CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Agrícola e Inmobiliaria Carrillo y Macaya de Colchagua Limitada

CVE 2017548
Capital
$40.000.000 CLP
Fecha instrumento
20 de septiembre de 2021
Notaría
Santa
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
20 de septiembre de 2021
Notario
JORGE CARVALLO VELASCO
Oficio
Segunda Notaría Santa Cruz
Comuna
Santa

Sociedad

Capital
$40.000.000 CLP
Domicilio
Santa Cruz
Duración
23 años a contar de ésta fecha, que se entenderán prorrogados en forma automática por períodos iguales, sucesivos y continuos de 5 años, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término a la sociedad por escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con una anticipación mínima de 12 meses antes del vencimiento o término del respectivo período

Objeto social

Será toda actividad comercial y económica en cualquiera de sus formas y a modo de ejemplo y sin que la enunciación sea taxativa se comprenden dentro de este la explotación agrícola, frutícola y forestal de predios rústicos, sean propios o ajenos y de aquellos que la sociedad haya recibido en usufructo, comodato u otra modalidad; la comercialización, importación y exportación de productos de cualquier naturaleza. La compra, venta, de bienes raíces; el arrendamiento de bienes raíces sea que la sociedad actúe como arrendadora o como arrendataria, y sea que se trate de bienes propios de la sociedad o bienes raíces ajenos y que haya recibido a cualquier título como por ejemplo en usufructo, comodato o préstamo; la compra de bienes muebles tales como vehículos, maquinaria, etcétera. También la sociedad podrá desarrollar el giro de construcción; el de la explotación turística y dentro de esta área podrá trabajar en el rubro de los hoteles, hostales, cabañas, centros deportivos y realizar cualquier otra actividad que acuerden los socios y que esté directa o indirectamente relacionada con las anteriores

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE CARVALLO VELASCO, Notario Público, Titular de la Segunda Notaría Santa Cruz, con oficio en calle Claudio Cancino 60, Pasaje Marcel, certifico: Por escritura pública, ante mí, VISITACIÓN MARÍA CARRILLO SALAZAR, domiciliada en José Castro Patiño 48, comuna de Santa Cruz; JUAN PABLO MACAYA CARRILLO, domiciliado en Parcela 10 Colchagua, comuna de Palmilla, de paso en ésta; ANA BELEN MACAYA CARRILLO, domiciliada en Parcela 10 Colchagua, comuna de Palmilla, de paso en ésta, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada a monto respectivos aportes. Razón social: “Agrícola e Inmobiliaria Carrillo y Macaya de Colchagua Limitada”, pudiendo funcionar nombre fantasía: “Carrillo y Macaya Ltda”.- Administración, representación, uso, razón social: corresponderá socia Visitación María Carrillo Salazar, con amplias facultades.- Capital: $40.000.000.- aportados y enterados siguiente manera: a) socia Visitación Maria Carrillo Salazar aporta $8.000.000, equivalentes al 20% capital social, que entera y paga entregando en usufructo los bienes raíces y derechos de agua indicados en cláusula cuarta letra A) de la escritura de constitución extractada, lo que fue aceptado por los socios; b) socio Juan Pablo Macaya Carrillo aporta $16.000.000.-, equivalentes al 40% capital social, que entera y paga con $1.000.000.- en este acto, y el saldo enterará a medida que las necesidades sociales lo requieran; c) Ana Belén Macaya Carrillo, $16.000.000.-, equivalentes al 40% capital social, que entera y paga con $1.000.000.- en este acto, el saldo que enterará a medida que las necesidades sociales lo requiera.- Objeto: Será toda actividad comercial y económica en cualquiera de sus formas y a modo de ejemplo y sin que la enunciación sea taxativa se comprenden dentro de este la explotación agrícola, frutícola y forestal de predios rústicos, sean propios o ajenos y de aquellos que la sociedad haya recibido en usufructo, comodato u otra modalidad; la comercialización, importación y exportación de productos de cualquier naturaleza. La compra, venta, de bienes raíces; el arrendamiento de bienes raíces sea que la sociedad actúe como arrendadora o como arrendataria, y sea que se trate de bienes propios de la sociedad o bienes raíces ajenos y que haya recibido a cualquier título como por ejemplo en usufructo, comodato o préstamo; la compra de bienes muebles tales como vehículos, maquinaria, etcétera. También la sociedad podrá desarrollar el giro de construcción; el de la explotación turística y dentro de esta área podrá trabajar en el rubro de los hoteles, hostales, cabañas, centros deportivos y realizar cualquier otra actividad que acuerden los socios y que esté directa o indirectamente relacionada con las anteriores.- Duración: 23 años a contar de ésta fecha, que se entenderán prorrogados en forma automática por períodos iguales, sucesivos y continuos de 5 años, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de ponerle término a la sociedad por escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con una anticipación mínima de 12 meses antes del vencimiento o término del respectivo período.- Domicilio: Santa Cruz, sin perjuicio agencias o sucursales que establezcan en otras ciudades del país o del extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santa Cruz, 20 septiembre de 2021.