INMOBILIARIA E INVERSIONES VILLARROEL Y MOLINA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de noviembre de 2008
- Notario
- NICOLAS ARRIETA CONCHA
- Domicilio
- Antofagasta
- Comuna
- Antofagasta don
Sociedad
- Domicilio
- La ciudad de Antofagasta dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Antofagasta
Objeto social
será la adquisición, enajenación, comercialización, inversión, arrendamiento, subarrendamiento, administración y cualquier otra forma de explotación, por cuenta propia o ajena de bienes raíces; la participación e inversión de negocios relativos al loteo, subdivisión, construcción, reparación, remodelación y urbanización de bienes raíces, ya sea por cuenta propia o ajena; la adquisición, enajenación, arrendamiento, comercialización y explotación, a cualquier título, por cuenta propia o ajena de vehículos, maquinarias, insumos, productos y bienes muebles, relacionados o no, con la actividad o rubro inmobiliario; así como la inversión en cualquier tipo de instrumentos financieros de ahorro, crédito, valores mobiliarios, bonos, acciones o títulos de cualquier índole; la representación tanto nacional como extranjera, de empresas del rubro; la inversión en todo tipo de negocios relacionados con la industria, el comercio, la minería, la explotación de riquezas del mar y demás actividades extractivas, clínicas, hospitales, laboratorios y otros establecimientos análogos particulares, empresas de diversión y esparcimiento; la prestación de servicios profesionales en el área de la medicina, el desarrollo de todo tipo de exámenes en el área médica, ya sea por cuenta propia o ajena; la realización de todo tipo de prestaciones con el Fondo Nacional de Salud, Isapre, Clínicas, Hospitales, Consultorios, Compañías de Seguros, Administradoras de Fondos de Pensiones, y en general, cualquier otro negocio o actividad relacionada con su giro que los socios acuerden
Administración
Corresponderá a cada uno de los socios, Daniela Andrea Molina Villarroel y Gladys Villarroel Espinoza, quienes indistintamente en forma conjunta o separada y anteponiendo sus firmas a la razón social, podrán obligar válidamente a la sociedad en todos sus actos y contratos que ejecute o celebre, facultades indicadas pacto social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalNICOLAS ARRIETA CONCHA, Notario Público Titular, Antofagasta, Prat 470, local 3, certifica: Por escritura Pública, hoy, ante mí, doña Daniela Andrea Molina Villarroel, soltera, médico, cédula de identidad 16.607.476-2; doña Encarnación Espinoza Coria, chilena, viuda, factor de comercio, cédula de identidad 2.099.774-5 y doña Gladys Villarroel Espinoza, chilena, divorciada, médico cirujano, cédula de identidad 7.094.766-8, todas con domicilio en calle Claudio Arrau 284. Por escritura pública de fecha 19 de noviembre del año 2008, los comparecientes constituyeron la sociedad INMOBILIARIA E INVERSIONES VILLARROEL Y MOLINA LIMITADA, ante quien fuera Notario de la Sexta Notaría de Antofagasta don Héctor Efraín Basualto Bustamante. El Extracto de la escritura constitutiva se inscribió a fojas 1855, bajo el número 1351, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta, del año 2008, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 10 de diciembre del año 2008. La sociedad tiene el Rol Único Tributario 76.042.755-1 Capital Inicial de ocho millones de pesos, totalmente enterados.; modificada por: a) Por escritura pública ante el Notario Público que fuera de esta ciudad, don Edmundo Devia Osorio, con fecha 16 de diciembre del año 2009. Un extracto de dicha modificación se inscribió a fojas 21 bajo el número 18, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta, correspondiente al año 2010, y se publicó en el diario oficial con fecha 6 de enero del año 2010; b) Por escritura pública otorgada ante la Notario Público de esta ciudad doña María Soledad Lascar Merino, con fecha 28 de febrero del año 2012. Un extracto de dicha modificación se inscribió a fojas 556 vuelta, bajo el número 390, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta, correspondiente al año 2012, y se publicó en el diario oficial con fecha 2 de marzo