RENATA GAS SpA
Instrumento
- Fecha
- 24 de septiembre de 2021
- Repertorio
- 7438/2021
- Notario
- CARLOS ALBERTO MIRANDA JIMENEZ
- Domicilio
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Administración
JOHN EDUAR GOMEZ MORENO, amplias facultades, señaladas en escritura. Su designación se mantendrá vigente mientras la Junta de Accionistas no acuerde su remoción”; debe decir: “Administración: La Sociedad será administrada por un Administrador, pudiendo este ser o no accionista, designado -y esencialmente revocable- por la Junta de
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| RENATA GAS SpA | socio | 77312173-7 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLOS ALBERTO MIRANDA JIMENEZ, Notario Público Concepción, con oficio en Barros Arana Nº989, certifico: Que por escritura pública de fecha 24 de Septiembre de 2021, ante mí, Repertorio Nº7438/2021, compareció don JOHN EDUAR GÓMEZ MORENO, cédula nacional de identidad para extranjeros N° 24.045.567-6 y expone: Que por escritura pública de 27 de noviembre de 2020, otorgada ante Diana Beatriz Sepúlveda Moreno, Notario Público Suplente del Titular de Concepción, don Carlos Alberto Miranda Jiménez, con oficio en esta ciudad, en calle Barros Arana N° 989, repertorio N° 8.850, se constituyó una sociedad por acciones denominada RENATA GAS SpA, RUT N° 77.312.173-7. Capital social: $2.000.000.- Un extracto, de fecha 30 de noviembre de 2020, certificado por la Notario Suplente ya individualizada, se publicó en la versión N° 42.820 del Diario Oficial, de fecha 02 de diciembre de 2020 y se inscribió a fojas 1.951 vuelta, número 1.495, correspondiente al Registro de Comercio del año 2020, del Conservador de Bienes Raíces y Comercio de Concepción. Por un error involuntario, en el extracto de constitución publicado e inscrito, se señaló que la administración de la sociedad correspondía a John Eduar Gómez Moreno, con amplias facultades, señaladas en escritura y que su designación se mantendrá vigente mientras la Junta de Accionistas no acuerde su remoción. Con el objeto de corregir o subsanar la disconformidad existente entre el extracto inscrito y publicado en relación a la escritura pública de constitución de la sociedad, don JOHN EDUAR GÓMEZ MORENO, en su calidad de único accionista de RENATA GAS SpA, rectifica el extracto de constitución de la sociedad ya singularizado, en lo relativo al nombramiento y ejercicio de la administración social, en el siguiente sentido: donde dice: “Administración: JOHN EDUAR GOMEZ MORENO, amplias facultades, señaladas en escritura. Su designación se mantendrá vigente mientras la Junta de Accionistas no acuerde su remoción”; debe decir: “Administración: La Sociedad será administrada por un Administrador, pudiendo este ser o no accionista, designado -y esencialmente revocable- por la Junta de Accionistas. En artículo segundo transitorio se nombra Administrador de la sociedad a don John Eduar Gómez Moreno. Su designación se mantendrá vigente mientras la Junta de Accionistas no acuerde su remoción”. En todo aquello no rectificado por este acto, se mantienen inalterables las demás disposiciones del extracto de constitución de la sociedad publicado e inscrito. El accionista compareciente señala que la rectificación se hace, además, con el ánimo expreso de sanear un eventual vicio de nulidad derivado de la contradicción entre el extracto publicado e inscrito y la correspondiente escritura pública de constitución de la sociedad y/o de una disconformidad entre los referidos documentos, que induzcan a una errónea comprensión de la escritura extractada. Declara que no existe sentencia judicial ejecutoriada que, previo a este acto, se haya pronunciado sobre un eventual vicio de nulidad del que adolecería la sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. CONCEPCIÓN, 28 de Septiembre de 2021.