MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA ECO LIMITADA

RUT 76831430-6 CVE 2018944
Fecha instrumento
2 de agosto de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
2 de agosto de 2021
Repertorio
19956/2021
Notario
María Pilar Gutiérrez Rivera
Oficio
18 Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

María Pilar Gutiérrez Rivera, Notario Público Titular de la 18 Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 669, piso 8, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 2 de agosto de 2021, Repertorio N° 19.956/2021, ante mí, don Edgardo Alex Crespillo Ortiz, doña María Eugenia Echeverría Collao, don Edgardo Andrés Crespillo Echeverría, don Felipe Ignacio Crespillo Echeverría, y don Carlos Maximiliano Crespillo Echeverría, todos con domicilio, para estos efectos, en Avenida Providencia número mil doscientos ocho, oficina quinientos cuatro, comuna de Providencia, Región Metropolitana, dividieron y modificaron la sociedad denominada INMOBILIARIA ECO LIMITADA, inscrita a fojas diecisiete mil doscientos setenta y uno número doce mil seiscientos noventa del Registro de Comercio correspondiente al año dos mil siete del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, como sigue: Uno. Se acordó dividir la sociedad en dos compañías, que serán: a) la propia compañía que se divide, la que conservará su personalidad jurídica, identidad, naturaleza, razón social y Rol Único Tributario número setenta y seis millones ochocientos treinta y un mil cuatrocientos treinta guión seis, así como todos los activos y pasivos sociales que explícita y determinadamente no le sean traspasados a la sociedad naciente de esta división, y que continuará con el giro, operaciones y negocios actualmente en curso, rigiéndose por el mismo estatuto primitivo excepto en aquellas materias que se modifican conforme a lo que se indica más adelante; y b) una nueva sociedad de responsabilidad limitada que nace como resultado de esta división, la que se denominará Inmobiliaria Eco II Limitada, la que se regirá por un nuevo estatuto otorgado especialmente para ella que se extracta por separado, y que recibirá únicamente los activos y pasivos sociales que explícita y determinadamente se le traspasen desde la sociedad dividida. Dos. Como consecuencia de la división acordada, se hizo constar que el capital social de Inmobiliaria Eco Limitada disminuyó desde la suma de seis millones doscientos cincuenta mil pesos a la suma de tres millones trescientos doce mil quinientos pesos, y se acordó reemplazar el texto de la cláusula tercera de sus estatutos, por el siguiente: “El capital social es la suma de tres millones trescientos doce mil quinientos pesos, que los actuales socios o sus antecesores han aportado en dinero efectivo, y que le corresponde a sus actuales socios como sigue: a) a don Edgardo Alex Crespillo Ortiz, en la suma de seiscientos sesenta y dos mil quinientos pesos, equivalente a un veinte por ciento del capital social; b) a doña María Eugenia Echeverría Collao, en la suma de seiscientos sesenta y dos mil quinientos pesos, equivalente a un veinte por ciento del capital social; c) a don Edgardo Andrés Crespillo Echeverría, en la suma de seiscientos sesenta y dos mil quinientos pesos, equivalente a un veinte por ciento del capital social; d) a don Felipe Ignacio Crespillo Echeverría, en la suma de seiscientos sesenta y dos mil quinientos pesos, equivalente a un veinte por ciento del capital social; y e) a don Carlos Maximiliano Crespillo Echeverría, en la suma de seiscientos sesenta y dos mil quinientos pesos, equivalente a un veinte por ciento del capital social.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 29 de septiembre de 2021.