INVERSIONES RSG LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de julio de 2012
- Repertorio
- 5215-2012
- Notario
- LUIS ENRIQUE ESPINOZA GARRIDO
- Domicilio
- Pucón
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley 18.046
Objeto social
El objeto de la sociedad será realizar por cuenta propia, de terceros y)o asociada a terceros, en cualquier punto del país y)o el extranjero las siguientes actividades: a) La compra, venta, distribución, almacenamiento, depósitos, importación, exportación, arrendamiento, intermediación y)o reparación de toda clase de repuestos y productos comerciables en general; b) La adquisición, enajenación, inversión, compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento de bienes raíces o derechos sobre ellos, su administración y explotación, subdivisión, lotes y)o urbanización, por cuenta propia o ajena, de predios urbanos o rústicos; c) La realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones, bonos, deventures; sean propios o de terceros, por cuenta propia o ajena; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos: d) La realización de asesorías, consultorios estudios en materias de ingeniería, prevención de riesgos u otras, para la industria, minería, y comercio en general; e) La construcción, diseño, edificación, montaje, explotación y desarrollo de todo tipo de obras y proyectos de ingeniería; f) En general, cualquier otro negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo expresado; y cualquier otro que acordaren los
Administración
La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don RICARDO MOISÉS SILVA GARCIA, quien actuando por la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social, la obligará en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario y extraordinario
Referencias (1)
- do publicacion DO N° 40326 del 1 de agosto de 2012
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS ENRIQUE ESPINOZA GARRIDO, Abogado, Notario Público Titular de Pucón, Oficio en esta ciudad, calle General Urrutia Nº283, Oficina 26, Pucón: Certifica: Por escritura Publica hoy, ante mi, don Ricardo Moises Silva Garcia, doña Sandra Verónica Riesco Gallegos, doña Carolina Silva Riesco, y doña Camila Silva Riesco, doña Gabriela Silva Riesco, todos domiciliados para estos efectos en Camino Vecinal Candelaria kilometro 1,8 Parcela 4, Pucón, Región de La Araucania; acordaron transformar la sociedad denominada la sociedad de responsabilidad limitada sociedad INVERSIONES RSG LIMITADA ó RSG LTDA., Rut 76.231.869-5, constituida conforme a las disposiciones de la Ley 18.046, constituida por escritura de fecha 17/07/2012, ante EDUARDO AVELLO CONCHA, Notario Público Titular de la 27° Notaria de Santiago, número repertorio 5215-2012, inscrita a fs. 52647 Nº 36875 Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago de 2012, y se publicó en el Diario Oficial n° 40.326 de fecha 01/08/2012, en una Sociedad por Acciones, según presente estatuto y Arts. 424 y siguientes Código de Comercio y supletoriamente por normas S.A.- Razón social: INVERSIONES RSG SpA., la que podrá funcionar ante autoridades administrativas e inclusive con los Bancos con el nombre de fantasía RSG SpA. Objeto: El objeto de la sociedad será realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en cualquier punto del país y/o el extranjero las siguientes actividades: a) La compra, venta, distribución, almacenamiento, depósitos, importación, exportación, arrendamiento, intermediación y/o reparación de toda clase de repuestos y productos comerciables en general; b) La adquisición, enajenación, inversión, compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento de bienes raíces o derechos sobre ellos, su administración y explotación, subdivisión, lotes y/o urbanización, por cuenta propia o ajena, de predios urbanos o rústicos; c) La realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones, bonos, deventures; sean propios o de terceros, por cuenta propia o ajena; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos: d) La realización de asesorías, consultorios estudios en materias de ingeniería, prevención de riesgos u otras, para la industria, minería, y comercio en general; e) La construcción, diseño, edificación, montaje, explotación y desarrollo de todo tipo de obras y proyectos de ingeniería; f) En general, cualquier otro negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo expresado; y cualquier otro que acordaren los socios. Administración y Uso de la Razón social: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a don RICARDO MOISÉS SILVA GARCIA, quien actuando por la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social, la obligará en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario y extraordinario. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $5.000.000, dividido en 1.000 acciones sin valor nominal. Cada uno de los comparecientes y accionista de la sociedad transformada, suscribe y paga las acciones que en cada caso se indica: a) don Ricardo Moisés Silva Garcia, suscribe y paga un total de 500 acciones, por un valor total de $2.500.000; b) doña Sandra Verónica Riesco Gallegos, suscribe y paga un total de 200 acciones, por un valor total de $1.000.000; c) doña Carolina Silva Riesco, suscribe y paga un total de 115 acciones, por un valor total de $575.000; d) doña Camila Silva Riesco, suscribe y paga un total de 105 acciones, por un valor total de $525.000; y e) doña Gabriela Silva Riesco suscribe y paga un total de 80 acciones, por un valor total de $400.000. El pago de todas las acciones suscritas por los comparecientes accionistas de la sociedad, se hace con cargo a los derechos que los mismos tenían en la sociedad de responsabilidad limitada que se ha transformado en sociedad por acciones, consecuente con lo cual se da por expresa e íntegramente pagadas la totalidad de las 1.000 acciones emitidas por la sociedad. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de agencias o sucursales en otras ciudades del país o extranjero.- Duración: Indefinida.- Demás estipulaciones escritura extractada, Pucón, 10 de septiembre 2021.-