MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA LOS PERALES LIMITADA

RUT 77423327-K CVE 2019302
Capital
$45.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de agosto de 2021

Instrumento

Fecha
24 de agosto de 2021

Sociedad

Capital
$45.000.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
AGRÍCOLA LOS PERALES LIMITADA socio 77423327-K

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALETHIA PAZ GOMEZ FRANCO, Notario suplente del titular de Linares don Andrés Cuadra González del Riego, con oficio en calle Chacabuco N° 551 A, de esta ciudad, certifico: Por escritura pública de fecha 24 de agosto de 2021, ante mí, Uno) doña EDILIA DEL ROSARIO FIGUEROA SEPÚLVEDA, C.I. N° 4.232.888-K, en representación convencional, de don JUAN DE DIOS SALAZAR SALAZAR, C.I. N° 3.811.240-6, ambos domiciliados en Fundo Perales, Camino a Palmilla, comuna de Linares, Región del Maule; Dos) don MANUEL EDUARDO SALAZAR FIGUEROA, C.I. N° 8.816.742-2, por sí, y en representación convencional, de don PABLO ANDRÉS DÍAZ SALAZAR, C.I. N° 15.676.084-6, y de doña KAREN ELENA DÍAZ SALAZAR, C.I. N° 13.790.608-2, todos domiciliados en Loteo Uno Batuco, Camino a Palmilla, comuna de Linares, Región del Maule; y Tres) don JUAN ALBERTO SALAZAR FIGUEROA, C.I. N° 8.073.472-7, domiciliado en calle Juan Domingo Palacios 481, Villa Los Portones, comuna de Linares, Región del Maule; sobre la sociedad AGRÍCOLA LOS PERALES LIMITADA, RUT: 77.423.327-K, inscrita a fojas 59.919 número 27.917 del Registro de Comercio de Santiago año 2021, convinieron: Uno) Cesión de derechos sociales: 1) don JUAN DE DIOS SALAZAR SALAZAR, debidamente representado por doña EDILIA DEL ROSARIO FIGUEROA SEPÚLVEDA, vende cede y transfiere, con el expreso consentimiento del resto de sus socios, a don JUAN ALBERTO SALAZAR FIGUEROA, quien compra y adquiere para sí, su participación en la sociedad equivalente al 31,5% del capital de la Compañía. El precio de la cesión $14.175.000, declarando el vendedor haberlo recibido a su entera y total conformidad, dando por íntegramente pagado y cancelado el precio. 2) don JUAN DE DIOS SALAZAR SALAZAR, debidamente representado por doña EDILIA DEL ROSARIO FIGUEROA SEPÚLVEDA, vende cede y transfiere, con el expreso consentimiento del resto de sus socios, a don MANUEL EDUARDO SALAZAR FIGUEROA, quien compra y adquiere para sí, su participación en la sociedad equivalente al 31,5% del capital de la Compañía. El precio de la cesión $14.175.000, declarando el vendedor haberlo recibido a su entera y total conformidad, dando por íntegramente pagado y cancelado el precio. 3) don JUAN DE DIOS SALAZAR SALAZAR, debidamente representado por doña EDILIA DEL ROSARIO FIGUEROA SEPÚLVEDA, vende cede y transfiere, con el expreso consentimiento del resto de sus socios, KAREN ELENA DÍAZ SALAZAR, por quien compra y adquiere para sí don MANUEL EDUARDO SALAZAR FIGUEROA, su participación en la sociedad equivalente al 16,5% del capital de la Compañía. El precio de la cesión $7.425.000, declarando el vendedor haberlo recibido a su entera y total conformidad, dando por íntegramente pagado y cancelado el precio. 4) don JUAN DE DIOS SALAZAR SALAZAR, debidamente representado por doña EDILIA DEL ROSARIO FIGUEROA SEPÚLVEDA, vende cede y transfiere, con el expreso consentimiento del resto de sus socios, PABLO ANDRÉS DÍAZ SALAZAR, por quien compra y adquiere para sí don MANUEL EDUARDO SALAZAR FIGUEROA, su participación en la sociedad equivalente al 16,5% del capital de la Compañía. El precio de la cesión $7.425.000, declarando el vendedor haberlo recibido a su entera y total conformidad, dando por íntegramente pagado y cancelado el precio. En consecuencia; únicos socios de la sociedad: Uno) el socio don JUAN ALBERTO SALAZAR FIGUEROA con un 32,5% del capital social; Dos) el socio don MANUEL EDUARDO SALAZAR FIGUEROA con un 32,5% del capital social; Tres) el socio don PABLO ANDRÉS DÍAZ SALAZAR con un 17,5% del capital social; y Cuatro) la socia doña KAREN ELENA DÍAZ SALAZAR con un 17,5% del capital social. Dos) Modificación de los estatutos sociales: Los únicos y actuales socios de la compañía, modifican los estatutos sociales, sustituyendo en su totalidad la cláusula QUINTA, de la siguiente manera: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad es la cantidad de $45.000.000, que los socios han aportado y pagado de la siguiente forma: Uno) Don JUAN ALBERTO SALAZAR FIGUEROA, con la suma de $14.625.000, equivalentes al 32,5% del capital social, ya ingresados a la caja social; Dos) Don MANUEL EDUARDO SALAZAR FIGUEROA, con la suma de $14.625.000, equivalentes al 32,5% del capital social, ya ingresados a la caja social; Tres) Doña KAREN ELENA DÍAZ SALAZAR, con la suma de $7.875.000, equivalentes al 17,5% del capital social, ya ingresados a la caja social; y Cuatro) Don PABLO ANDRÉS DÍAZ SALAZAR, con la suma de $7.875.000, equivalentes al 17,5% del capital social, ya ingresados a la caja social; quedando de esta forma íntegramente pagado y enterado en la caja social la totalidad del capital de la sociedad.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Linares, 28 de septiembre de 2021.