CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Comercial Alcántara Dólar SpA

CVE 2019701
Fecha instrumento
24 de septiembre de 2021

Instrumento

Fecha
24 de septiembre de 2021
Notario
JORGE REYES BESSONE
Domicilio
San Miguel

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la obtención de rentas de capitales mobiliarios e inversión en instrumentos que provengan del exterior, en dólares de los Estados Unidos de América, de aquellas a que se refiere el artículo veinte número dos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, la obtención de intereses, pensiones o cualquier otro producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación provenientes del extranjeros. La sociedad no podrá realizar bajo ninguna circunstancia, inversiones locales en pesos chilenos u otras divisas distintas de dólares de los Estados Unidos de América de manera tal que el total de los activos de la compañía se invertirán siempre en dólares de los Estados Unidos de América. 3)

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número 4.886, comuna de San Miguel, certifica: que por escritura pública de fecha 24 de septiembre 2021, ante mí, COMERCIAL ALCANTARA SpA, RUT setenta y seis millones setecientos treinta y ocho mil novecientos cinco guion uno 776.445.743-9, constituyó una Sociedad por Acciones, de cuyo texto extracto lo siguiente: 1) Nombre: “Comercial Alcántara Dólar SpA”. 2) Objeto: La sociedad tendrá por objeto único y exclusivo la obtención de rentas de capitales mobiliarios e inversión en instrumentos que provengan del exterior, en dólares de los Estados Unidos de América, de aquellas a que se refiere el artículo veinte número dos de la Ley sobre Impuesto a la Renta, esto es, la obtención de intereses, pensiones o cualquier otro producto derivado del dominio, posesión o tenencia a título de precario de cualquier clase de capitales mobiliarios, sea cual fuere su denominación provenientes del extranjeros. La sociedad no podrá realizar bajo ninguna circunstancia, inversiones locales en pesos chilenos u otras divisas distintas de dólares de los Estados Unidos de América de manera tal que el total de los activos de la compañía se invertirán siempre en dólares de los Estados Unidos de América. 3) Capital Social: USD 2.000.- (dos mil Dólares de los Estados Unidos de América), dividido en 2.000 acciones, nominativas, de una única serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas en su totalidad por el accionista COMERCIAL ALCANTARA SpA. Los accionistas sólo serán responsables por el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Miguel, 24 de septiembre de 2021. Jorge Reyes Bessone. Notario Público de San Miguel.