C y C Construcciones Limitada
Instrumento
- Fecha
- 15 de septiembre de 2021
- Notario
- MARIA LIDIA DIAZ DIAZ
- Domicilio
- Río Bueno
Sociedad
- Capital
- $50.000 CLP
- Domicilio
- comuna de La Unión
- Duración
- CINCO AÑOS, desde que la sociedad quede totalmente constituida, prorrogables tácita y automáticamente por igual período, forma establecida cláusula cuarta. Se facultó para inscribir
Objeto social
El estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de Ingeniería y Construcción, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos, ferrocarriles y otros; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; la realización de loteos y obras de urbanización; la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; y la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de Ingeniería y Construcción, y todo lo que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con esta actividad, y cualquier otro negocio que acordaren los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA LIDIA DIAZ DIAZ, abogado, Notario Público Titular Río Bueno, E. Libertador 1059, certifica: por escritura pública 15 SEPTIEMBRE 2021, ante mí: CLAUDIO BOLIBAR RAMIREZ CASTRO, Constructor Civil, y CATALINA ANDREA RAMIREZ BOETTCHER, egresada de agronomía, ambos domiciliados Alto Los Castaños, calle Los Claveles 1279, La Unión, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL: C y C Construcciones Limitada, con nombre de fantasía de C y C construcciones Ltda. DOMICILIO: comuna de La Unión, sin perjuicio establecer sucursales otro punto del país o extranjero. OBJETO: El estudio y ejecución de todo tipo de obras y de proyectos de Ingeniería y Construcción, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de edificación de obras civiles, tales como casas, edificios, caminos, puentes, represas, túneles, puertos aéreos o marítimos, ferrocarriles y otros; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la compra, venta, enajenación y arriendo de bienes raíces o muebles; la realización de loteos y obras de urbanización; la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; y la implementación y realización, en general, de todo tipo de proyectos y de obras de Ingeniería y Construcción, y todo lo que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con esta actividad, y cualquier otro negocio que acordaren los socios. REPRESENTACION, ADMINISTRACION Y USO DE RAZON SOCIAL: corresponderá al socio CLAUDIO BOLIBAR RAMIREZ CASTRO, con amplias facultades, indicadas cláusula duodécima escritura social. CAPITAL: $50.000.000 que los socios aportan siguiente manera y proporción: CLAUDIO BOLIBAR RAMIREZ CASTRO, $47.500.000, que corresponde al 95% del capital social, que se entera, mediante el aporte en dominio, siguientes bienes inmuebles: UNO) LOTE NÚMERO CUATRO, del Plano de Loteo del Conjunto Habitacional “ALTO LOS CASTAÑOS”, ubicado en calle Los Claveles número 1.279, ciudad y comuna de La Unión, inscrito a fojas 112 N° 134 Registro Propiedad CBR La Unión, año 1997, Rol 380-4, Comuna La Unión, avaluado en $26.500.000; DOS) LOTE B, en el plano archivado al Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Valdivia del año 2014, con el N° 632, ubicado en Las Gaviotas, sector El Hualve, comuna Valdivia, inscrito a fojas 3.341 N° 3.369 Registro Propiedad CBR Valdivia, año 2015. Rol 2427-429, comuna Valdivia, avaluado $21.000.000.- Quedó así enterado el total del aporte de este socio en arcas de la sociedad. CATALINA ANDREA RAMIREZ BOETTCHER $2.500.000, que corresponde al 5% del capital social, cantidad que se enterará en arcas sociales en cinco cuotas iguales, anuales y sucesivas, de $500.000 cada una. La primera cuota se pagó al momento de la suscripción escritura constitución, en dinero efectivo, enterada en arcas sociales, y las siguientes, el día treinta de marzo de cada año, hasta extinguir el total de la deuda. RESPONSABILIDAD: Limitada al monto de sus aportes. DURACIÓN: CINCO AÑOS, desde que la sociedad quede totalmente constituida, prorrogables tácita y automáticamente por igual período, forma establecida cláusula cuarta. Se facultó para inscribir. Otras estipulaciones escritura extractada. Río Bueno, 29 Septiembre de 2021.