Instrumento
- Fecha
- 21 de septiembre de 2021
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $200.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago de Chile
Objeto social
La sociedad tiene por objeto a) la compra y adquisición por cualquier título o medio, la venta y enajenación en cualquier modo, la cesión permanente o transitoria, sea total o parcial, el arriendo y la inversión, todo lo anterior en bienes inmuebles o derechos sobre ellos, cualquiera sea su tipo, construcción, ubicación o destino, ya sea por cuenta propia o ajena; b) La administración y construcción de bienes inmuebles o la renovación o remodelación de ellos destinados a obtener de ellos rentas, y la inversión en general en bienes inmuebles y el emprendimiento o participación en proyectos inmobiliarios urbanos o rurales; c) La percepción de todos los frutos y el producto de los actos anteriores, y la inversión de los mismos en otros proyectos inmobiliarios; d) Todos los demás negocios y actividades empresariales o de inversión, especialmente destinados a la explotación de bienes raíces, así como la fusión, subdivisión o loteo de bienes inmuebles y la ejecución de proyectos de ingeniería e inmobiliarios; e) La realización de todos los actos y contratos que digan relación directa o indirecta con el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Carlos Alvarez Domínguez, Abogado, Notario Suplente de la 1ª Notaria de Santiago de don Hernán Cuadra Gazmuri, con oficio en Huérfanos 1160, of.101-102, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 21 de septiembre de 2021, ante mí, don MARTÍN VICENTE CHAVARRI BORDONI, chileno, soltero, ingeniero comercial, cédula de identidad número 19.475.582-1, domiciliado para estos efectos en la propiedad correspondiente a la Casa C del Proyecto Town Houses Los Pozos, ubicado en calle Los Pozos número 6.868, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; constituyó una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón social: INVERSIONES GORRITI SpA. Domicilio: ciudad de Santiago de Chile, sin perjuicio de lo cual podrá establecer agencias, sucursales, establecimientos, representaciones o delegaciones, tanto en el país como en el extranjero. Objeto: La sociedad tiene por objeto a) la compra y adquisición por cualquier título o medio, la venta y enajenación en cualquier modo, la cesión permanente o transitoria, sea total o parcial, el arriendo y la inversión, todo lo anterior en bienes inmuebles o derechos sobre ellos, cualquiera sea su tipo, construcción, ubicación o destino, ya sea por cuenta propia o ajena; b) La administración y construcción de bienes inmuebles o la renovación o remodelación de ellos destinados a obtener de ellos rentas, y la inversión en general en bienes inmuebles y el emprendimiento o participación en proyectos inmobiliarios urbanos o rurales; c) La percepción de todos los frutos y el producto de los actos anteriores, y la inversión de los mismos en otros proyectos inmobiliarios; d) Todos los demás negocios y actividades empresariales o de inversión, especialmente destinados a la explotación de bienes raíces, así como la fusión, subdivisión o loteo de bienes inmuebles y la ejecución de proyectos de ingeniería e inmobiliarios; e) La realización de todos los actos y contratos que digan relación directa o indirecta con el objeto social. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. Finalmente, la sociedad podrá realizar cualquier tipo de actividades o negocios que se relacionen directa o indirectamente con el giro social. Capital: $200.000, dividido en 10.000 acciones ordinarias nominativas, todas de una misma serie, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas de la siguiente forma: /a/ don MARTÍN VICENTE CHAVARRI BORDONI suscribe la cantidad de 10.000 acciones por un valor de $200.000 que paga al contado y en dinero en efectivo, en este acto, ingresados en la caja social de una sola vez. De esta forma, quedan suscritas y pagadas la totalidad de las acciones emitidas por la sociedad. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 21 de septiembre de 2021.