CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

BBEEP INSURANCE CORREDORA DE SEGUROS LIMITADA

CVE 2016746
Capital
$10.000.000 CLP
Notaría
Antofagasta
Duración
Definida

Instrumento

Comuna
Antofagasta

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP
Domicilio
Antofagasta
Duración
5 años contados esta fecha, prorrogables tácita y automáticamente períodos iguales, a menos que cualquiera socia manifestare voluntad ponerle término a su vencimiento o a cualquiera prórrogas posteriores, mediante declaración efectuada anticipación mínima 3 meses a fecha fijada para su término mediante escritura pública de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la intermediación de seguros, bajo las formas de agentes o comisionistas y otros de seguros generales, seguros de vida, seguros automotriz y cualquier otro existente actual o a futuro, sea de bienes muebles o inmuebles, así como la explotación de establecimientos comerciales e industriales relacionados o conectados con los referidos rubros; asumir la representación, administración y la condición de agente o comisionistas o consignatario de empresas del mismo giro, comprar, vender, dar y tomar en arrendamiento bienes raíces y muebles, establecimientos comerciales e industriales, igualmente podrá tomar interés o participación en sociedades o empresas que tengan un giro análogo relacionado con el suyo, sea bajo la forma de comunidades, asociaciones y sociedades, incluso de hecho o en cuentas o participación, pudiendo modificar, transformar, fusionar, dividir, absorber, disolver y liquidar dichas sociedades o asociaciones. En general, la firma podrá desarrollar todas las actividades licitas que los socios acuerden, aun las ajenas a los fines que ya han sido expresados, sin limitación alguna

Administración

Representación y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a la socia MABEL SANDRA DIAZ CELIS

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Certifico que, ante mí, Juan Treuer Moya, Notario Titular 4° Notaria de Antofagasta, Latorre 2441, MANUEL DELIFIO CASTILLO MUNIZAGA, domiciliado en Av.Argentina N° 1340 departamento 904 B; CAROLINA DEL PILAR NOGALES GUTIERREZ, domiciliada en Av. Maximiliano Poblete N°14655, casa 52; MABEL SANDRA DIAZ CELIS, domiciliada en Pasaje Pablo Schmidt N°01480, Coviefi; y MIGUEL ARMANDO ACUÑA MALDONADO, domiciliado en calle Copiapó N°1064, depto. 44, todos de Antofagasta; Constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada, siguientes términos: Objeto: La sociedad tendrá por objeto la intermediación de seguros, bajo las formas de agentes o comisionistas y otros de seguros generales, seguros de vida, seguros automotriz y cualquier otro existente actual o a futuro, sea de bienes muebles o inmuebles, así como la explotación de establecimientos comerciales e industriales relacionados o conectados con los referidos rubros; asumir la representación, administración y la condición de agente o comisionistas o consignatario de empresas del mismo giro, comprar, vender, dar y tomar en arrendamiento bienes raíces y muebles, establecimientos comerciales e industriales, igualmente podrá tomar interés o participación en sociedades o empresas que tengan un giro análogo relacionado con el suyo, sea bajo la forma de comunidades, asociaciones y sociedades, incluso de hecho o en cuentas o participación, pudiendo modificar, transformar, fusionar, dividir, absorber, disolver y liquidar dichas sociedades o asociaciones. En general, la firma podrá desarrollar todas las actividades licitas que los socios acuerden, aun las ajenas a los fines que ya han sido expresados, sin limitación alguna. Razón social: “BBEEP INSURANCE CORREDORA DE SEGUROS LIMITADA”, pudiendo actuar con el nombre de fantasía incluso ante los Bancos de BBEEP INSURANCE LTDA”. Domicilio: Antofagasta, sin perjuicio, sucursales otros lugares, país o extranjero. Administración: Representación y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a la socia MABEL SANDRA DIAZ CELIS. Capital: $10.000.000.- aportando cada socio $2.500.000.- en este acto y dinero efectivo con lo cual capital social ha quedado enteramente cancelado. Queda limitada responsabilidad socias monto exacto respectivo aportes. Plazo: 5 años contados esta fecha, prorrogables tácita y automáticamente períodos iguales, a menos que cualquiera socia manifestare voluntad ponerle término a su vencimiento o a cualquiera prórrogas posteriores, mediante declaración efectuada anticipación mínima 3 meses a fecha fijada para su término mediante escritura pública de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Antofagasta, 24 de Septiembre del 2021.