COMPAÑIA DE MANTENCIONES CIVILES INDUSTRIALES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de septiembre de 2021
- Repertorio
- 1183-2021
- Notario
- FRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRIGUEZ
- Oficio
- Segunda Notaría de Viña del Mar
- Comuna
- Viña del Mar
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley Nº19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRIGUEZ, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Viña del Mar, Arlegui N° 333, oficina 111, Comuna de Viña del Mar, CERTIFICA: Por Escritura Pública otorgada 23 de septiembre de 2021, ante mí, don JUAN PABLO y don JOSE IGNACIO ambos HERMOSILLA VARAS, cédulas de identidad número 12.221.371-4 y 10.351.233-6, respectivamente, ambos domiciliados para estos efectos en Camino Internacional 12.230, comuna de Concón, en su calidad de únicos socios de COMPAÑIA DE MANTENCIONES CIVILES INDUSTRIALES LIMITADA, rol único tributario N° 88.589.600-6. vinieron en otorgar en conformidad lo faculta la Ley Nº19.499 escritura de Saneamiento y rectificación de escritura pública de Modificación y División de la antes mencionada sociedad, otorgada en esta misma notaría el 23 de marzo de 2021, anotada bajo Repertorio nº 1183-2021, en el siguiente sentido: En la cláusula Segunda donde dice “ El capital de la nueva sociedad será la suma de setecientos sesenta y cinco millones seiscientos ochenta y nueve mil ochenta y tres pesos, que se enterará mediante el aporte en dominio de un activo de la sociedad dividida por igual monto, deducidos los pasivos a asumir por la nueva sociedad, debiendo entenderse que en tal capital participan los actuales socios en el mismo porcentaje que tienen en la sociedad dividida.”, debiendo haber dicho que “El PATRIMONIO de la nueva sociedad será la suma de setecientos sesenta y cinco millones seiscientos ochenta y nueve mil ochenta y tres pesos, que se enterará mediante el aporte en dominio de un activo de la sociedad dividida por igual monto, deducidos los pasivos a asumir por la nueva sociedad, debiendo entenderse que en tal Patrimonio Social participan los actuales socios en el mismo porcentaje que tienen en la sociedad dividida.”, y en la cláusula Sexta, donde dice “El capital de la nueva sociedad será la suma de setecientos sesenta y cinco millones seiscientos ochenta y nueve mil ochenta y tres pesos, que los socios enteran en las siguientes proporciones: JUAN PABLO HERMOSILLA VARAS, seiscientos ochenta y nueve millones ciento veinte mil ciento setenta y cinco pesos, que representan el noventa por ciento del capital. JOSE IGNACIO HERMOSILLA VARAS, setenta y seis millones quinientos sesenta y ocho mil novecientos ocho pesos, que representan el diez por ciento del capital. Dicho capital corresponde al saldo resultante de restar al activo traspasado a la sociedad en virtud de la división el pasivo no corriente igualmente traspasado y debe tenerse aportado y enterado en este acto a plena satisfacción de los comparecientes. En razón de lo anterior, se traspasarán las cuentas de capital contable de la sociedad dividida a la nueva sociedad de la siguiente forma: cuenta correspondiente a “capital pagado” se traspasa la suma de un millón setecientos setenta y dos mil pesos; cuenta “revalorización de capital” se traspasa la suma de ciento treinta y un millones quinientos treinta y nueve mil doscientos treinta y nueve pesos; cuenta “utilidades retenidas” se traspasa la cantidad de dieciocho millones trescientos veintiséis mil seiscientos setenta y ocho pesos; cuenta “retasación técnica terreno” se traspasa la suma de quinientos noventa y ocho millones doscientos cuarenta y tres mil trescientos cincuenta y ocho pesos y de la cuenta “resultado ejercicio” se traspasa la suma de quince millones ochocientos siete mil ochocientos ocho pesos, todo lo anterior de conformidad al balance general de fecha treinta y uno de agosto de dos mil veinte.”, debiendo haber señalado que: “ARTÍCULO QUINTO: “El capital de la nueva sociedad será la suma de un millón setecientos setenta y dos mil pesos; que los socios enteran en proporción de noventa por ciento don Juan Pablo Hermosilla Varas y diez por ciento don José Ignacio Hermosilla Varas, esto es, la suma de un millón quinientos noventa y cuatro mil ochocientos pesos don Juan Pablo Hermosilla Varas y ciento setenta y siete mil doscientos pesos don José Ignacio Hermosilla Varas. Por su parte, el Patrimonio de la sociedad corresponde a setecientos sesenta y cinco millones seiscientos ochenta y nueve mil ochenta y tres pesos, que los socios JUAN PABLO HERMOSILLA VARAS y JOSE IGNACIO HERMOSILLA VARAS han aportado en la misma proporción que en el Capital. El Patrimonio corresponde al saldo resultante de restar al activo traspasado a la sociedad en virtud de la división el pasivo no corriente igualmente traspasado y debe entenderse aportado y enterado en este acto a plena satisfacción de los comparecientes. Producto de la división de CMC en la forma indicada, se ha transferido una porción de su patrimonio a la sociedad naciente que es equivalente al noventa y dos coma setenta y un por ciento del mismo. En razón de lo anterior, se han transferido las cuentas de capital contable de la sociedad dividida a la nueva sociedad de la siguiente forma: cuenta correspondiente a “capital pagado” se traspasa la suma de un millón setecientos setenta y dos mil pesos; cuenta “revalorización de capital” se traspasa la suma de ciento treinta y un millones quinientos treinta y nueve mil doscientos treinta y nueve pesos; cuenta “utilidades retenidas” se traspasa la cantidad de dieciocho millones trescientos veintiséis mil seiscientos setenta y ocho pesos; cuenta “retasación técnica terreno” se traspasa la suma de quinientos noventa y ocho millones doscientos cuarenta y tres mil trescientos cincuenta y ocho pesos y de la cuenta “resultado ejercicio” se traspasa la suma de quince millones ochocientos siete mil ochocientos ocho pesos, todo lo anterior de conformidad al balance general de fecha quince de marzo de 2021.”.- Viña del Mar, a 23 de septiembre de 2021.