CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Comercial EBRU SpA

CVE 2016279
Fecha instrumento
21 de septiembre de 2021
Notaría
Viña del Mar
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
21 de septiembre de 2021
Notario
FRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRIGUEZ
Oficio
Segunda Notaría de Viña del Mar
Comuna
Viña del Mar

Sociedad

Domicilio
La comuna de Concón
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la Sociedad será el ejercicio de la actividad comercial en sentido amplio, especialmente la elaboración, importación, exportación y comercialización por cuenta propia o ajena de joyas y artículos similares, incluyendo las materias primas con que éstas se elaboren, la prestación de servicios de asesoría y capacitación para su elaboración y diseño, la creación de líneas de diseño, así como la administración y explotación por cuenta propia o ajena de joyerías, boutiques, bazares, cafeterías y otros comercios similares. El giro incluirá, en general, cualquier otro negocio lícito afín que la Junta de Accionistas determine

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRIGUEZ, Notario Público de la Segunda Notaría de Viña del Mar, Arlegui Nº 333 Local 111, Certifica que por escritura de fecha 21 de septiembre de 2021, ante mí, doña Silvia Montserrat Bruna Páez, domiciliada en Bernardo O’Higgins número mil doscientos sesenta, departamento trescientos cuatro, edificio Novapark, Reñaca, Viña del Mar, y doña Vanessa Andrea Delpino Escobar, domiciliada en Blanca Estela número mil trescientos cincuenta y cinco, casa setenta y nueve, Concón, constituyeron una Sociedad por Acciones en la forma que sigue. Nombre de la sociedad: El nombre de la Sociedad será “Comercial EBRU SpA”, pudiendo actuar también con el nombre de fantasía “MOBJETO SpA”. Domicilio: La comuna de Concón. Duración: Indefinida. Accionistas: Concurren como únicas accionistas en la constitución doña Silvia Montserrat Bruna Páez y doña Vanessa Andrea Delpino Escobar. Objeto: El objeto de la Sociedad será el ejercicio de la actividad comercial en sentido amplio, especialmente la elaboración, importación, exportación y comercialización por cuenta propia o ajena de joyas y artículos similares, incluyendo las materias primas con que éstas se elaboren, la prestación de servicios de asesoría y capacitación para su elaboración y diseño, la creación de líneas de diseño, así como la administración y explotación por cuenta propia o ajena de joyerías, boutiques, bazares, cafeterías y otros comercios similares. El giro incluirá, en general, cualquier otro negocio lícito afín que la Junta de Accionistas determine. Capital: El capital de la Sociedad será la suma de cuatro millones de pesos, totalmente suscrita, y estará dividido y representado en ocho acciones nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal. El capital deberá pagarse y enterarse dentro del plazo de dos años desde la fecha de la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Viña del Mar, 24 de septiembre de 2021.