MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

BODEGAJE, LOGÍSTICA Y DISTRIBUCIÓN FERNÁNDEZ OSSA LIMITADA

RUT 76061338-K CVE 2020210
Capital
$8.400.000 CLP
Fecha instrumento
13 de abril de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
13 de abril de 2020
Repertorio
3123-2020
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$8.400.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ANDRÉS OSORIO ROJAS, abogado, Notario Interino, de la 14º Notaría de Santiago, Teatinos Nº 449, Piso 6, Santiago, certifica que: por escritura pública de hoy, Ante mí, don MATÍAS FERNÁNDEZ BIGGS, chileno, casado, agricultor, C.I N° 11.635.762-3; doña MARGARITA FERNÁNDEZ OSSA, chilena, soltera, estudiante, C.I N° 19.323.531-k; doña CLARITA FERNÁNDEZ OSSA, chilena, soltera, estudiante, C. I N° 19.687.48-9 y don MATÍAS FERNÁNDEZ OSSA, chileno, soltero, estudiante, C. I N° 20.806.463-0, todos con domicilio en Camino Al Río, sin número, comuna de El Olivar Región del Libertador Bernardo O’Higgins.- Los comparecientes por escritura pública otorgada la Notaria de don Ernesto Montoya Peredo, con fecha 13 de abril del año 2020, repertorio 3123-2020 que por este acto se efectúa su saneamiento, modificaron la sociedad " BODEGAJE, LOGÍSTICA Y DISTRIBUCIÓN FERNÁNDEZ OSSA LIMITADA”. Sociedad que nace según escritura pública de fecha 27 de mayo del año 2009 ante don Ernesto Paul Montoya Peredo, extracto de dicha escritura corre inscrito a fojas 229 numero 346 del Registro de Comercio del año 2009 del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua y publicado en el Diario oficial N° 39.391 de fecha 19 de junio del año 2009.- asimismo fue modificada con fecha por escritura pública de fecha 10 de diciembre del año 2014 otorgada ante el Notario don Ernesto Montoya Peredo, extracto de dicha escritura corre inscrito a fojas 1418 número 1197 del Registro de Comercio del año 2014 del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua y fue publicado en el Diario Oficial N° 41.040 de fecha 24 de diciembre del año 2014.- Los comparecientes viene en sanear y rectificar la escritura pública otorgada la Notaria de don Ernesto Montoya Peredo, con fecha 13 de abril del año 2020, repertorio 3123-2020, Un extracto de dicha escritura de modificación de la sociedad que por este acto se efectúa su saneamiento, se inscribió a fojas 280 número 167 del Registro de Comercio que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, correspondiente al año 2020, y se publicó en el Diario Oficial N° 42.646 de fecha 4 de mayo del año 2020. En la Escritura Pública, como en el extracto inscrito y publicado, se incurrió un error en su cláusula sexta: En la cláusula sexta DICE: “SEXTO: Como consecuencia de las Cesiones de Derechos expresadas en la cláusula segunda, cláusula tercera y cláusula cuarta de la presente escritura los socios en ejercicio de su autonomía de voluntad vienen en MODIFICAR la CLAUSULA QUINTA del Pacto Social, la que establece el capital social, el aporte que realizan los socios y el porcentaje que a cada uno le corresponde, debiendo entenderse a contar de esta fecha y para todos los efectos legales que su texto definitivo es el siguiente: QUINTO: DEL CAPITAL Y APORTES.- EL CAPITAL de la sociedad BODEGAJE, LOGISTICA Y DISTRIBUCION FERNANDEZ OSSA LIMITADA y/o BOFESSA LTDA. Es la suma de $60.000.000, que se pagan y enteran por los socios de la siguiente forma: a) don MATÍAS FERNÁNDEZ BIGGS, aporta la suma de $34.800.000.- que ya ingreso con anterioridad a esta fecha a arcas sociales. - Su aporte a la Sociedad equivale al 58% del capital social; b) doña MARGARITA FERNÁNDEZ OSSA, aporta la suma de $8.400.000.- de la manera que se indica: I.- con la suma de $600.000.- ya ingresados en efectivo al capital social con anterioridad a esta fecha y II.- con $7.800.000.- que deberá ingresar en arcas sociales en un plazo de 24 meses contados desde la fecha de la firma de esta escritura con trabajos que prestara a la Sociedad durante dicho periodo.- El aporte de la socia doña MARGARITA FERNÁNDEZ OSSA equivale al 14% del capital social; c) doña CLARITA FERNÁNDEZ OSSA, aporta $8.400.000.- que deberá ingresar en arcas sociales en un plazo de 24 meses contados desde la fecha de la firma de esta escritura pública con trabajos que prestara a la Sociedad durante dicho periodo.- El aporte de la socia doña CLARITA FERNANDEZ OSSA equivale al 14% del capital social; y, d) don MATIAS FERNÁNDEZ OSSA aporta $8.400.000.- que deberá ingresar en arcas sociales en un plazo de 24 meses contados desde esta fecha con trabajos que prestara a la Sociedad.- El aporte del socio don MATIAS FERNANDEZ OSSA equivale al 14%del capital social.- DEBIENDO DECIR LO SIGUIENTE.- SEXTO: Como consecuencia de las Cesiones de Derechos expresadas en la cláusula segunda, cláusula tercera y clausula cuarta de la presente escritura los socios en ejercicio de su autonomía de voluntad vienen en MODIFICAR la CLAUSULA QUINTA del Pacto Social, la que establece el capital social, el aporte que realizan los socios y el porcentaje que a cada uno le corresponde, debiendo entenderse a contar de esta fecha y para todos los efectos legales que su texto definitivo es el siguiente: QUINTO: DEL CAPITAL Y APORTES.- EL CAPITAL de la sociedad BODEGAJE, LOGISTICA Y DISTRIBUCION FERNANDEZ OSSA LIMITADA y/o BOFESSA LTDA. Es la suma de $60.000.000.- que se pagan y enteran por los socios de la siguiente forma: a) don MATÍAS FERNÁNDEZ BIGGS, aporta la suma de $34.800.000.- que ya ingreso con anterioridad a esta fecha a arcas sociales. - Su aporte a la Sociedad equivale al 58% del capital social; b) doña MARGARITA FERNÁNDEZ OSSA, aporta la suma de $8.400.000.- que ya ingreso con anterioridad a esta fecha a arcas sociales.- El aporte de la socia doña MARGARITA FERNÁNDEZ OSSA equivale al 14% del capital social; c) doña CLARITA FERNÁNDEZ OSSA, aporta $8.400.000.- que ya ingreso con anterioridad a esta fecha a arcas sociales.- El aporte de la socia doña CLARITA FERNANDEZ OSSA equivale al 14% del capital social; y, d) don MATIAS FERNÁNDEZ OSSA aporta $8.400.000.- que ya ingreso con anterioridad a esta fecha a arcas sociales.- El aporte del socio don MATIAS FERNANDEZ OSSA equivale al 14% del capital social. Demás estipulaciones se mantienen. Demás estipulaciones constan de escritura pública extractada. Santiago. 15 de septiembre 2021.