MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Caranca Limitada

RUT 76218156-8 CVE 2020951
Fecha instrumento
30 de septiembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de septiembre de 2021
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO DIEZ MORELLO, abogado, Notario Titular de la Trigésimo Cuarta Notaría de Santiago, calle Luis Thayer Ojeda trescientos cincuenta, Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 14 de Septiembre de dos mil veintiuno ante mí: don Gonzalo Serrano Palma, cédula nacional de identidad número trece millones ochocientos treinta y dos mil novecientos tres guión ocho, doña María Jesús Serrano Palma, cédula nacional de identidad número dieciséis millones noventa y cuatro mil seiscientos seis guión siete, y don Cristóbal José Serrano Palma, cédula de identidad número quince millones trescientos ochenta y tres mil ochenta y ocho guión seis, quienes actúan en nombre y representación de Inversiones y Asesorías Petrel Limitada, y ésta a su vez en su calidad de socia administradora, de Inversiones Albatros Limitada, Rol Único Tributario número setenta y seis millones setenta mil quinientos ochenta y siete guión K, y doña Alejandra Palma Pfotzer, cédula de identidad nacional número seis millones sesenta mil cuatrocientos ochenta y cinco guión uno, todos domiciliados en Calle Nueva Costanera tres mil trescientos oficina treinta y cuatro, Comuna de Vitacura, Santiago, Región Metropolitana, y expusieron que vinieron en modificar la administración de Inversiones Caranca Limitada Rol Único Tributario número setenta y seis millones doscientos dieciocho mil ciento cincuenta y seis guión ocho, un extracto de escritura de constitución se inscribió a fojas treinta y seis mil setecientos ochenta y uno, número veinticinco mil ochocientos cuarenta y cuatro en el Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año dos mil doce y se publicó en el Diario Oficial el seis de junio del mismo año, según lo expresado en las cláusulas siguiente: reemplazan íntegramente el Artículo Sexto de los estatutos sociales relativo la administración y uso de la razón social quedando de la siguiente manera: “SEXTO: Sin perjuicio de la limitación que se establece en esta disposición, la administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a doña Alejandra Palma Pfotzer actuando separada; o, alternativamente, a Inversiones y Asesorías Petrel Limitada, quién podrá ejercerla por medio de tres de sus socios. Doña Alejandra Palma Pfotzer o tres de los socios de Inversiones y Asesorías Petrel Limitada conjuntamente como socios administradores de Inversiones Albatros Limitada, en adelante, “los socios administradores”, actuando del modo referido, podrán ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social.Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de septiembre de 2021.-