MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

EL PALTÓN SpA

RUT 76378796-6 CVE 2022084
Fecha instrumento
16 de mayo de 2014

Instrumento

Fecha
16 de mayo de 2014
Notario
Eduardo Andrés Aliaga Martínez
Oficio
titular de la tercera notaria de Buin con asiento en Paine

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Eduardo Andrés Aliaga Martínez, Notario Público, suplente del titular de la tercera notaria de Buin con asiento en Paine, doña Elizabeth Catherine Pacheco Cifuentes, con oficio en calle O´Higgins número quinientos noventa, comuna de Paine, CERTIFICO: Por escritura pública hoy, ante mí, doña MARIBEL CARMEN RAMÍREZ PROVOSTE, chilena, casada y separada totalmente de bienes, empresaria, C.I.N°13.046.000-3, domiciliada en Parcela 58 Las Colonias de Paine, comuna de Paine, en su calidad de Gerente General y representante legal de la sociedad EL PALTÓN SpA, persona jurídica de derecho privado, del giro comercializadora, RUT N°76.378.796-6, ambos domiciliados en avenida Maipú 3001, Comuna de Pedro Aguirre Cerda, de paso por esta y doña ROMINA ALEJANDRA NAVARRO RAMÍREZ, chilena, soltera, factor de comercio, C.I.N°19.956.498-6, domiciliada en Avenida Maipú 5530, comuna de Pedro Aguirre Cerda y de paso por esta, los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las mencionadas cédulas y exponen: PRIMERO: ANTECEDENTES DE LA SOCIEDAD: Uno: Por escritura pública de fecha 16 de Mayo de 2014, otorgada ante don Félix Jara Cadot, Notario Público de Santiago, doña Maribel Carmen Ramírez Provoste, constituyo una empresa individual de responsabilidad limitada denominada “Comercializadora y agrícola Maribel Carmen Ramírez Provoste E.I.R.L.”, y con nombre de fantasía “COMERCIALIZADORA NAHUEN E.I.R.L.”, el extracto de dicha empresa se inscribió a fojas37.185, número 23191 en el Registro de comercio del año 2014 a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago y publicado en el Diario Oficial de fecha 29 de Mayo de 2014. Así mismo la empresa sufrió modificación por escritura pública de fecha 22 de Agosto de 2016, ante el Notario Público de Santiago don Félix Jara Cadot , de la cual se realizó anotación al margen de la inscripción principal en el Registro de comercio y de la cual su extracto fue publicado en el ante la Notario Público Titular de la comuna de Buin, doña Myriam Escobar Diaz la compareciente doña Maribel Carmen Ramírez Provoste, modifica y transforma la empresa a una sociedad por acciones denominada “El PALTÓN SpA”, RUT N°76.378.796-6, con domicilio en la ciudad de Santiago, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 41.620.-, número 19.838.-, del Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2020, Publicado en el Diario Oficial con fecha 13 de julio de 2020. Siendo doña MARIBEL CARMEN RAMÍREZ PROVOSTE, designada como Gerente General y única accionista con el total de las acciones sociales, correspondientes a 100 acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal. SEGUNDO: ACTUALES SOCIOS. - Conforme al pacto social vigente, la actual y única socia “ EL PALTÓN Spa.”, es doña MARIBEL CARMEN RAMÍREZ PROVOSTE, con el cien por ciento de las acciones sociales, correspondientes a 100 acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal. TERCERO: VENTA DE ACCIONES: Por el presente instrumento y acto doña MARIBEL CARMEN RAMÍREZ PROVOSTE, vende, cede y transfiere noventa y cinco acciones que a ella le corresponden en “EL PALTÓN SPA” a doña ROMINA ALEJANDRA NAVARRO RAMÍREZ, quien compra y adquiere para si las referidas acciones; CUARTO. EL PRECIO: El precio de la venta de acciones indicada en la cláusula anterior es la suma única y total de $19.000.000.- que el comprador, pago de la siguiente manera: la suma de $15.000.000.- en distintas parcialidades con anterioridad a esta fecha, declarando la vendedora que dicha suma de dinero ha sido recibida a su más entera conformidad y satisfacción, y en este acto la suma de $4.000.000.- al contado y en dinero en efectivo, declarando la vendedora recibirlo a su más completa y definitiva satisfacción. QUINTO: Tanto la vendedora como el comprador se otorgan recíprocamente, en este acto, el más amplio, completo y definitivo finiquito declarando que nada se adeudan. Demás estipulaciones en escritura extractada. Paine, 23 de Septiembre de 2021.