MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE CONSTRUCCION DE PROYECTOS Y DISEÑOS SOLIS NUÑEZ LIMITADA

RUT 77054127-1 CVE 2018221
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
6 de agosto de 2019

Instrumento

Fecha
6 de agosto de 2019
Repertorio
1620-2019
Notario
Ximena Ricci Díaz
Oficio
Primera Notaría y Conservador de Minas de San Antonio

Sociedad

Capital
$2.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Ximena Ricci Díaz, Abogado y Notario Público, Titular Primera Notaría y Conservador de Minas de San Antonio, CERTIFICA: Con fecha 24 Septiembre 2021, MATIAS JAVIER SOLIS ZAMORA; Rut 18.162.911-8 y FRANCISCA DE LA MACARENA NUÑEZ ZAMORA Rut 14.564.859-9 ambos domiciliados en calle Las Dalias sin número de la comuna de Santo Domingo MODIFICARON Y TRANSFORMARON la SOCIEDAD DE CONSTRUCCION DE PROYECTOS Y DISEÑOS SOLIS NUÑEZ LIMITADA, también conocida con el nombre de fantasía NUEVA ALIANZA PROYECTOS DE CONTRUCCION LTDA Rut 77.054.127-1. Constituida por escritura pública 6 agosto 2019 otorgada en esta misma Notaria; Repertorio 1.620-2019 su extracto fue inscrito a fojas 231 número 141 correspondiente al Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Antonio 2019, publicado Diario Oficial número 42.425 con fecha 9 de agosto 2019. Capital sociedad $2.000.000 enterado y pagado. La sociedad en referencia desde la fecha de su constitución no ha tenido ninguna modificación. MODIFACION Se retira de la sociedad la socia FRANCISCA DE LA MACARENA NUÑEZ ZAMORA; vende, cede y transfiere, la totalidad de sus derechos societarios del 50 % a MATIAS JAVIER SOLIS ZAMORA quién los compra y adquiere para sí en la suma de $1.000.000 se paga en efectivo y al contado . Transformación El único socio MATIAS JAVIER SOLIS ZAMORA transforma la sociedad de LIMITADA a un SOCIEDAD POR ACCIONES. Nombre SOCIEDAD DE CONSTRUCCION DE PROYECTOS Y DISEÑOS SOLIS ZAMORA SPA nombre de fantasía CONSTRUCTORA NUEVA ALIANZA SPA se regirá por las disposiciones que se contienen en los presentes estatutos, las disposiciones; del Código Civil y de Comercio y las Ley veinte mil ciento noventa, ley dieciocho mil cuarenta y seis. Domicilio ciudad de San Antonio, Quinta Región, sin perjuicio de las agencias, se acuerden establecer, en el país o en el extranjero. Duración de cinco años a contar de esta fecha, prorrogables tácita y sucesivamente por períodos iguales. Objeto de la sociedad será: realizar por cuenta propia, de terceros, y/o asociada a terceros, las siguientes operaciones: a) Realizar toda clase de proyectos arquitectónico y de construcciones en toda clase de edificios, viviendas, obras civiles, urbanización de terrenos, y licitaciones en bienes raíces b) Realizar todo tipo de proyectos de diseños interiores, de jardines, de aéreas verdes y ornamentación de los mismos. c) Construcción y restauración y fabricación de todo tipo de bienes muebles y mobiliarios en general, que incluye diseños y fabricación de mobiliario de casa, hoteles, residencias, casinos, restaurantes y general abajamientos de bienes inmueble. d) Obtener todo tipo de beneficios y rentas en inversiones de toda clase de bienes raíces, muebles, corporales e incorporales, sociales, derechos o participaciones en otras sociedades o estructuras societarias.- Capital TRES MILLONES DE PESOS, dividido en DIEZ acciones de igual valor, y sin valor nominal, que se suscriben y se pagan en este acto el que se entenderán modificados de pleno derecho cada vez que la Junta General Ordinaria de Accionistas. Administración será administrada por un Gerente General, elegidos por la Junta de Accionistas, y se nombre en artículos transitorios MATIAS JAVIER SOLIS ZAMORA conforme poderes amplios Otras estipulaciones en el pacto social. San Antonio, 24 Septiembre 2021.