CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Suprasoluciones SpA

RUT 15376580-4 CVE 2021040
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de septiembre de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
9 de septiembre de 2021
Repertorio
67583-2021
Notario
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
Trigésimo Octava Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago, Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto la realización, por cuenta propia o ajena, en forma independiente o asociada a terceros, dentro o fuera del país, lo siguiente: (a) fabricación, importación, exportación y comercialización, de todo tipo de detergentes y artículos de aseo y accesorios, la representación de marcas y franquicias nacionales y extranjeras; (b) fabricación, importación, exportación y comercialización, de todo tipo de productos para la construcción y accesorios, la representación de marcas y franquicias nacionales y extranjeras; (c) la prestación de servicios de asesoría y consultoría de cualquier especie especialmente en áreas de la ingeniería, construcción, financieras, comerciales, administrativas y de gestión; (d) la inversión de toda clase de bienes corporales e incorporales tanto en Chile como en el exterior, ya sean bienes muebles e inmuebles, valores mobiliarios, inclusive acciones, bonos, debentures, instrumentos financieros, valores, planes de ahorro, cuotas, efectos de comercio, monedas, entre otros; (e) la participación en sociedades de cualquier tipo, incluidas las de personas, su administración y la percepción de rentas o frutos que deriven de las anteriores, pudiendo al efecto realizar cuanto acto o contrato sea necesario para la consecución de sus fines; (f) la administración de las inversiones referidas precedentemente y la percepción de sus frutos o rentas; y (g) la ejecución de todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de sus negocios o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad

Administración

La administración, el uso de la razón social, y la representación de la Sociedad será ejercida por uno o más administradores designados al efecto. Los accionistas constituyentes designan a don Rogelio Luis Rojas Orellana, cédula de identidad N° 14.493.535-7, quien actuando individualmente, representará a la Sociedad con las facultades que se señalan en escritura. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos

Personas y entidades (3)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Gonzalo Andrés Rivera Zaldívar socio 15376580-4
Carlos Hardy Vergara Wistuba socio 10894510-9
René Patricio Vera Pinto socio 13563580-4

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaria de Santiago, con domicilio en calle Miraflores N° 178, 5° piso, certifico: Por escritura pública de fecha 9 de septiembre de 2021, ante mí, Repertorio 67.583-2021, don Gonzalo Andrés Rivera Zaldívar, RUT N° 15.376.580-4, don Carlos Hardy Vergara Wistuba, RUT N° 10.894.510-9, y don René Patricio Vera Pinto, RUT N° 13.563.580-4, todos domiciliados en Nueva Tajamar 481, Oficina 801, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron sociedad por acciones en conformidad a disposiciones artículos 348 y 424 al 446 del Código de Comercio, cuyos estatutos se extracta: Razón Social: “Suprasoluciones SpA”, sin embargo, la sociedad podrá actuar y funcionar, inclusive con los Bancos, con el nombre de fantasía “Suprasoluciones”. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto la realización, por cuenta propia o ajena, en forma independiente o asociada a terceros, dentro o fuera del país, lo siguiente: (a) fabricación, importación, exportación y comercialización, de todo tipo de detergentes y artículos de aseo y accesorios, la representación de marcas y franquicias nacionales y extranjeras; (b) fabricación, importación, exportación y comercialización, de todo tipo de productos para la construcción y accesorios, la representación de marcas y franquicias nacionales y extranjeras; (c) la prestación de servicios de asesoría y consultoría de cualquier especie especialmente en áreas de la ingeniería, construcción, financieras, comerciales, administrativas y de gestión; (d) la inversión de toda clase de bienes corporales e incorporales tanto en Chile como en el exterior, ya sean bienes muebles e inmuebles, valores mobiliarios, inclusive acciones, bonos, debentures, instrumentos financieros, valores, planes de ahorro, cuotas, efectos de comercio, monedas, entre otros; (e) la participación en sociedades de cualquier tipo, incluidas las de personas, su administración y la percepción de rentas o frutos que deriven de las anteriores, pudiendo al efecto realizar cuanto acto o contrato sea necesario para la consecución de sus fines; (f) la administración de las inversiones referidas precedentemente y la percepción de sus frutos o rentas; y (g) la ejecución de todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de sus negocios o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país y/o del extranjero. Duración: Indefinida. Capital: $1.000.000.- dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, y de igual valor cada una, íntegramente suscritas y pagadas, suma que ingresa a la caja social, de la siguiente forma: (i) don Gonzalo Andrés Rivera Zaldivar suscribe y paga 15 acciones de la sociedad; (ii) don Carlos Hardy Vergara Wistuba suscribe y paga 70 acciones de la sociedad; y (iii) don René Patricio Vera Pinto suscribe y paga 15 acciones de la sociedad. Administración: La administración, el uso de la razón social, y la representación de la Sociedad será ejercida por uno o más administradores designados al efecto. Los accionistas constituyentes designan a don Rogelio Luis Rojas Orellana, cédula de identidad N° 14.493.535-7, quien actuando individualmente, representará a la Sociedad con las facultades que se señalan en escritura. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 01 de octubre de 2021.