COMERCIAL MERCURY MUSIC LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 16 de septiembre de 2021
- Repertorio
- 26548-21
- Notario
- MARY CARMEN ENCINA LORCA
- Domicilio
- doña SUSANA BELMONTE AGUIRRE
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $374.079.579 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| COMERCIAL MERCURY MUSIC LIMITADA | socio | 76283252-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARY CARMEN ENCINA LORCA, Abogado, Notario Público Suplente de doña SUSANA BELMONTE AGUIRRE, Abogado, Notario Público Titular de la Undécima Notaría de Santiago, con oficio en Rosario Norte número quinientos cincuenta y cinco, oficina doscientos uno, comuna de Las Condes, según decreto protocolizado en esta notaría de fecha diez de septiembre de dos mil veintiuno, certifica: Por escritura pública de fecha 16 de septiembre de 2021, Repertorio N° 26548-21, ante mí: don RODRIGO OMAR MAHANA GORAB, ingeniero comercial, por sí y en representación de SOCIEDAD COMERCIAL SONIK LIMITADA, ambos domiciliados Camino lo Ruiz 4.700, comuna de Renca, en su calidad únicos y actuales socios de COMERCIAL MERCURY MUSIC LIMITADA, RUT 76.283.252-6, inscrita a fojas 35.534, número 23.796, en el Registro de Comercio correspondiente al año 2013, y publicado en el siguiente: A) Aumentar el capital de la Sociedad, de la suma de $374.079.579., a la suma de $774.079.579., es decir se aumento en $400.000.000., acordándose al efecto que dicho aumento sería íntegramente suscrito y pagado por todos los socios en proporción a sus participaciones sociales, mediante la capitalización de la cuenta patrimonial de utilidades del ejercicio, conforme al balance de la Sociedad al 31 de diciembre de 2020; y b) Como consecuencia del aumento de capital, los actuales y únicos socios acuerdan modificar y sustituir el articulo quinto de los estatutos sociales por el siguiente: “QUINTO: El capital actual de la Sociedad es la suma de setecientos setenta y cuatro millones setenta y nueve mil quinientos setenta y nueve pesos, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado en la siguiente proporción: SOCIEDAD COMERCIAL SONIK LIMITADA ha suscrito y pagado la suma de setecientos sesenta y dos millones novecientos treinta y dos mil ochocientos treinta y tres pesos, equivalentes al noventa y ocho coma cinco seis por ciento de los derechos sociales de la Sociedad; y el señor RODRIGO OMAR MAHANA GORAB ha suscrito y pagado la suma de once millones ciento cuarenta y seis mil setecientos cuarenta y seis pesos, equivalentes al uno coma cuatro cuatro por ciento de los derechos sociales de la Sociedad.”. Demás estipulaciones en escritura que se extracta. Santiago, 23 de septiembre de 2021.