CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD POBLETE Y CARO LIMITADA

CVE 2021885
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
29 de septiembre de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
29 de septiembre de 2021
Notario
R. ALFREDO MARTIN ILLANES
Oficio
15ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
correspondiente a la comuna de Santiago
Duración
Sociedad comenzará a regir a contar fecha escritura extractada y tendrá una duración de cinco años, renovable por períodos iguales y sucesivos de diez años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término con tres meses de anticipación, a lo menos, al final del período que estuviere en curso, mediante una declaración por escritura pública, y anotada al margen de la escritura societaria en el Registro de Comercio

Objeto social

/a).- La prestación de servicios relacionados con el área de la salud humana, especialmente los referidos a la recuperación, cuidado y rehabilitación /b).- La prestación de servicios relacionados al área de la Terapia Ocupacional, Kinesiología, Fonoaudiología, Educación Diferencial, Medicina, Enfermería (sin que esta enumeración sea taxativa), puesto que en general todas las áreas de la salud destinados a pacientes autovalentes, semivalentes, no valentes o prostrados, terminales, convalecientes o en recuperación, en cuidados paliativos, en rehabilitación, del mismo modo pacientes neonatos, infantes, adolescentes, jóvenes, adultos, con atención en forma domiciliaria o fija en un inmueble (s) determinado (s). c).- Actividades de capacitación, extensión y asesoría en el área de la Terapia Ocupacional. d).- Arrendamiento de bienes raíces con el objeto del desarrollo de Terapia Ocupacional mediante Centro de Rehabilitación /e).- Cualquier actividad complementaria, relacionada directa o indirectamente con las anteriores que los socios acuerden

Administración

corresponderá conjuntamente a doña PAULA FRANCISCA CARO ACUÑA y don NICOLÁS ANTONIO POBLETE ARISMENDI

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

R. ALFREDO MARTIN ILLANES, Abogado, Notario Público Titular de la 15ª Notaría de Santiago, con oficio en Mardoqueo Fernández 201, oficina 101 y 102, Providencia, certifica: por escritura pública de hoy otorgada ante mí, doña PAULA FRANCISCA CARO ACUÑA, cédula de identidad número dieciocho millones ciento sesenta y cinco mil cuatrocientos ochenta y uno guion tres, con domicilio en General Jofré número veintiuno, comuna de Santiago, Región Metropolitana y don NICOLÁS ANTONIO POBLETE ARISMENDI, cédula de identidad número diecisiete millones ciento treinta y tres mil setecientos cuarenta y ocho guion ocho, con domicilio en General Jofré número veintiuno, comuna de Santiago, Región Metropolitana, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada conforme a extracto: Razón social: “SOCIEDAD POBLETE Y CARO LIMITADA”, nombre de fantasía “P&C LTDA.”. Objeto: /a/.- La prestación de servicios relacionados con el área de la salud humana, especialmente los referidos a la recuperación, cuidado y rehabilitación /b/.- La prestación de servicios relacionados al área de la Terapia Ocupacional, Kinesiología, Fonoaudiología, Educación Diferencial, Medicina, Enfermería (sin que esta enumeración sea taxativa), puesto que en general todas las áreas de la salud destinados a pacientes autovalentes, semivalentes, no valentes o prostrados, terminales, convalecientes o en recuperación, en cuidados paliativos, en rehabilitación, del mismo modo pacientes neonatos, infantes, adolescentes, jóvenes, adultos, con atención en forma domiciliaria o fija en un inmueble (s) determinado (s). c).- Actividades de capacitación, extensión y asesoría en el área de la Terapia Ocupacional. d).- Arrendamiento de bienes raíces con el objeto del desarrollo de Terapia Ocupacional mediante Centro de Rehabilitación /e/.- Cualquier actividad complementaria, relacionada directa o indirectamente con las anteriores que los socios acuerden. Capital: $1.000.000, que los socios aportan y enteran por mitades, de las cuales cada uno entera $500.000, en dinero en efectivo y al contado. Domicilio: correspondiente a la comuna de Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan instalarse en otras comunas o ciudad o en el extranjero. Responsabilidad: Limitada al monto respectivo del aporte. Duración: Sociedad comenzará a regir a contar fecha escritura extractada y tendrá una duración de cinco años, renovable por períodos iguales y sucesivos de diez años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término con tres meses de anticipación, a lo menos, al final del período que estuviere en curso, mediante una declaración por escritura pública, y anotada al margen de la escritura societaria en el Registro de Comercio. Administración y uso de la razón social: corresponderá conjuntamente a doña PAULA FRANCISCA CARO ACUÑA y don NICOLÁS ANTONIO POBLETE ARISMENDI. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 29 de Septiembre de 2021.-