables, forma estipulada contrato social. Objeto social será: los siguientes servicios y actividades: A.- Vigilancia y protección de bienes, establecimientos, espectáculos, certámenes o convenciones. B.- La protección de personas determinadas, previa la autorización correspondiente. C.- Planificación y asesoramiento de las actividades propias de las empresas de seguridad. D.- Prestación de servicios de vigilancia y protección de la propiedad rural mediante guardas particulares del campo. E.- La celebración y ejecución de toda y cualquier clase de actos y contratos y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con el objeto antes indicado. Administración y uso

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD, Abogado Notario Titular, tercera Notaria Chillán, Paseo Arauco 620, CERTIFICO: Por escritura pública de 30 septiembre de dos mil veintiuno ,bajo repertorio 5681,comparecen ante mí, doña CARMEN GLORIA OYARZUN REYES, con domicilio en Oro Verde kilómetro 8 s, comuna de Chillan, Región de Ñuble, y doña FRANCISCA PATRICIA ROJAS HEREDIA, con domicilio en El Radal 320, ciudad de Chillan, Región de Ñuble, constituyeron sociedad comercial responsabilidad limitada, siguientes términos: Razón social: “OYARZUN Y ROJAS LIMITADA”. Nombre fantasía: “ORO VERDE SEGURIDAD LTDA.” Domicilio: Ciudad de Chillan, sin perjuicio sucursales o agencias resto país. Duración: 05 años a contar fecha escritura, prorrogables, forma estipulada contrato social. Objeto social será: los siguientes servicios y actividades: A.- Vigilancia y protección de bienes, establecimientos, espectáculos, certámenes o convenciones. B.- La protección de personas determinadas, previa la autorización correspondiente. C.- Planificación y asesoramiento de las actividades propias de las empresas de seguridad. D.- Prestación de servicios de vigilancia y protección de la propiedad rural mediante guardas particulares del campo. E.- La celebración y ejecución de toda y cualquier clase de actos y contratos y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con el objeto antes indicado. Administración y uso razón social: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá indistintamente a ambos socios, salvo en aquellos actos o contratos que digan relación con la obtención de créditos solicitados a favor de la sociedad, o transferencia de cualquier clase de bienes, cuyo monto exceda en ambos casos, las CINCO MILLONES DE PESOS ($5.000.000-). Capital $30.000.000.- de los cuales doña CARMEN GLORIA OYARZUN REYES, aporta $15.000.000, y doña FRANCISCA PATRICIA ROJAS HEREDIA, aporta $15.000.000, sumas ya pagadas. Utilidades y eventuales pérdidas se repartirán entre socios proporción respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Chillan, 30 de septiembre 2021.