MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMASER INGENIERÍA EN MAQUINARIA Y SERVICIO LIMITADA

RUT 76271503-1 CVE 2019394

Instrumento

Notario
FRANCISCA SOLEDAD ÁLVAREZ HURTADO
Domicilio
Peñaflor

Administración

En todo lo que no se hubieren modificado los estatutos sociales, producto de las modificaciones precitadas, continúa plenamente vigente el pacto social primitivo. Santiago 28 de Septiembre de 2021

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCA SOLEDAD ÁLVAREZ HURTADO, Notario Público Titular de Peñaflor, con Oficio en calle Arturo Prat N°75, comuna de Peñaflor, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, don RODRIGO FABIÁN CRISTI BOBADILLA, domiciliado en Tronador número veintitrés, Comuna de Puerto Varas y de doña ÁNGELA ANDREA CANCINO MELLA, domiciliada en Tronador número veintitrés, comuna de Puerto Varas, y don FELIPE ANDRÉS MEDINA SALGADO, domiciliado Pasaje Siete Sur número dos mil quinientos noventa y siete, de la comuna de Peñaflor; éste último y RODRIGO FABIÁN CRISTI BOBADILLA son socios de “INMASER INGENIERÍA EN MAQUINARIA Y SERVICIO LIMITADA” o “INMASER LTDA.”, constituida por escritura pública de fecha cinco de febrero del año dos mil trece, otorgada en la Notaría de Santiago de Don FÉLIX JARA CADOT y cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas dieciocho mil trescientos veintitrés, número once mil novecientos cuarenta y ocho del año dos mil trece, Rol Único Tributario setenta y seis millones doscientos setenta y un mil quinientos tres guión uno. Por este instrumento, el socio don FELIPE ANDRÉS MEDINA SALGADO, vende cede y transfiere a doña ÁNGELA ANDREA CANCINO MELLA, quien compra acepta y adquiere para si los derechos equivalentes al 50%, de su participación social, cuyo valor asciende a la suma de cien mil pesos. El socio declara recibir en este acto a su entera conformidad el total del precio, dándose en consecuencia por pagado el precio y al respecto el más completo, total y absoluto finiquito, además de dar por terminado su vínculo contractual con la sociedad, socios y terceros. Por este instrumento, don RODRIGO FABIÁN CRISTI BOBADILLA, doña ÁNGELA ANDREA CANCINO MELLA, pasan a ser los únicos socios, reuniendo cada uno el cincuenta por ciento de los derechos de la sociedad. La administración señalada en la cláusula cuarta del pacto social, corresponderá exclusivamente a don RODRIGO FABIÁN CRISTI BOBADILLA, en los términos expresados en el acto fundacional de la sociedad, quien podrá delegar dicha administración. En todo lo que no se hubieren modificado los estatutos sociales, producto de las modificaciones precitadas, continúa plenamente vigente el pacto social primitivo. Santiago 28 de Septiembre de 2021.