INVERSIONES VALORE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 9 de septiembre de 2021
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso 2, certifico que por escritura pública de fecha 09 de Septiembre de 2021, otorgada ante mí, JUAN GABRIEL FUENZALIDA LUQUE, en su calidad de socio y heredero de Oscar Juan Fuenzalida Calderón y de Gabriela Isabel Luque Gamboa, JUAN GABRIEL FUENZALIDA CARO, ambos Las Arañas 5805, departamento 37,comuna La Reina y, BLANCA LORENA FUENZALIDA LUQUE, en su calidad de heredera de Oscar Juan Fuenzalida Calderón y de Gabriela Isabel Luque Gamboa, Lo Espina 273, comuna El Bosque y de paso en ésta, resciliaron modificación de sociedad “INVERSIONES VALORE LIMITADA”, Rut 76.283.347-6, celebrada por escritura pública de 16 Octubre de 2020, ante Notario de Santiago ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, que se inscribió a fs 85045 n°40785, Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Santiago, año 2020 y publicada Diario Oficial el 14 diciembre 2020, dejándola sin efecto para todos los fines legales y contractuales, otorgándose completo y recíproco finiquito respecto de dicha escritura. A continuación, los mismos comparecientes, modificaron “Inversiones Valore Limitada”, Rut 76.283.347-6, sociedad inscrita a fojas 13210, N° 8.866 Registro Comercio Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2013, publicada Diario Oficial de 20/02/2013, en el siguiente sentido: BLANCA LORENA FUENZALIDA LUQUE, adjudicataria del uno por ciento de los derechos sociales en “Inversiones Valore Limitada” y don JUAN GABRIEL FUENZALIDA LUQUE, es dueño del noventa y nueve por ciento de los derechos sociales en “Inversiones Valore Limitada”, por adjudicación y dominio anterior. Doña BLANCA LORENA FUENZALIDA LUQUE vende, cede y transfiere el 1% de sus derechos de que es dueña en la sociedad “INVERSIONES VALORE LIMITADA”, a JUAN GABRIEL FUENZALIDA CARO, quien los compra, acepta, y adquiere para sí. Precio cesión $100.000 ya pagados dinero efectivo. “Inversiones Valore Limitada”, queda conformada Juan Gabriel Fuenzalida Luque con 99% derechos sociales y Juan Gabriel Fuenzalida Caro con 1% derechos sociales. Objeto de la sociedad será: a) La compra y venta de bienes muebles de carácter permanente o fungibles, su industrialización y comercialización y en general la compra, venta, distribución, importación y comercialización en cualquier forma de cualquier elemento o especie destinados al consumo de personas o empresas; b) La compra, venta y distribución de vehículos de toda especie, sean nuevos o usados; c) La compra, venta y distribución de herramientas, equipos y maquinarias destinadas a la reparación y mantención de vehículos y maquinaria industrial, y en general a cualquier herramienta o equipo destinados a las actividades industrial, minera, forestal, pecuaria, agropecuaria, agrícola, etcétera; d) La compra y venta de elementos para la industria energética, sean paneles solares, fotovoltaicos, y en general cualquier otro elemento relacionado con estas actividades; e) La importación, distribución y exportación de artículos, herramientas, equipos y bienes detallados en las letras anteriores; artículos electrónicos y mecánicos; c) Representar a empresas Chilenas o extranjeras, relacionados con cualquier de los artículos, herramientas, equipos y bienes detallados en las letras anteriores, pudiendo ser distribuidor de las mismas; f) El transporte de carga mediante la explotación de vehículos para el transporte de carga propia o ajena. g) Realizar labores de asesoría en contabilidad, marketing, publicidad, negocios, h) la compra y venta de bienes inmuebles, arriendo de las mismas y la construcción mayor o menor, en inmuebles propios o ajenos; I) Invertir en valores mobiliarios, acciones, y en general cualquier instrumento de inversión que exista en el mercado formal e informal y j) para la consecución de los fines señalados con anterioridad, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo participar en otras sociedades, como accionista o socio, ya sea concurriendo a la constitución de las mismas o bien mediante la adquisición de acciones o derechos sociales. Administración, representación y uso de la razón social y nombre de fantasía corresponderá a don JUAN GABRIEL FUENZALIDA LUQUE. En lo no modificado continúa vigente estatuto original .Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 05 de Octubre de 2021.