ESTAFETA CARGO EXPRESS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 20 de septiembre de 2021
- Repertorio
- 15188-2021
- Notario
- EDUARDO DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Santiago; Región Metropolitana
- Duración
- Cinco años a contar de la fecha de la presente escritura, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por períodos de cinco años, salvo socios manifiesten voluntad en contrario
Objeto social
Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) El objeto de la sociedad será la atención del transporte nacional e internacional a terceros, por vía aérea o terrestre, de correspondencia y de todo tipo de mercadería y objetos, dentro y fuera del país, y en general toda actividad o negocio relacionado directa e indirectamente con lo anterior. Para el cumplimiento de los objetivos señalados en la letra anterior, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y)o asociada o en coparticipación con terceros.- b) La compraventa y arrendamiento de bienes muebles e inmuebles; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualesquiera que sea su naturaleza; c) la compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, producción y distribución de todo tipo de bienes y)o servicios, nacionales o extranjeros; al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y)o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y)o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, softwares, programas de computación, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; d) efectuar y utilizar toda clase de inversiones y)o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, su explotación, comercialización y)o administración; e) el ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y)o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; f) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal, y g) en general, celebrar toda clase de actos que se relacionen directa e indirectamente con el cumplimiento del objeto social y que, siendo lícitos, él o los accionistas determinen ejecutar
Administración
La administración de la Sociedad y el uso de su razón social será realizada de forma conjunta por ambos socios, quienes la ejercerán por sí o por intermedio de apoderados o delegados designados especialmente al efecto por medio de escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de la 34° Notaría de Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda N° 359, Providencia, Certifico: Por Escritura Pública, de fecha 20 de septiembre de 2021, Repertorio N° 15.188-2021, ante mí: don FEDERICO ADOLFO FADANELLI SALAME, chileno, divorciado, factor de comercio, RUT N° 16.958.635-7; don NICOLAS ALBERTO FADANELLI SALAME, chileno, casado y separado totalmente de bienes, factor de comercio, RUT N° 16.958.636-5 y don MASSIMILIANO STEFANO FADANELLI SALAME, chileno, quien declara ser soltero, factor de comercio, RUT N° 17.703.646-3, todos con domicilio para estos efectos en calle Aviador Acevedo N° 2077, comuna de Conchalí, Región Metropolitana; los comparecientes acuerdan constituir una sociedad de responsabilidad limitada, con el nombre o razón social de “ESTAFETA CARGO EXPRESS LIMITADA”, pudiendo funcionar, incluso ante los Bancos, como “ESTAFETA CARGO EXPRESS LIMITADA”. Domicilio: Santiago; Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias o sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. Duración: Cinco años a contar de la fecha de la presente escritura, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por períodos de cinco años, salvo socios manifiesten voluntad en contrario. Objeto: Desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: a) El objeto de la sociedad será la atención del transporte nacional e internacional a terceros, por vía aérea o terrestre, de correspondencia y de todo tipo de mercadería y objetos, dentro y fuera del país, y en general toda actividad o negocio relacionado directa e indirectamente con lo anterior. Para el cumplimiento de los objetivos señalados en la letra anterior, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros.- b) La compraventa y arrendamiento de bienes muebles e inmuebles; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualesquiera que sea su naturaleza; c) la compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, producción y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros; al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y/o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y/o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, softwares, programas de computación, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; d) efectuar y utilizar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; e) el ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; f) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal, y g) en general, celebrar toda clase de actos que se relacionen directa e indirectamente con el cumplimiento del objeto social y que, siendo lícitos, él o los accionistas determinen ejecutar. Capital: Treinta millones de pesos, que los socios aportan en las proporciones y de la forma siguiente: A) don FEDERICO ADOLFO FADANELLI SALAME, se obliga a enterar el equivalente a un tercio del capital social, mediante el aporte de diez millones de pesos, que se encuentra ya enterado y pagado en la caja social a la fecha de la firma de la presente escritura; B) don NICOLAS ALBERTO FADANELLI SALAME, se obliga a enterar el equivalente a un tercio del capital social, mediante el aporte de diez millones de pesos, que se encuentra ya enterado y pagado en la caja social a la fecha de la firma de la presente escritura y C) don MASSIMILIANO STEFANO FADANELLI SALAME, se obliga a enterar el equivalente a un tercio del capital social, mediante el aporte de diez millones de pesos, que se encuentra ya enterado y pagado en la caja social a la fecha de la firma de la presente escritura. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Administración: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social será realizada de forma conjunta por ambos socios, quienes la ejercerán por sí o por intermedio de apoderados o delegados designados especialmente al efecto por medio de escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 23 de septiembre de 2021.Eduardo Diez Morello.- Notario Público.