INMOBILIARIA PETRA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de agosto de 2021
- Notario
- ELENA LEYTON CARVAJAL
- Oficio
- Cuarta Notaría de Temuco
- Comuna
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $1.557.119 CLP
- Domicilio
- comuna Temuco
- Duración
- Indefinida
Objeto social
efectuar inversiones y negocios inmobiliarios y administrarlos; para este efecto podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, bienes raíces urbanos o rurales, lotearlos, subdividirlos, urbanizarlos, remodelarlos, construir en ellos, o encargar su construcción, loteo, urbanización, remodelación, por cuenta propio o ajena; efectuar en propiedades que adquiera, posea o sea tenedor, toda clase de obras, transformaciones y mejoras; dar y recibir, por cuenta propia o ajena, en arrendamiento, subarrendamiento; adquirir y ceder a terceros a cualquier título el uso y goce de bienes raíces; efectuar inversiones en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles; adquirir, enajenar, negociar y disponer cualquier clase de valores mobiliarios, efectos de comercio, administrar estas inversiones y percibir sus frutos; y toda otra actividad directa o indirectamente relacionada con las anteriores que los socios acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalELENA LEYTON CARVAJAL, abogado, Notario Público, titular de la Cuarta Notaría de Temuco, con asiento en esta comuna, calle Claro Solar número 831, certifico: Por escritura pública fecha 11 de Agosto de 2021 ante mí, Otilia Taladriz Gómez, Rut Nº 3.217.417-5; Raúl Emilio Benito Taladriz, Rut Nº 7.065.191-2; Gonzalo Armando Benito Taladriz, Rut Nº siete millones ciento setenta y un mil novecientos siete guión tres; don Marcelo Alejandro Benito Taladriz, Rut Nº 7.171.915-4; doña María Soledad Benito Taladriz, Rut Nº 7.065.196-3; y Fernando Andrés Benito Taladriz, Rut Nº 10.029.114-2; todos domiciliados calle Guido Beck de Ramberga Nº 854, comuna Padre Las Casas, acordaron modificar sociedad “INMOBILIARIA PETRA LIMITADA”, Rut Nº 76.148.121-5, inscrita fs. 494, N° 515, Registro Comercio Temuco 2011, siguiente sentido: Uno) Dividir la Sociedad en dos sociedades: una sociedad continuadora de la primitiva “Inmobiliaria Petra Limitada” que mantiene su nombre y su calidad de tal, y otra nueva sociedad resultante de la división que se denominará “Inmobiliaria Ribera Sur Limitada”. Dos) Consecuencia de la división, el capital social de “Inmobiliaria Petra Limitada” baja de $1.557.119.264 a $728.152.929, íntegramente pagado, que queda aportado por los socios en la siguiente proporción: a) Otilia Taladriz Gómez, 54,35% del capital social; b) Raúl Emilio Benito Taladriz, 9,13% del capital social; c) Gonzalo Armando Benito Taladriz, 9,13% del capital social; d) Marcelo Alejandro Benito Taladriz, 9,13% del capital social; e) María Soledad Benito Taladriz, 9,13% del capital social; y f) Fernando Andrés Benito Taladriz, 9,13% del capital social.-Tres) Aprobar texto del estatuto social por el cual se regirá la nueva sociedad “Inmobiliaria Ribera Sur Limitada” que nace producto de la división. Por instrumento que extracto comparecientes constituyeron sociedad responsabilidad limitada, nacida como consecuencia de la división de “Inmobiliaria Petra Limitada”, Rut Nº 76.148.121-5, inscrita fs. 494, N° 515, Registro Comercio Temuco 2011, acordada en misma escritura extractada. Principales cláusulas de la nueva sociedad resultante de la división son: Razón social: “Inmobiliaria Ribera Sur Limitada”. Objeto: efectuar inversiones y negocios inmobiliarios y administrarlos; para este efecto podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, bienes raíces urbanos o rurales, lotearlos, subdividirlos, urbanizarlos, remodelarlos, construir en ellos, o encargar su construcción, loteo, urbanización, remodelación, por cuenta propio o ajena; efectuar en propiedades que adquiera, posea o sea tenedor, toda clase de obras, transformaciones y mejoras; dar y recibir, por cuenta propia o ajena, en arrendamiento, subarrendamiento; adquirir y ceder a terceros a cualquier título el uso y goce de bienes raíces; efectuar inversiones en bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles; adquirir, enajenar, negociar y disponer cualquier clase de valores mobiliarios, efectos de comercio, administrar estas inversiones y percibir sus frutos; y toda otra actividad directa o indirectamente relacionada con las anteriores que los socios acuerden.- Capital: $828.966.335, íntegramente pagado, aportado por socios en siguiente proporción: a) Otilia Taladriz Gómez, 54,35% del capital social; b) Raúl Emilio Benito Taladriz, 9,13% del capital social; c) Gonzalo Armando Benito Taladriz, 9,13% del capital social; d) Marcelo Alejandro Benito Taladriz, 9,13% del capital social; e) María Soledad Benito Taladriz, 9,13% del capital social; y f) Fernando Andrés Benito Taladriz, 9,13% del capital social.- Administración, representación y uso razón social: corresponderá conjuntamente a los señores Raúl Emilio Benito Taladriz y Marcelo Alejandro Benito Taladriz, quienes anteponiendo su firma a la razón social, representarán y obligarán a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, en todos los actos en que la Sociedad sea parte o tenga interés, dentro y fuera de su giro ordinario.- En caso de fallecimiento, impedimento o incapacidad sobreviniente de don Raúl Emilio Benito Taladriz, la administración, representación y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a los señores Marcelo Alejandro Benito Taladriz y Raúl Andrés Benito Rocha, Rut Nº 17.726.924-7.- En caso de fallecimiento, impedimento o incapacidad sobreviniente de don Marcelo Alejandro Benito Taladriz, la administración, representación y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a Raúl Emilio Benito Taladriz y doña María Soledad Mingo Caviedes, Rut Nº 7.667.309-8.- Y en caso de fallecimiento, impedimento o incapacidad sobreviniente tanto de don Raúl Emilio Benito Taladriz como de don Marcelo Alejandro Benito Taladriz, la administración, representación y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a don Raúl Andrés Benito Rocha y doña María Soledad Mingo Caviedes.- El impedimento o incapacidad sobreviniente será declarado sin forma de juicio por el árbitro designado conforme a los estatutos, cuyo pronunciamiento deberá reducirse a escritura pública y anotarse al margen de la inscripción de esta sociedad en el Registro de Comercio.- Duración: hasta 31.12.2030, renovándose tácita e indefinidamente, por períodos iguales y sucesivos 5 años cada uno, salvo aviso dado forma indicada escritura. Domicilio: comuna Temuco. Otras estipulaciones escritura extractada. Temuco, 11 de Agosto de 2021.-