Instrumento
- Fecha
- 28 de septiembre de 2021
- Notario
- LINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ
- Oficio
- 20ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
a) Organizar, diseñar, impartir, dictar y comercializar y vender cursos de ciencia, tecnología e informática en forma remota y)o presencial; b) La prestación de servicios de capacitación en materias de ciencia, tecnología y ingeniería informática; c) Otorgar asesoría y asistencia técnica a terceros en los campos vinculados a la ciencia, tecnología e ingeniería informática; d) En general, la realización de las demás actividades lucrativas relacionadas o no con las anteriores; 3) El capital de la sociedad es la suma de diez mil dólares de los Estados Unidos de América, el cual se encuentra dividido en cien acciones nominativas, ordinarias y sin valor nominal de una misma y única serie totalmente suscritas y pagadas en la forma que se señala en el artículo primero transitorio
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLINDA SCARLETT BOSCH JIMENEZ, Notario Publico Titular 20ª Notaría Santiago, Avenida Apoquindo Nº4990, Certifico: por escritura pública hoy ante mí, don Pablo Javier Flores, debidamente representado por don Cristián Andrés Ewertz Falcone, quien constituyó una sociedad por acciones cuyos estatutos se extractan a continuación: 1) El nombre de la sociedad por acciones será “ICADEMY SpA”; 2) La sociedad tiene por objeto: a) Organizar, diseñar, impartir, dictar y comercializar y vender cursos de ciencia, tecnología e informática en forma remota y/o presencial; b) La prestación de servicios de capacitación en materias de ciencia, tecnología y ingeniería informática; c) Otorgar asesoría y asistencia técnica a terceros en los campos vinculados a la ciencia, tecnología e ingeniería informática; d) En general, la realización de las demás actividades lucrativas relacionadas o no con las anteriores; 3) El capital de la sociedad es la suma de diez mil dólares de los Estados Unidos de América, el cual se encuentra dividido en cien acciones nominativas, ordinarias y sin valor nominal de una misma y única serie totalmente suscritas y pagadas en la forma que se señala en el artículo primero transitorio. Demas estipulaciones de la escritura extractada. Santiago, 28 de Septiembre de 2021.