Empresa Eléctrica Raulí SpA
Instrumento
- Fecha
- 16 de septiembre de 2021
- Repertorio
- 17797-2021
- Notario
- VERONICA TORREALBA COSTABAL
- Oficio
- 33° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Empresa Eléctrica Amanecer SpA | socio | 77089329-1 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente de la 33° Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos N°979, oficina 501, de la comuna de Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 16 de septiembre de 2021, repertorio N° 17.797-2021, ante mí, Empresa Eléctrica Amanecer SpA, Rol Único Tributario N° 77.089.329-1, domiciliado para estos efectos en Avenida Vitacura N° 2939, piso 12, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en su calidad de único accionista, rectificó (i) escritura de constitución de la sociedad Empresa Eléctrica Raulí SpA (la “Sociedad”) de fecha 18 de febrero de 2020, bajo repertorio número 2564-2020, otorgada en la Notaría de Santiago de doña María Patricia Donoso Gomien (“Escritura de Constitución”), y (ii) extracto de constitución de la Sociedad inscrito a fojas 19.274 número 9.637 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2020 y publicado en el Diario Oficial con fecha 27 de febrero del mismo año (“Extracto de Constitución”), en el siguiente sentido: /UNO/ ERRORES INCURRIDOS EN LA ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN. (a) En el Artículo Noveno, donde dice: “La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente al accionista PEDRO JAVIER MATTHEI SALVO”, debe decir: “La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a don PEDRO JAVIER MATTHEI SALVO”; (b) En todos los artículos de la Escritura de Constitución que contengan la referencia efectuada al “directorio”, debe reemplazarse por el término “Administrador”; y (c) En el Artículo Primero Transitorio, donde dice “El capital social ascendente a la suma de un millón de pesos, dividido en un millón de acciones nominativas, iguales y sin valor nominal, es suscrito en este acto por Pedro Javier Matthei Salvo”, debe decir “El capital social ascendente a la suma de un millón de pesos, dividido en un millón de acciones nominativas, iguales y sin valor nominal, es suscrito en este acto por EMPRESA ELÉCTRICA AMANECER SpA”; y /DOS/ ERRORES INCURRIDOS EN EL EXTRACTO DE CONSTITUCIÓN. (a) Donde señala “Por escritura pública suscrita ante mí con fecha dieciocho de febrero de dos mil veinte”, debe decir “Por escritura pública suscrita ante mí con fecha dieciocho de febrero de dos mil veinte, bajo el repertorio número dos mil quinientos sesenta y cuatro guion dos mil veinte”; (b) Donde señala “NOMBRE Y RAZÓN SOCIAL: “EMPRESA ELÉCTRICA RAULÍ SpA” pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso ante los bancos, la abreviación “Raulí””, debe decir “NOMBRE Y RAZÓN SOCIAL: “EMPRESA ELÉCTRICA RAULÍ SpA” pudiendo usar para fines publicitarios, de propagandas, bancarios y comerciales, la sigla o nombre de fantasía “Raulí””; y (c) Donde señala “CAPITAL: Será de un millón de pesos divididos en un millón de acciones nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una, de una misma y única serie, íntegramente suscrito y pagado”, debe decir “CAPITAL: Será de un millón de pesos, dividido en un millón de acciones nominativas, iguales y sin valor nominal, íntegramente suscrito y que se pagará en un plazo de hasta tres años a contar de la fecha de constitución de la Sociedad, en la medida que las necesidades de la Sociedad así lo requieran”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 22 de septiembre de 2021.