MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE TRANSPORTES J & F LIMITADA

RUT 77842290-5 CVE 2020032
Fecha instrumento
27 de septiembre de 2021
Notaría
Providencia

Instrumento

Fecha
27 de septiembre de 2021
Repertorio
5202/2021
Comuna
Providencia

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, Notario Titular de la Primera Notaría de Providencia, Av. Providencia 1777, certifico: Por escritura pública otorgada el 27 de Septiembre de 2021, ante mí, Repertorio N° 5202/2021, FABIOLA BEATRIZ DEL CARMEN SALAZAR CABRERA, JAVIERA PAZ ADRIAZOLA SALAZAR Y FRANCISCO JAVIER ADRIAZOLA SALAZAR, todos domiciliados en Camino Las Vertientes 1340, Las Condes, modificaron “SOCIEDAD DE TRANSPORTES J & F LIMITADA”, RUT Nº 77.842.290-5, constituida por escritura de fecha 27 de Septiembre de 2002, otorgada ante el Notario Titular de la Primera Notaría de Providencia don Camilo Valenzuela Riveros, inscrita a fojas 26.624 número 21.643 del Registro Comercio de Santiago del año 2002, en siguientes aspectos: 1) FABIOLA BEATRIZ DEL CARMEN SALAZAR CABRERA, cede a FRANCISCO JAVIER ADRIAZOLA SALAZAR, el 2,5% de los derechos sociales, en la suma de $750.000. 2) FABIOLA BATRIZ DEL CARMEN SALAZAR CABRERA, se retira de la sociedad cediendo a JAVIERA PAZ ADRIAZOLA SALAZAR, el 2,5% de los derechos sociales en la suma de $750.000. 3) Quedan como únicos socios FRANCISCO JAVIER ADRIAZOLA SALAZAR, con un 50% del haber social, y JAVIERA PAZ ADRIAZOLA SALAZAR, con un 50% del haber social, quienes acuerdan introducir las siguientes modificaciones al estatuto social. 4) reemplazan la cláusula quinta del estatuto social por la siguiente: “Quinto.- El capital de la sociedad es la suma de diez millones de pesos, que se entera, aporta y paga por los socios en la siguiente forma: a) Don FRANCISCO JAVIER ADRIAZOLA SALAZAR, aporta cinco millones de pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social, ya enterado en dinero efectivo en la caja social; y b) doña JAVIERA PAZ ADRIAZOLA SALAZAR, aporta cinco millones de pesos, equivalente al cincuenta por ciento del capital social, ya enterado en dinero efectivo en la caja social.” 5) modifican cláusula séptima de los estatutos sociales estableciendo que la administración y el uso de la razón social corresponderá a don FRANCISCO JAVIER ADRIAZOLA SALAZAR. En lo no modificado rigen íntegramente las estipulaciones contenidas en la escritura social anterior, especialmente en cuanto dice relación con la limitación de la responsabilidad de los socios al monto de sus aportes. Santiago, 27 de Septiembre de 2021. Rh.