Instrumento
- Fecha
- 21 de septiembre de 2021
- Notario
- Bernardo Espinosa Bancalari
- Domicilio
- Puerto Varas
Objeto social
Por cuenta propia o ajena, con capitales propios o ajenos, a) La compra, venta, arriendo, subarriendo, modificación, transformación, modificación, elaboración, producción, distribución, comercialización, explotación, importación, exportación, de toda clase de bienes, productos o servicios en el área agrícola, ganadera, forestal, silvicola, y de maderas en general.- b) la compra, venta, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, administración de toda clase de vehículos motorizados, sean livianos o pesados, maquinaria pesada y equipos en general, la mantención, reparación, adquisición de repuestos, partes, y accesorios para los mismos.- c) La explotación de toda clase predios agrícolas, forestales o ganaderos, sean propios o ajenos o arrendados, y; d) La engorda, crianza de toda clase de animales vacuno, bovinos o de cualquier otra clase o naturaleza, sea en dominio, talaje, medianería u otra figura semejante, y; e) En general cualquier otra actividad rentable que se acuerde
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalBernardo Espinosa Bancalari, Notario Público de Puerto Varas, con oficio en esta ciudad, Av. Gramado 535, certifica: por escritura pública de 21 de septiembre de 2021, otorgada ante mí, JAIME TEOFILO LARA MONTECINOS, empresario; JUAN PABLO LARA VARGAS, empleado; MARÍA INÉS VARGAS KOSSACK, Profesora; JAIME ANDRES LARA VARGAS, transportista; y, MACARENA ANDREA LARA VARGAS, empleada, todos Parcela 35, Parque Ivian, Puerto Varas, constituyeron sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo que sigue: RAZON SOCIAL: AGRICOLA LAS VERTIENTES SpA.- OBJETO: Por cuenta propia o ajena, con capitales propios o ajenos, a) La compra, venta, arriendo, subarriendo, modificación, transformación, modificación, elaboración, producción, distribución, comercialización, explotación, importación, exportación, de toda clase de bienes, productos o servicios en el área agrícola, ganadera, forestal, silvicola, y de maderas en general.- b) la compra, venta, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, administración de toda clase de vehículos motorizados, sean livianos o pesados, maquinaria pesada y equipos en general, la mantención, reparación, adquisición de repuestos, partes, y accesorios para los mismos.- c) La explotación de toda clase predios agrícolas, forestales o ganaderos, sean propios o ajenos o arrendados, y; d) La engorda, crianza de toda clase de animales vacuno, bovinos o de cualquier otra clase o naturaleza, sea en dominio, talaje, medianería u otra figura semejante, y; e) En general cualquier otra actividad rentable que se acuerde. CAPITAL: Diez millones de pesos, dividido en doscientas acciones que se suscribe y paga de la siguiente manera: a) don JAIME TEOFILO LARA MONTECINOS, con 80 acciones, por el equivalente a 4.000.000 de pesos, en acto constitución suscribe y paga 20 acciones, por el monto 1.000.000 pesos, sumas que ingresan a la caja social; suscribe además 60 acciones por 3.000.000 pesos, pagaderas dentro del plazo de 3 años o a medida que las necesidades sociales lo requieran. b) doña MARÍA INÉS VARGAS KOSSACK, con 60 acciones, por el equivalente a 3.000.000 de pesos, en acto constitución, suscribe y paga 6 acciones, por el monto de 300.000 pesos; suscribe además en este acto, 54 acciones por el monto de un 2.700.000 pesos, pagaderas dentro del plazo de 3 años o a medida que las necesidades sociales lo requieran. c) Don JAIME ANDRES LARA VARGAS, con 20 acciones, por el equivalente a un 1.000.000 de pesos, en acto constitución suscribe y paga 2 acciones, por el monto de 100.000 pesos; suscribe 18 acciones por el monto de 900.000 pesos, pagaderas dentro del plazo de 3 años o a medida que las necesidades sociales lo requieran. d) Don JUAN PABLO LARA VARGAS, con 20 acciones, por el equivalente a un 1.000.000 de pesos, en acto constitución suscribe y paga 2 acciones, por el monto de 100.000 pesos; suscribe 18 acciones por el monto de 900.000 pesos, pagaderas dentro del plazo de 3 años o a medida que las necesidades sociales lo requieran. e) Doña MACARENA ANDREA LARA VARGAS, con 20 acciones, por el equivalente a un 1.000.000 de pesos, en acto constitución suscribe y paga 2 acciones, por el monto de 100.000 pesos; suscribe 18 acciones por el monto de 900.000 pesos, pagaderas dentro del plazo de 3 años o a medida que las necesidades sociales lo requieran. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Varas, 22 de septiembre de 2021.