Inversiones Arteaga y Asociados Limitada
Instrumento
- Fecha
- 21 de septiembre de 2021
- Repertorio
- 5461-2021
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Oficio
- Novena Notaría Pública de San Miguel
- Comuna
- Pública
Sociedad
- Capital
- $585.697.965 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de la Novena Notaría Pública de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, Comuna de San Miguel, certifica que: por escritura pública de fecha 21 de septiembre de 2021, repertorio Nº 5461-2021 ante mí, comparecieron: María Inés Teresa Infante Varas y Marcos Francisco Arteaga Liona, ambos domiciliados en calle Burgos Nº 211, departamento Nº 121, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; quienes modificaron INVERSIONES ARTEAGA Y ASOCIADOS LIMITADA, inscrita a fojas 3187 Nº 1663 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1988 (en adelante, la “Sociedad”), en el siguiente sentido: /UNO/ Acordaron aumentar el capital de la Sociedad desde la suma de $4.000.000 a la cantidad de $585.697.965, que se aporta y paga mediante la capitalización de las cuentas de patrimonio de la Sociedad al 31 de diciembre de 2020, en iguales proporciones entre sus socios. Como consecuencia del aumento de capital, los actuales y únicos socios de la Sociedad, esto es, María Inés Teresa Infante Varas y Marcos Francisco Arteaga Liona, acordaron modificar el artículo quinto de los estatutos sociales, reemplazándolo por la siguiente: “QUINTO. Capital. El capital de la sociedad es la suma de $585.697.965, íntegramente pagado, que los socios han enterado en la siguiente forma y proporción: /a/ MARÍA INÉS TERESA INFANTE VARAS, con la suma total de $292.848.983, equivalente a un 50 % aproximadamente de los derechos sociales, que ha pagado de acuerdo con el siguiente detalle: i) Con la suma de $800.000 en efectivo; ii) mediante el aporte en dominio a la Sociedad de 90 acciones de la sociedad “INVERSIONES V.R.J. S.A.” que se avalúan de común acuerdo en la suma de $1.200.000; y iii) mediante la capitalización de las cuentas patrimoniales de la sociedad al 31 de diciembre del 2020, por la suma de $290.848.983 en proporción a su participación en la sociedad, según consta en la escritura pública de fecha 21 de septiembre de 2021 otorgada en la Notaría del señor Jorge Reyes Bessone; y /b/ MARCOS FRANCISCO ARTEAGA LIONA, con la suma total de $292.848.982, equivalente a un 50% aproximadamente de los derechos sociales, que ha pagado de acuerdo con el siguiente detalle: i) Con la suma de $800.000 en efectivo; ii) mediante el aporte en dominio a la Sociedad de 90 acciones de la sociedad “INVERSIONES V.R.J. S.A.” que se avalúan de común acuerdo en la suma de $1.200.000; y iii) mediante la capitalización de la cuentas patrimoniales en la sociedad al 31 de diciembre del 2020, ascendente a $290.848.982, según consta en la escritura pública de fecha 21 de septiembre de 2021 otorgada en la Notaría del señor Jorge Reyes Bessone. /DOS/ Adicionalmente, los únicos y actuales socios de la Sociedad acordaron aumentar el capital de la Sociedad desde la suma de $585.697.965 a la suma total de $3.144.378.170. Asimismo, acordaron que el aumento de capital fuese suscrito y pagado por María Inés Teresa Infante Varas y Marcos Francisco Arteaga Liona mediante la capitalización por los socios de la denominada “cuenta saldo cuenta socios” de la Sociedad al 31 de diciembre de 2020, entre los únicos y actuales socios en calidad de acreedores y la Sociedad en calidad de deudora. Como consecuencia del aumento de capital, los actuales y únicos socios de la Sociedad, esto es, María Inés Teresa Infante Varas y Marcos Francisco Arteaga Liona, acordaron modificar el artículo quinto de los estatutos sociales, reemplazándolo por la siguiente: “QUINTO. Capital. El capital de la sociedad es la suma de $3.144.378.170 pesos, íntegramente pagado, que los socios han enterado en la siguiente forma y proporción: /a/ MARÍA INÉS TERESA INFANTE VARAS, con la suma total de $444.017.572, equivalente a un 14,1% aproximadamente de los derechos sociales, que ha pagado de acuerdo con el siguiente detalle: i) Con la suma de $800.000 en efectivo; ii) mediante el aporte en dominio a la Sociedad de 90 acciones de la sociedad “INVERSIONES V.R.J. S.A.” que se avalúan de común acuerdo en la suma de $1.200.000; iii) mediante la capitalización de las cuentas patrimoniales de la sociedad al 31 de diciembre del 2020, por la suma de $290.848.983 en proporción a su participación en la sociedad, según consta en la escritura pública de fecha 21 de septiembre de 2021 otorgada en la Notaría del señor Jorge Reyes Bessone; y iv) mediante la capitalización de la cuenta socios, según los aportes efectivamente efectuados desde MARÍA INÉS TERESA INFANTE VARAS como acreedor y la sociedad como deudora, ascendente a $151.168.589, según consta en la escritura pública de fecha 21 de septiembre de 2021 otorgada en la Notaría del señor Jorge Reyes Bessone; y /b/ MARCOS FRANCISCO ARTEAGA LIONA, con la suma total de $2.700.360.598, equivalente a un 85,9% aproximadamente de los derechos sociales, que ha pagado de acuerdo con el siguiente detalle: i) Con la suma de $800.000 en efectivo; ii) mediante el aporte en dominio a la Sociedad de 90 acciones de la sociedad “INVERSIONES V.R.J. S.A.” que se avalúan de común acuerdo en la suma de $1.200.000; iii) mediante la capitalización de las cuentas patrimoniales en la sociedad al 31 de diciembre del 2020, ascendente a $290.848.982, según consta en la escritura pública de fecha 21 de septiembre de 2021 otorgada en la Notaría del señor Jorge Reyes Bessone; y iv) mediante la capitalización de la cuenta socios , según los aportes efectivamente efectuados desde MARCOS FRANCISCO ARTEAGA LIONA como acreedor y la sociedad como deudora, ascendente a $2.407.511.616, según consta en la escritura pública de fecha 21 de septiembre de 2021 otorgada en la Notaría del señor Jorge Reyes Bessone.” Los socios reiteran que limitan su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales, hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones y acuerdos constan en escritura extractada. Santiago, 23 de septiembre de 2021.