Instrumento
- Fecha
- 22 de septiembre de 2021
- Notario
- GONZALO ANDRÉS LÓPEZ RÍOS
- Oficio
- Notario Titular de la Cuarta Notaría de Coquimbo
- Comuna
- Coquimbo
Sociedad
- Domicilio
- ciudad de La Serena
- Duración
- Indefinida
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGONZALO ANDRÉS LÓPEZ RÍOS, Abogado, Notario Público Suplente del Notario Titular de la Cuarta Notaría de Coquimbo, don REINALDO HERNÁN VILLALOBOS PELLEGRINI, con domicilio en Ruta D guion Cuarenta y Tres, número novecientos uno, oficina ciento uno, Edificio Empresarial, Coquimbo, certifico: Por escritura pública de fecha catorce de septiembre de dos mil veintiuno, repertorio número dos mil cuatrocientos treinta y cinco guion dos mil veintiuno, comparecieron: doña ANA MARÍA ALBERTINI PARRA, chilena, divorciada, empresaria, cédula de identidad número siete millones ochocientos siete mil ciento noventa y cuatro guion k, domiciliada en parcela veintiuno, Lote A tres, San Ramón, La Serena; don GORAN GIOVANNI BAKULIC ALBERTINI, chileno, ingeniero, soltero, cédula de identidad número dieciocho millones trescientos ochenta y cuatro mil trescientos cuatro guion cuatro, domiciliado en Avenida Costanera número mil trescientos ochenta y cinco, La Herradura, Coquimbo; y don NICOLÁS YANKO BAKULIC ALBERTINI, chileno, ingeniero, casado y separado totalmente de bienes, cédula de identidad número diecisiete millones setecientos veintitrés mil cuatro guion nueve, domiciliado en Avenida Costanera número mil trescientos ochenta y cinco, La Herradura, Coquimbo. Quienes constituyeron una sociedad por acciones. razón social: “INVERSIONES AGRÍCOLAS LA PARCELA SpA”. La sociedad tiene los siguientes objetos específicos: la adquisición, tenencia, arrendamiento y enajenación de bienes raíces, muebles, valores mobiliarios, participaciones sociales y cualesquiera otros bienes y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles. Domicilio: ciudad de La Serena, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda abrir o establecer en otras ciudades del país o en el extranjero. Capital: El Capital de la sociedad es de SEISCIENTOS MILLONES DE PESOS, dividido en CIEN acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, el que se suscribe y paga por los socios constituyentes de la siguiente forma: don GORAN GIOVANNI BAKULIC ALBERTINI quien suscribe en este acto dos acciones, por un total de doce millones de pesos, a razón de seis millones por cada acción, las que paga y pagará de la siguiente manera: con la cantidad de seis millones de pesos en este acto en dinero efectivo que se enteran en la caja social y con la cantidad de seis millones de pesos que se pagarán en el plazo de un año; don NICOLÁS YANKO BAKULIC ALBERTINI quien suscribe en este acto dos acciones, por un total de doce millones de pesos, a razón de seis millones por cada acción, las que paga y pagará de la siguiente manera: con la cantidad de seis millones de pesos en este acto en dinero efectivo que se enteran en la caja social y con la cantidad de seis millones de pesos que se pagarán en el plazo de un año; y doña ANA MARÍA ALBERTINI PARRA quien suscribe y paga en este acto noventa y seis acciones, por un total de quinientos setenta y seis millones de pesos, a razón de seis millones de pesos por cada acción, dando en pago la propiedad plena de los siguientes bienes: UNO) En el valor de cien millones de pesos, el inmueble consistente en: LOTE A UNO, resultante de la subdivisión del Lote A y este a su vez resultante de la fusión de los Lotes Diecinueve, Lote Veinte, Lote Veintiuno y Lote Veintidós, resultantes de la subdivisión de la Parcela número Veintiuno de la Colonia San Ramón; DOS) En el valor de trescientos setenta y seis millones de pesos, el inmueble consistente en: LOTE A TRES, resultante de la subdivisión del Lote A y este a su vez resultante de la fusión de los Lotes Diecinueve, Lote Veinte, Lote Veintiuno y Lote Veintidós, resultantes de la subdivisión de la Parcela número Veintiuno de la Colonia San Ramón; Y TRES) En el valor de cien millones de pesos el inmueble consistente en: LOTE A CUATRO, resultante de la subdivisión del Lote A y este a su vez resultante de la fusión de los Lotes Diecinueve, Lote Veinte, Lote Veintiuno y Lote Veintidós, resultantes de la subdivisión de la Parcela número Veintiuno de la Colonia San Ramón. Duración: indefinida. Demás estipulaciones escritura extractada. Coquimbo, a 22 de septiembre de 2021.