MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

RYMED SpA

RUT 76896463-7 CVE 2022020
Fecha instrumento
1 de octubre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
1 de octubre de 2021
Notario
ALVARO GONZALEZ SALINAS
Oficio
Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, piso 2, certifico que por escritura pública de fecha 01 de Octubre de 2021, otorgada ante mí, JORGE DANIEL MELO SALINAS, cédula de identidad número doce millones ochocientos cincuenta y cuatro mil ciento cuarenta y nueve guión siete, en representación de INVERSIONES JORGE MELO SALINAS Y COMPAÑÍA LIMITADA, rol único tributario número setenta y seis millones ciento noventa y cinco mil ciento ochenta y uno guión cinco, ambos domiciliados para estos efectos en esta ciudad, calle Martín de Zamora número cinco mil treinta y uno, departamento trescientos once, de la comuna de Las Condes, en su calidad de único accionista y conforme a lo dispuesto en el artículo cuatrocientos veintisiete del Código de Comercio, modificó la sociedad RYMED SpA, inscrita a fojas cuarenta y ocho mil trescientos dieciocho número veinticuatro mil treinta y ocho en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, con fecha veinte de junio de dos mil diecinueve, en el sentido de reemplazar el artículo quinto y el artículo primero transitorio de los Estatuto por los siguientes:“ARTÍCULO QUINTO. CAPITAL SOCIAL.- El capital de la Sociedad es la cantidad de ciento diez millones de pesos, dividido en ciento diez mil acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, que el accionista suscribe, paga y se obliga a pagar en la forma indicada en el artículo primero transitorio.”; y “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO. SUSCRIPCIÓN Y PAGO DEL CAPITAL.- El capital de la Sociedad asciende a la suma de ciento diez millones de pesos, dividido en ciento diez mil acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, que INVERSIONES JORGE MELO SALINAS Y COMPAÑÍA LIMITADA, debidamente representada, suscribe, paga y se obligó a pagar de la siguiente forma: uno) INVERSIONES JORGE MELO SALINAS Y COMPAÑÍA LIMITADA suscribe diez mil acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, ascendentes a la suma de diez millones de pesos, que pagó con anterioridad a este acto, al contado y en dinero; dos) INVERSIONES JORGE MELO SALINAS Y COMPAÑÍA LIMITADA suscribe sesenta mil acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, ascendentes a la suma de sesenta millones de pesos, que se obligó a pagar en dinero, créditos o bienes de cualquier tipo, dentro del plazo de cinco años contado desde el día veintitrés de marzo de dos mil veintiuno; y tres) INVERSIONES JORGE MELO SALINAS Y COMPAÑÍA LIMITADA suscribe cuarenta mil acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, ascendentes a la suma de cuarenta millones de pesos, que se obliga a pagar en dinero, créditos o bienes de cualquier tipo, dentro del plazo de cinco años contado desde el día primero de septiembre de dos mil veintiuno.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 05 de Octubre de 2021.