MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

DRISCOLL´S DE CHILE SpA

RUT 78383450-2 CVE 2021597
Fecha instrumento
8 de septiembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
8 de septiembre de 2021
Notario
VERONICA TORREALBA COSTABAL
Oficio
Titular IVAN TORREALBA ACEVEDO 33º Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
S DE CHILE SpA socio 78383450-2

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente del Titular IVAN TORREALBA ACEVEDO 33º Notaría Santiago, Huérfanos 979, oficina 501, CERTIFICO que por escritura pública de fecha 08 de Septiembre de 2021, ante el Notario Titular, se redujo a escritura pública ante el Notario Titular, el acta de la junta extraordinaria de accionistas de la Sociedad DRISCOLL´S DE CHILE SpA, RUT N° 78.383.450-2, la que señala que fue celebrada el 25 de agosto de 2021 y en la cual su accionista DRISCOLL´S INC. RUT N° 59.110.900-6, acordó entre otras materias: Modificación de estatutos de la sociedad. La junta acordó por unanimidad modificar los estatutos sociales y reemplazar el artículo decimo del estatuto social referente a la administración social y reemplazarlo por el siguiente: “Artículo decimo: Directorio. La Sociedad será administrada por un directorio elegido por la junta de accionistas, compuesto por cinco miembros, pudiendo los directores ser o no accionistas. Si un director se encuentra incapacitado de cumplir sus deberes de director bajo los términos de la Ley de sociedades anónimas, cesará inmediatamente en sus funciones. Asimismo, cesará en sus funciones el director que notifique su renuncia por medio de una carta dirigida al presidente del directorio o al gerente general. En los casos que un director cese en el ejercicio de sus funciones por cualquier causa, el directorio nombrará un reemplazo que ejercerá sus funciones hasta la próxima junta de accionistas, donde se renovará el directorio. Al directorio de la Sociedad le serán aplicables las mismas normas establecidas para los directorios de sociedades anónimas cerradas en relación con su nombramiento, funcionamiento, deberes y responsabilidades, salvo las normas especiales que estén contenidas en estos estatutos, las que primarán sobre aquéllas.” Demás cláusulas constan en la escritura extractada. Santiago., 30 de Septiembre de 2021.