Instrumento
- Fecha
- 29 de septiembre de 2021
- Notario
- Fernando Coloma Amaro
- Domicilio
- las comunas de San Javier y Villa Alegre
Sociedad
- Capital
- $15.000 CLP
Administración
La sociedad será administrada por RAUL ANDRES SOTO CANDIA, estando facultado para actuar, en nombre y representación de la sociedad. El o los administradores, anteponiendo el nombre de la sociedad o razón a su firma, representará a las sociedades con las facultades y poderes descritos en estos estatutos Demás antecedentes en Escritura extractada.- San Javier, 29 de septiembre de 2021
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFernando Coloma Amaro, abogado, Notario Público Titular de las comunas de San Javier y Villa Alegre, domiciliado en su oficio de calle Sargento Aldea número 2625, San Javier; certifica que por escritura pública otorgada con fecha 29 de septiembre de 2021, repertorio número 1733, ante mí, FERNANDO ALEXIS LARA DIAZ, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, conductor profesional, cédula de identidad número 15.136.046-7, domiciliado en calle Eleuterio Ramírez 2631 comuna de San Javier, Región del Maule, y RAUL ANDRES SOTO CANDIA, chileno, soltero, conductor profesional, cedula nacional de identidad número 15.149.353-k, domiciliado en población Julio Michea, numero mil trescientos setenta y dos, comuna de San Javier, constituyeron una sociedad por acciones, de carácter comercial que se regirá por los siguientes estatutos y, en lo no previsto por ellos, por las disposiciones pertinentes establecidas en el Código de Comercio y la Ley dieciocho mil cuarenta y seis., cuya razón social será “SOTOCAR S.p.A.”. El domicilio social será la ciudad de San Javier, Región del Maule, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. Duración La sociedad empieza a regir con esta fecha y su duración es indefinida. Objeto La Sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) compra, venta, distribución, permuta, arrendamiento de maquinaria, industriales, agrícola, forestal, jardinería y de construcción; b) compra, venta, distribución de todo tipo de repuestos, accesorios, iluminación, sonido, diseño gráfico todo automotriz, neumáticos, baterías, por mayor y al detalle; c) prestación de servicios técnico instalación y mantención de maquinaria industriales, agrícola, forestal, jardinería y de construcción; d) importación, elaboración, fabricación, instalación, servicio técnico y venta por mayor y al detalle de mangueras hidráulicas, flexibles hidráulicas; e) toda clase de actividades relacionadas o no y que acuerden los socios y, en general, ejecutar actos comerciales de este giro y cualquier otro que los socios acuerden, en que podrá celebrar y ejecutar toda clase actos y contratos civiles, mercantiles o administrativos sean conducentes mejor cumplimiento fines sociales o que socios acordares.- Capital El capital social es la suma de quince millones de pesos ($15.000.000) de pesos, divididos en CIEN acciones nominativas, sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma señalada en el artículo primero transitorio que dispone: El capital social es quince millones de pesos ($15.000.000), dividido en cien acciones, nominativas, sin valor nominal, suscritas y pagadas conforme a lo siguiente: FERNANDO ALEXIS LARA DIAZ la suma de $7.500.000 (siete millones quinientos mil pesos), suscribe en este cincuenta acciones de la sociedad, que paga en dinero en efectivo al contado el cual se ingresa a la caja social; RAUL ANDRES SOTO CANDIA la suma de $7.500.000 (siete millones quinientos mil pesos), suscribe en este cincuenta acciones de la sociedad, que paga en dinero en efectivo al contado el cual se ingresa a la caja social. Administración. La sociedad será administrada por RAUL ANDRES SOTO CANDIA, estando facultado para actuar, en nombre y representación de la sociedad. El o los administradores, anteponiendo el nombre de la sociedad o razón a su firma, representará a las sociedades con las facultades y poderes descritos en estos estatutos Demás antecedentes en Escritura extractada.- San Javier, 29 de septiembre de 2021.-