CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

DÍAZ DE VALDÉS Y DÍAZ DE VALDÉS SpA

RUT 12879505-7 CVE 2021824
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
5 de octubre de 2021

Instrumento

Fecha
5 de octubre de 2021
Notario
GUSTAVO MONTERO MARTÍ
Oficio
Titular de la 48° Notaría de Santiago don ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

El objeto social será: a) Comprar, vender y comercializar toda clase de bienes Raíces, ya sea por cuenta propia o de terceros. b) La compra y arrendamiento de todo tipo de inmuebles y c) Efectuar todo tipo de corretaje de propiedades, casas, departamentos, sitios, parcelas y fundos.- El capital social es $1.000.000.-, dividido en 100 acciones nominativas de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en dinero efectivo por doña SARA ANGÉLICA DÍAZ DE VALDÉS RODRÍGUEZ

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GUSTAVO MONTERO MARTÍ, Notario Público Suplente del Titular de la 48° Notaría de Santiago don ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, ubicada en Avenida Apoquindo número 3076, oficina 601, Sexto Piso, Comuna de Las Condes, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 30 de Septiembre del 2021, ante mí, doña SARA ANGÉLICA DÍAZ DE VALDÉS RODRÍGUEZ, cédula nacional de identidad N°12.879.505-7, domiciliada en Curicó, calle El Potrero 02071 y de paso en esta, constituyó sociedad por acciones cuya razón social es: “DÍAZ DE VALDÉS y DÍAZ DE VALDÉS SpA”, pudiendo usar el nombre de fantasía, inclusive ante los bancos de “DdV SpA”.- Objeto: El objeto social será: a) Comprar, vender y comercializar toda clase de bienes Raíces, ya sea por cuenta propia o de terceros. b) La compra y arrendamiento de todo tipo de inmuebles y c) Efectuar todo tipo de corretaje de propiedades, casas, departamentos, sitios, parcelas y fundos.- El capital social es $1.000.000.-, dividido en 100 acciones nominativas de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en dinero efectivo por doña SARA ANGÉLICA DÍAZ DE VALDÉS RODRÍGUEZ.- Demás cláusulas constan en escritura extractada.- Santiago, 05 de Octubre de 2021.