del año 2012; c) Por escritura pública otorgada ante el Notario Público Interino de esta ciudad don Ricardo Hernán Lama Toro, con fecha 4 de abril del año 2013. Un extracto de dicha modificación se inscribió a fojas 1487, bajo el número 980, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Antofagasta, correspondiente al año 2013, y se publicó en el diario oficial con fecha 8 de abril del año 2013. Modificación: Encarnación Espinoza Coria, vende, cede y transfiere el total de los derechos de los cuales que es dueña en la sociedad, esto es, el 0,51 por ciento a doña Gladys Villarroel Espinoza, quien compra, acepta y adquiere para sí, en el precio de un millón de pesos, que se ha pagado por la cedente a la cesionaria y recibido conforme por ésta, otorgando al efecto, recibo y cancelación. Quedan como únicos socios de la INMOBILIARIA E INVERSIONES VILLARROEL Y MOLINA LTDA, Daniela Andrea Molina Villarroel, con un 99,49 por ciento del capital y derechos sociales y Gladys Villarroel Espinoza, con un 0,51 por ciento del capital y derechos sociales. Transformación: Daniela Andrea Molina Villarroel y Gladys Villarroel Espinoza, como únicos socios acuerdan transformar la INMOBILIARIA E INVERSIONES VILLARROEL Y MOLINA LTDA en una sociedad por acciones denominada INMOBILIARIA, INVERSIONES Y PRESTACIONES EN SALUD VILLARROEL Y MOLINA SPA, pudiendo actuar con el nombre de fantasía de “INVERSIONES VYM SPA”. Objeto. será la adquisición, enajenación, comercialización, inversión, arrendamiento, subarrendamiento, administración y cualquier otra forma de explotación, por cuenta propia o ajena de bienes raíces; la participación e inversión de negocios relativos al loteo, subdivisión, construcción, reparación, remodelación y urbanización de bienes raíces, ya sea por cuenta propia o ajena; la adquisición, enajenación, arrendamiento, comercialización y explotación, a cualquier título, por cuenta propia o ajena de vehículos, maquinarias, insumos, productos y bienes muebles, relacionados o no, con la actividad o rubro inmobiliario; así como la inversión en cualquier tipo de instrumentos financieros de ahorro, crédito, valores mobiliarios, bonos, acciones o títulos de cualquier índole; la representación tanto nacional como extranjera, de empresas del rubro; la inversión en todo tipo de negocios relacionados con la industria, el comercio, la minería, la explotación de riquezas del mar y demás actividades extractivas, clínicas, hospitales, laboratorios y otros establecimientos análogos particulares, empresas de diversión y esparcimiento; la prestación de servicios profesionales en el área de la medicina, el desarrollo de todo tipo de exámenes en el área médica, ya sea por cuenta propia o ajena; la realización de todo tipo de prestaciones con el Fondo Nacional de Salud, Isapre, Clínicas, Hospitales, Consultorios, Compañías de Seguros, Administradoras de Fondos de Pensiones, y en general, cualquier otro negocio o actividad relacionada con su giro que los socios acuerden. Domicilio. La ciudad de Antofagasta dentro del territorio jurisdiccional de los juzgados de letras en lo civil con asiento en la comuna de Antofagasta, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. Duración de la sociedad. Será de 3 años renovable tácita y sucesivamente por periodos iguales y consecutivos de tres años cada uno. Capital de la sociedad. Será la suma de $388.000.000, dividido en 1000 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado, a razón de novecientas noventa y nueve acciones para Daniela Andrea Molina Villarroel, equivalentes al 99,49 por ciento de los derechos sociales y una acción para Gladys Villarroel Espinoza, equivalentes al 0,51 por ciento de los derechos sociales. Administración y Representación. Corresponderá a cada uno de los socios, Daniela Andrea Molina Villarroel y Gladys Villarroel Espinoza, quienes indistintamente en forma conjunta o separada y anteponiendo sus firmas a la razón social, podrán obligar válidamente a la sociedad en todos sus actos y contratos que ejecute o celebre, facultades indicadas pacto social. Otras estipulaciones en escritura extractada. Antofagasta, 29 de Septiembre de 2021.-