CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

MEDICINA DE URGENCIA E INTENSIVA LIMITADA

CVE 2021632
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
21 de septiembre de 2021
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
21 de septiembre de 2021

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP
Domicilio
Viña del Mar. Responsabilidad de socios queda limitada al monto de respectivos
Duración
5 años contados esta fecha que se prorroga en forma automática y sucesiva por períodos iguales de 2 años cada uno

Objeto social

Será: la prestación por cuenta propia, ajena o asociado con terceros de las siguientes actividades: La prestación de servicios, consultoría y asesorías profesionales integrales en todas las áreas de la salud y medicina en general, muy especialmente en las especialidades de la medicina de cuidados intensivos, urgencias médicas, como también la atención de kinesiología en todos sus ámbitos incluyendo las revisiones de medicamentos para pacientes, y en todo tipo de acciones de prevención, tratamientos y rehabilitación, en todo tipo de exámenes con apoyo tecnológico, como ecografías, ecotomografías, rayos x; en acciones de cualquier especie, ya sea en consultas, centro médicos y clínicos. Asimismo, la sociedad podrá cumplir los objetivos señalados, en forma particular, a través de centros de servicios de urgencias o emergencias, contando para ello, con los medios propios necesarios para comunicación y traslados rápidos y expeditos de pacientes, y en general, desarrollar todo tipo de prestaciones de salud que emanen de las anteriormente expuestas pudiendo pactar con todo tipo de instituciones públicas y)o privadas y muy especialmente con el Fondo Nacional de Salud (Fonasa) e Isapres. Asimismo, podrá efectuar todo tipo de prestaciones quirúrgicas ambulatorias, por intermedio de sus socios o asociados o con la colaboración de dependientes que coadyuven a la prestación de estos servicios, pudiendo otorgar atenciones profesionales médicas de urgencia, en domicilio propio o de terceros, pudiendo contar al efecto con medios de traslado y comunicación. Para el ejercicio de tales prestaciones, la sociedad podrá celebrar todo tipo de actos jurídicos con el fondo nacional de salud, instituciones de salud previsional, aseguradoras, municipalidades, servicios de salud, redes o sociedades de prestadores, la dirección de compras y contrataciones públicas, clínicas y hospitales públicos y privados, y en general, con toda persona natural o jurídica; La compra, venta, explotación, importación, exportación, leasing, agenciamiento, representación, intermediación, consignación, arrendamiento, distribución y comercialización de toda clase de bienes, muebles e inmuebles; Invertir en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles o inmuebles; acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, efectos de comercio, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales, civiles o mineras, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, cuotas de fondos de inversión y demás instrumentos financieros, así como encargarse de su administración; Constituir, organizar, administrar, formar parte de toda clase de sociedades comerciales, civiles o mineras y adquirir derechos en ellas, sean anónimas, colectivas, limitadas, en comandita, por acciones o en cualquier otra; Adquirir, enajenar, dar y tomar en arriendo, leasing, permutar, subdividir y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas y, en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines. Participar en todo tipo de negocios inmobiliarios, incluida la organización, planificación, desarrollo y ejecución de proyectos de construcción, habitacionales, industriales o comerciales, para renta o venta a terceros, pudiendo al efecto asociarse, en cualquier forma, con otras personas; Participar en todo tipo de proyectos o licitaciones, públicas o privadas; y adjudicarse unas y otras; celebrar contratos, convenios o actos jurídicos de todo tipo con la dirección de compras y contrataciones públicas o con cualquier entidad o persona natural o jurídica

