MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ÁLVARO CESAR ROMÁN ORTIZ Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 76083895-0 CVE 2013966
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
13 de septiembre de 2021

Instrumento

Fecha
13 de septiembre de 2021
Repertorio
2081-2021
Notario
otorgada ante ADOLFO ANDRÉS LAPOSTOL DETTORI
Domicilio
SUSANA DEL PILAR CORTÉS VALLEJO

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO NEHME CARPANETTI, Abogado, Notario Titular de la Primera Notaria de la Provincia de Copiapó, domiciliado en calle Libertador Bernardo O”Higgins Nº 744, Copiapó, certifico: Por escritura de fecha 13 de septiembre de 2021, Repertorio Nº 2.081-2021, otorgada ante ADOLFO ANDRