SOCIEDAD MEDICA, NUTRICIONAL Y TECNICA LIMITADA
Instrumento
- Notario
- LUIS EDUARDO SOLAR BACH
- Domicilio
- Los Angeles
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS EDUARDO SOLAR BACH, Notario Público Titular, Los Angeles, Lautaro 325, local 4 y 5, Certifico: Por escritura pública esta fecha, ante mí, don SERGIO ANTONIO EDUARDO TRONCOSO ESCOBAR, CI. 10.019.491-0, Abogado, con domicilio en Colo-Colo número 451 oficina 118, Los Ángeles; en representación, de don JOSÉ ROBERTO TORO ALVAREZ, médico anestesista, CI. 9.076.073-4, soltero, con domicilio en calle Lauca número 0581, Villa España, Los Ángeles; doña PATRICIA ALEJANDRA TORO ALVAREZ, nutricionista, CI. 10.716.130-9, soltera, con domicilio en Avenida Andrés Bello número 1604, Villa Emmanuel, de la ciudad de Chillán, y de paso por ésta, y doña VIVIAN COSTANZA MENDOZA APABLAZA, paramédico, CI.10.792.010-2, soltera, domiciliada en calle Lauca número 0581, Villa España, Los Ángeles, declara que, por escritura pública de fecha treinta de octubre, Repertorio tres mil ochocientos ochenta y nueve guion dos mil veinte, número de Certificado uno dos tres cuatro cinco seis ocho cero nueve cinco nueve cuatro, página www.fojas.cl, otorgada ante la Notario Público de Los Ángeles, doña EMILIA ELISABETH SOLAR HUNTER, Suplente del Titular don LUIS EDUARDO SOLAR BACH, los socios en cuya representación comparezco, modificaron “SOCIEDAD MEDICA, NUTRICIONAL Y TECNICA LIMITADA”, Rol Único Tributario número setenta y seis millones doscientos treinta y siete mil ochocientos trece guion dos, capital inicial cuatro millones de pesos.- la que se inscribió en el Registro de Comercio a fojas novecientos once número quinientos ochenta y seis, del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles, correspondiente al año dos mil doce. Por un error de hecho la referida modificación de sociedad no fue inscrita dentro del plazo de sesenta días en el Registro de Comercio competente como tampoco su extracto fue publicado en el trescientos cincuenta y cuatro del Código de Comercio. En atención a que la falta de inscripción y publicación del extracto constituye un vicio formal y en virtud de lo dispuesto en la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, especialmente en sus artículos primero, segundo, tercero y noveno letra c), por el presente instrumento y en la representación invocada, VENGO EN SANEAR la referida modificación de SOCIEDAD MEDICA, NUTRICIONAL Y TECNICA LIMITADA, para todos los efectos legales, esto es, proceder a la inscripción en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Los Angeles y la publicación del extracto.- En todo lo no modificado por el presente instrumento, se mantiene vigentes las cláusulas y estipulaciones del estatuto social primitivo.- LOS ANGELES, a 02 de Agosto de 2021.-