GSK CONSUMER HEALTHCARE CHILE SpA
Instrumento
- Fecha
- 31 de agosto de 2021
- Repertorio
- 22576/2021
- Notario
- PAULA ANDREA LUNA SÁEZ
- Oficio
- 18° Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPAULA ANDREA LUNA SÁEZ, Notario Público Suplente de la 18° Notaría Santiago, domiciliada en Huérfanos seiscientos sesenta y nueve, octavo piso, comuna de Santiago, certifica: Que con fecha 31 de agosto de 2021, ante mí, bajo el Repertorio N° 22.576 / 2021, se redujo a escritura pública el acta de la junta extraordinaria de accionistas de la sociedad GSK CONSUMER HEALTHCARE CHILE SpA (la “Sociedad”) celebrada con fecha 31 de agosto de 2021, a la cual asistí y en la cual se acordó, entre otras materias, aumentar el capital de la Sociedad desde la cantidad de $10.000.000, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una única serie y sin valor nominal, a la cantidad de $3.064.000.000, dividido en 31.299 acciones ordinarias, nominativas, de una única serie y sin valor nominal. A consecuencia de lo anterior, se acordó sustituir el artículo Quinto de los estatutos sociales, agregando además un nuevo artículo Primero Transitorio, quedando dichos artículos como siguen: "ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad es la cantidad de tres mil sesenta y cuatro millones de pesos, dividido en treinta y un mil doscientas noventa y nueve acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, de igual valor cada una. El capital se suscribe y paga en la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio de los estatutos. El o los accionistas, según corresponda, serán sólo responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad"; "ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social, ascendente a la suma de tres mil sesenta y cuatro millones pesos, se encuentra dividido en treinta y un mil doscientas noventa y nueve acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, de las cuales cien acciones han sido íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad al treinta y uno de agosto de dos mil veintiuno. Las restantes treinta y un mil ciento noventa y nueve acciones deberán ser suscritas y pagadas dentro del plazo de un mes contado desde la fecha de la escritura pública a la que se reduzca el acta de la junta extraordinaria de accionistas celebrada con fecha treinta y uno de agosto de dos mil veintiuno". Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 21 de septiembre de 2021. Paula Andrea Luna Sáez, Notario Suplente.