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRIGUEZ, Notario Viña del Mar, Arlegui 333, local 111, certifico: por escritura pública de 21.09.2021 ante mí, RICARDO ALEJANDRO CHAMORRO VILLAVICENCIO, los abedules 830, Concón; JOSE MIGUEL CHAMORRO GUTIERREZ, Molina, 220, casa 1, Limache; y, SEBASTIAN GONZALEZ HIDALGO, Luis Guevara Ortuzar 1431, Playa Ancha, Valparaíso, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. OBJETO: Será: la prestación por cuenta propia, ajena o asociado con terceros de las siguientes actividades: La prestación de servicios, consultoría y asesorías profesionales integrales en todas las áreas de la salud y medicina en general, muy especialmente en las especialidades de la medicina de cuidados intensivos, urgencias médicas, como también la atención de kinesiología en todos sus ámbitos incluyendo las revisiones de medicamentos para pacientes, y en todo tipo de acciones de prevención, tratamientos y rehabilitación, en todo tipo de exámenes con apoyo tecnológico, como ecografías, ecotomografías, rayos x; en acciones de cualquier especie, ya sea en consultas, centro médicos y clínicos. Asimismo, la sociedad podrá cumplir los objetivos señalados, en forma particular, a través de centros de servicios de urgencias o emergencias, contando para ello, con los medios propios necesarios para comunicación y traslados rápidos y expeditos de pacientes, y en general, desarrollar todo tipo de prestaciones de salud que emanen de las anteriormente expuestas pudiendo pactar con todo tipo de instituciones públicas y/o privadas y muy especialmente con el Fondo Nacional de Salud (Fonasa) e Isapres. Asimismo, podrá efectuar todo tipo de prestaciones quirúrgicas ambulatorias, por intermedio de sus socios o asociados o con la colaboración de dependientes que coadyuven a la prestación de estos servicios, pudiendo otorgar atenciones profesionales médicas de urgencia, en domicilio propio o de terceros, pudiendo contar al efecto con medios de traslado y comunicación. Para el ejercicio de tales prestaciones, la sociedad podrá celebrar todo tipo de actos jurídicos con el fondo nacional de salud, instituciones de salud previsional, aseguradoras, municipalidades, servicios de salud, redes o sociedades de prestadores, la dirección de compras y contrataciones públicas, clínicas y hospitales públicos y privados, y en general, con toda persona natural o jurídica; La compra, venta, explotación, importación, exportación, leasing, agenciamiento, representación, intermediación, consignación, arrendamiento, distribución y comercialización de toda clase de bienes, muebles e inmuebles; Invertir en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles o inmuebles; acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, efectos de comercio, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales, civiles o mineras, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, cuotas de fondos de inversión y demás instrumentos financieros, así como encargarse de su administración; Constituir, organizar, administrar, formar parte de toda clase de sociedades comerciales, civiles o mineras y adquirir derechos en ellas, sean anónimas, colectivas, limitadas, en comandita, por acciones o en cualquier otra; Adquirir, enajenar, dar y tomar en arriendo, leasing, permutar, subdividir y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas y, en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines. Participar en todo tipo de negocios inmobiliarios, incluida la organización, planificación, desarrollo y ejecución de proyectos de construcción, habitacionales, industriales o comerciales, para renta o venta a terceros, pudiendo al efecto asociarse, en cualquier forma, con otras personas; Participar en todo tipo de proyectos o licitaciones, públicas o privadas; y adjudicarse unas y otras; celebrar contratos, convenios o actos jurídicos de todo tipo con la dirección de compras y contrataciones públicas o con cualquier entidad o persona natural o jurídica.- RAZÓN SOCIAL:“ MEDICINA DE URGENCIA E INTENSIVA LIMITADA”, nombre fantasía: “URGENSIMED LIMITADA”.ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: exclusivamente Ricardo Alejandro Chamorro Villavicencio. CAPITAL: $3.000.000, socios aportan, enteran y pagan, siguiente manera: A) Ricardo Alejandro Chamorro Villavicencio, aporta $1.800.000, que entera y paga de la siguiente manera: Uno. con $1.000.000 en este acto, de contado, en dinero efectivo, que ingresa a la caja social; Dos. Con la suma de $800.000 que aportará, enterará y pagará dentro del plazo de 3 años contados desde fecha, en la medida que las necesidades sociales lo requieran; B) José Miguel Chamorro Gutiérrez, aporta $600.000, que entera y paga de la siguiente manera: Uno. con $200.000 en este acto, de contado, en dinero efectivo, que ingresa a la caja social; Dos. Con la suma de $400.000 que aportará, enterará y pagará dentro del plazo de 3 años contados desde fecha, en la medida que las necesidades sociales lo requieran; y, C) Sebastián González Hidalgo, aporta $600.000, que entera y paga de la siguiente manera: Uno. con $200.000 en este acto, de contado, en dinero efectivo, que ingresa a la caja social; Dos. Con la suma de $400.000 que aportará, enterará y pagará dentro del plazo de 3 años contados desde fecha, en la medida que las necesidades sociales lo requieran. DURACIÓN: 5 años contados esta fecha que se prorroga en forma automática y sucesiva por períodos iguales de 2 años cada uno. DOMICILIO: Viña del Mar. Responsabilidad de socios queda limitada al monto de respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Viña del Mar, 05 Octubre 2021.