Instrumento
- Fecha
- 15 de septiembre de 2021
- Notario
- JORGE ELIAS TADRES HALES
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Domicilio
- Temuco
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será la construcción, instalación, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, fuentes de soda, salones de té, cafetería, pubs, casinos, clubes sociales, bar y centros de eventos, o cualquiera clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; la comercialización, producción, distribución, transporte, venta, elaboración, y expendio al por menor y mayor de alimentos en general, productos comestibles y alimenticios de toda clase, bebidas alcohólicas y analcohólicas, de consumo en el mismo local, para llevar, y para despacho o delivery, y de maquinarias, utensilios, y bienes muebles relacionados con el rubro de las comidas, alimentos y bebidas; la organización de banquetes y producción de eventos en general, en que se consuman comestibles, bebidas alcohólicas y analcohólicas y productos alimenticios en general, en locales propios o ajenos; la prestación de servicios de catering, delivery, alimenticios, gastronómicos, en todo tipo de lugares, y en medio de transportes marítimos, terrestres y aéreos, sean públicos o privados; todo lo anterior, por cuenta propia, ajena o de terceros, realizando todos los actos que sean necesarios, en la actualidad o en el futuro para cumplimiento al giro social; podrá, también, tomar representaciones de todas las marcas relacionadas con el rubro; y todo lo relacionado en el presente o futuro con los objetos anteriores
Administración
La administración y representación de la sociedad le corresponderá a don NICOLÁS FRANCO FIGUEROA TORRES y a doña RUTH MAGDALENA PALMA ÁLVAREZ, quienes actuando en forma conjunta o separada, indistintamente, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones de cualquier naturaleza, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, facultades en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, con oficio en esta ciudad calle A. Varas Nº 976, certifico: por escritura fecha 15 de Septiembre de 2021, ante mí, don NICOLÁS FRANCO FIGUEROA TORRES, quien declara ser chileno, ingeniero en administración, soltero, cédula nacional de identidad número dieciocho millones ciento noventa y siete mil seiscientos cincuenta y siete guión ocho, domiciliado en calle La Heras número quinientos cuarenta y nueve, de la comuna y ciudad de Temuco, y doña RUTH MAGDALENA PALMA ÁLVAREZ, quien declara ser chilena, empresaria, casada y separada totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número quince millones doscientos cincuenta y siete mil quinientos sesenta guión dos, domiciliada en calle Antonio Varas número seiscientos ochenta y siete, oficina mil doscientos uno, de la comuna y ciudad de Temuco, constituyeron sociedad por acciones.- NOMBRE SOCIAL: CALAFATE DEL SUR SpA. OBJETO: El objeto de la sociedad será la construcción, instalación, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, fuentes de soda, salones de té, cafetería, pubs, casinos, clubes sociales, bar y centros de eventos, o cualquiera clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; la comercialización, producción, distribución, transporte, venta, elaboración, y expendio al por menor y mayor de alimentos en general, productos comestibles y alimenticios de toda clase, bebidas alcohólicas y analcohólicas, de consumo en el mismo local, para llevar, y para despacho o delivery, y de maquinarias, utensilios, y bienes muebles relacionados con el rubro de las comidas, alimentos y bebidas; la organización de banquetes y producción de eventos en general, en que se consuman comestibles, bebidas alcohólicas y analcohólicas y productos alimenticios en general, en locales propios o ajenos; la prestación de servicios de catering, delivery, alimenticios, gastronómicos, en todo tipo de lugares, y en medio de transportes marítimos, terrestres y aéreos, sean públicos o privados; todo lo anterior, por cuenta propia, ajena o de terceros, realizando todos los actos que sean necesarios, en la actualidad o en el futuro para cumplimiento al giro social; podrá, también, tomar representaciones de todas las marcas relacionadas con el rubro; y todo lo relacionado en el presente o futuro con los objetos anteriores. DOMICILIO: Temuco, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país y en el extranjero. DURACION: Indefinida a contar de la fecha escritura. ADMINISTRACION: La administración y representación de la sociedad le corresponderá a don NICOLÁS FRANCO FIGUEROA TORRES y a doña RUTH MAGDALENA PALMA ÁLVAREZ, quienes actuando en forma conjunta o separada, indistintamente, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones de cualquier naturaleza, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social, facultades en escritura extractada. CAPITAL: El capital social asciende a la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS y se encuentra dividido en cinco mil acciones, todas nominativas, de una única serie y sin valor nominal. El accionista NICOLÁS FRANCO FIGUEROA TORRES suscribe y paga en acto escritura dos mil quinientas acciones lo que equivale al cincuenta por ciento del capital social, enterándose con ello la suma de cinco millones de pesos en acto escritura en las arcas sociales, en dinero efectivo, a entera satisfacción de la sociedad. La accionista doña RUTH MAGDALENA PALMA ÁLVAREZ suscribe y paga en acto escritura dos mil quinientas acciones lo que equivale al cincuenta por ciento del capital social, enterándose con ello la suma de cinco millones de pesos en acto escritura en las arcas sociales, en dinero efectivo, a entera satisfacción de la sociedad. En consecuencia, por este acto quedan suscritas, pagadas y enteradas las cinco mil acciones representativas del cien por ciento del capital social.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Temuco, 24 de Septiembre de 2021.-