MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

MEGALOGÍSTICA SpA

RUT 76042103-0 CVE 2017610
Capital
$78.530 CLP
Fecha instrumento
1 de septiembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
1 de septiembre de 2021
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
43° Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$78.530 CLP

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión y de fondos mutuos, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos. b) La prestación, directamente o a través de sociedades o asociaciones en las que sea socia o accionista, de servicios de gestión de la logística de toda clase de bienes de propiedad de terceros; la realización de labores de planificación, implementación y control de flujos e inventarios; la gestión del almacenamiento de toda clase de bienes de terceros la prestación de servicios de localización, ordenamiento, movilización, y reparto de toda clase de bienes muebles, cargas y mercaderías y la prestación de servicios de transporte de carga en general. (iii)

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público Titular de la 43° Notaria de Santiago, domiciliado en Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 1 de septiembre de 2021, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la junta extraordinaria de accionistas de MEGALOGÍSTICA SpA (la “Sociedad”), celebrada ante mí con la misma fecha, en la cual se acordó, por el único accionista de la Sociedad, Redmegacentro S.A., según consta en Registro de Accionistas tenido a la vista, lo siguiente: A) Dividir la sociedad Megalogística SpA en dos sociedades diversas, siendo Megalogística SpA la continuadora legal para todo los efectos y conservando su razón social y objeto, y denominándose la nueva sociedad “Logísticas SpA”; B) Disminuir el capital de la Sociedad como consecuencia de la división indicada desde la suma de $9.029.346.594 dividido en 10.000 acciones ordinarias, de única serie y sin valor nominal, a la suma de $8.950.816.026, dividido en igual número de acciones, íntegramente suscrito y pagado. La disminución acordada corresponde al capital asignado a la nueva sociedad que nace producto de la división. En consecuencia, se sustituyeron los artículos Quinto permanente y Primero transitorio de los estatutos sociales de la continuadora legal en tal sentido; C) Aprobar los estatutos de la sociedad que nace producto de la división de la Sociedad de los cuales se extracta: (i) Nombre: “Logísticas SpA” (ii) Accionistas: Redmegacentro S.A., rol único tributario número 76.377.075-3. (iii) Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, derechos en sociedades, cuotas de fondos de inversión y de fondos mutuos, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos. b) La prestación, directamente o a través de sociedades o asociaciones en las que sea socia o accionista, de servicios de gestión de la logística de toda clase de bienes de propiedad de terceros; la realización de labores de planificación, implementación y control de flujos e inventarios; la gestión del almacenamiento de toda clase de bienes de terceros la prestación de servicios de localización, ordenamiento, movilización, y reparto de toda clase de bienes muebles, cargas y mercaderías y la prestación de servicios de transporte de carga en general. (iii) Capital: El capital de la sociedad es la suma de $78.530.568 dividido en 10.000 acciones ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal. El capital social se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador de extracto para legalización. Santiago, 24 de septiembre de 2021.