CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD DE IMPORTACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN MIAM SpA

CVE 2018688
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
22 de septiembre de 2021
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
22 de septiembre de 2021
Notario
Francisco Javier Muñoz Flores
Domicilio
y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica

Sociedad

Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
Villarrica, Región de la Araucanía
Duración
Indefinida

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto, por cuenta propia o ajena, en forma independiente o asociada a terceros las siguientes actividades: A) Comercialización, importación, exportación y venta al por Menor de toda clase de textiles, vestuario infantil, tejidos y productos elaborados. B) Comercialización de juguetes, juegos, accesorios infantiles y artículos diversos; C) Compra y venta de todo tipo de prendas de vestir, calzado y accesorios, D) comercialización y distribución por medios electrónicos E) y en general, ejecutar toda clase de actos de comercio, pudiendo comprar, vender, promocionar, importar y exportar toda clase de artículos, bienes o mercancías. La sociedad podrá dedicarse a negocios de similar carácter y que digan relación con su objeto, pudiendo al efecto celebrar todo tipo de actos, contratos y negocios que tiendan a la consecución y cumplimiento de su objeto, más toda otra actividad que los socios de común acuerdo determinen

Administración

La Sociedad será administrada por un administrador (en adelante el “Administrador”). Los Accionistas, vienen en designar como administradores a Marcos Eduardo Abarzúa Fuentealba y a Gloria Alejandra Morales Olate, ambos individualizados en la comparecencia, quienes representarán a la Sociedad separada e indistintamente, con todas las facultades señaladas en el artículo séptimo de los presentes estatutos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Francisco Javier Muñoz Flores, Abogado, Notario Público y Conservador de Minas Titular de la comuna de Villarrica, con oficio en calle Pedro Montt número trescientos cinco, certifica: por escritura pública, hoy ante mí, MARCOS EDUARDO ABARZÚA FUENTEALBA, ingeniero en telecomunicaciones y conectividad y redes, C.N.I Nº16.534.559-2, domiciliado en Ruta S-91, Kilometro 9, camino Villarrica-Loncoche, comuna de Villarrica; y GLORIA ALEJANDRA MORALES OLATE, educadora diferencial, C.N.I Nº17.116.389-7, domiciliada en Ruta S-91, Kilómetro 9, camino Villarrica-Loncoche, comuna de Villarrica; los comparecientes de conformidad a lo dispuesto en el Párrafo Octavo del Título Séptimo del Libro Segundo del Código de Comercio, constituyeron sociedad por acciones que se regirá por disposiciones pertinentes antes señaladas, y en especial por estatutos que se indican a continuación, en adelante los “Estatutos”, y supletoriamente, en silencio de las normas del Párrafo Octavo antes señalado y de los Estatutos, y sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas. Razón Social: “SOCIEDAD DE IMPORTACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN MIAM SpA”. Domicilio. Villarrica, Región de la Araucanía, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Duración. Indefinida. Objeto. La sociedad tendrá por objeto, por cuenta propia o ajena, en forma independiente o asociada a terceros las siguientes actividades: A) Comercialización, importación, exportación y venta al por Menor de toda clase de textiles, vestuario infantil, tejidos y productos elaborados. B) Comercialización de juguetes, juegos, accesorios infantiles y artículos diversos; C) Compra y venta de todo tipo de prendas de vestir, calzado y accesorios, D) comercialización y distribución por medios electrónicos E) y en general, ejecutar toda clase de actos de comercio, pudiendo comprar, vender, promocionar, importar y exportar toda clase de artículos, bienes o mercancías. La sociedad podrá dedicarse a negocios de similar carácter y que digan relación con su objeto, pudiendo al efecto celebrar todo tipo de actos, contratos y negocios que tiendan a la consecución y cumplimiento de su objeto, más toda otra actividad que los socios de común acuerdo determinen. Capital. $2.000.000.- dividido en 200 acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal y de una misma serie. El capital se suscribe y paga en este acto de la siguiente forma: i) El accionista Marcos Eduardo Abarzúa Fuentealba, viene en suscribir y pagar en este acto la cantidad de 100 acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal y de la misma serie, mediante la suma de $1.000.000.- monto enterado en dinero efectivo; ii) y Gloria Alejandra Morales Olate, viene en suscribir y pagar en este acto la cantidad de 100 acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal y de la misma serie, mediante la suma $1.000.000.- monto enterado en dinero efectivo, quedando por tanto total y completamente suscrito y pagado el capital de la sociedad. Administración y Representación. La Sociedad será administrada por un administrador (en adelante el “Administrador”). Los Accionistas, vienen en designar como administradores a Marcos Eduardo Abarzúa Fuentealba y a Gloria Alejandra Morales Olate, ambos individualizados en la comparecencia, quienes representarán a la Sociedad separada e indistintamente, con todas las facultades señaladas en el artículo séptimo de los presentes estatutos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Villarrica, 22 de Septiembre de 2021.