Sociedad Médica Prosalud Limitada
Instrumento
- Fecha
- 26 de agosto de 2021
- Notario
- PATRICIO RABY BENAVENTE
- Oficio
- Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO RABY BENAVENTE, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Santiago, domiciliado en Gertrudis Echenique 30, oficina 32, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 26 de agosto de 2021, ante mi suplente, doña María Virginia Wielandt Covarrubias, comparecieron: don VICTOR RENE GONZALEZ GALLEGOS, chileno, casado, ingeniero eléctrico, cédula nacional de identidad número 4.849.688-1, domiciliado los Abetos Norte Nº 1.236, Depto. A5 64, comuna de Vitacura, Santiago; don VICTOR ALEJANDRO GONZALEZ SIEBERT, chileno, casado, médico cirujano, cédula nacional de identidad número 10.608.899-3, domiciliado en Avda. Padre Sergio Correa Nº 15.300, casa 90, comuna de Colina; doña CAROLA IVETTE VALDÉS SOLAR, C.I.N. 14.325.329-5, chilena, casa y separada totalmente de bienes, Psicólogo, cédula nacional de identidad número 14.325.329-5, domiciliada en Francisco de Aguirre 4203, comuna de Vitacura; don CHRISTIAN RODRIGO GONZALEZ SIEBERT, chileno, soltero, Cineasta, cédula nacional de identidad número 10.608.902-7, domiciliado calle Amapolas Nº 3.971, comuna de Providencia; doña MARGOT INGRID SIEBERT PETERS, chilena, casada, Ingeniero, cédula nacional de identidad número 5.927.082-6, domiciliada en Avda. Apoquindo Nº 5.157, Depto. 92, comuna de Las Condes; doña LINA MARIA GONZALEZ GALLEGOS, chilena, casada y separada totalmente de bienes, dueña de casa, cédula nacional de identidad número 7.103.897-1, domiciliada en Cerro Caracol Nº 694, comuna de Las Condes; doña MARITZA ALEJANDRA DEL ROSARIO GONZALEZ GALLEGOS, chilena, divorciada, dueña de casa, cédula nacional de identidad número 9.586.524-0, domiciliada en Avda. Las Condes Nº 14.181, Depto. 103, comuna de Las Condes; y doña MARCELA PAZ GONZALEZ GALLEGOS, chilena, casada, Profesora, cédula nacional de identidad número 10.066.048-2, domiciliada en Avda. Pedro de Valdivia N.º 4041, Depto. 502, comuna de Ñuñoa. Los comparecientes excepción de doña Marcela Paz Gonzalez Gallegos, son socios de la sociedad “Sociedad Médica Prosalud Limitada”, constituida por escritura pública de fecha 1 de Abril de dos mil dos, otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo e inscrita o a fojas 8.368 número 6.860 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2002 y publicado en el Diario Oficial de 12 de Abril del año 2002 y modificaron la sociedad en el siguiente sentido: Cesión derechos sociales: Uno/ Por el presente acto, don Christian González Siebert viene en este acto en vender, ceder y transferir a don Víctor González Gallegos, el cual compra, acepta y adquiere para sí, un 8% de los derechos sociales de Sociedad Médica Prosalud Limitada. El precio de esta cesión de derechos es la suma de cuatrocientos mil pesos, cantidad que la cesionaria paga en este acto al contado y en dinero efectivo al cedente, quien declara recibirla a su total satisfacción. En consecuencia se retira de la sociedad don Christian González Siebert. Dos/ Por el presente acto, doña Lina María González Gallegos viene en este acto en vender, ceder y transferir a doña Marcela Paz González Gallegos, la cual compra, acepta y adquiere para sí, un 16% de los derechos sociales de Sociedad Médica Prosalud Limitada. El precio de esta cesión de derechos es la suma de ochocientos mil pesos, cantidad que el cesionario paga en este acto al contado y en dinero efectivo al cedente, suma que este último declara recibir a su total satisfacción. En consecuencia se retira de la sociedad doña Lina María González Gallegos. Nueva distribución del interés social. En consecuencia los derechos sociales, luego de las cesiones quedaron como sigue: a) don Víctor René González Gallegos, titular de un dieciséis por ciento de los derechos sociales, equivalentes a ochocientos mil pesos; b) don Víctor Alejandro González Siebert, titular de un veinte por ciento de los derechos sociales, equivalentes a un millón de pesos; c) doña Carola Ivette Valdés Solar, titular de un dieciséis por ciento de los derechos sociales, equivalentes a ochocientos mil pesos; d) doña Marcela Paz González Gallegos, titular de un dieciséis por ciento de los derechos sociales, equivalentes a ochocientos mil pesos; e) doña Margot Ingrid Siebert Peters, titular de un dieciséis por ciento de los derechos sociales, equivalentes a ochocientos mil pesos; y f) doña Maritza Alejandra Del Rosario González Gallegos, titular de un dieciséis por ciento de los derechos sociales, equivalentes a ochocientos mil pesos. Reemplazo de cláusulas del Estatuto Social. Los socios acuerdan reemplazar el artículo quinto de los estatutos de la sociedad, por el siguiente: “QUINTO: El capital social es la suma de cinco millones de pesos, que aportan y pagan los socios de la siguiente manera: a) don Víctor Alejandro González Siebert suscribe un 20% de los derechos sociales, equivalentes a 1.000.000 pesos, íntegramente pagados al contado en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha; b) don Víctor René González Gallegos suscribe un 16% de los derechos sociales, equivalentes a 800.000 pesos, íntegramente pagados al contado en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha; c) doña Carola Ivette Valdés Solar suscribe un 16% de los derechos sociales, equivalentes a 800.000 pesos, íntegramente pagados al contado en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha; d) doña Marcela Paz González Gallegos, suscribe un 16% de los derechos sociales, equivalentes a 800.000 pesos, íntegramente pagados al contado en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha; e) doña Margot Ingrid Siebert Peters, suscribe un 16% de los derechos sociales, equivalentes a 800.000 pesos, íntegramente pagados al contado en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha; y f) doña Maritza Alejandra Del Rosario González Gallegos, suscribe un 16% de los derechos sociales, equivalentes a 800.000 pesos, íntegramente pagados al contado en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha.” Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 29 de septiembre de 2021.- P. Raby B. N. P.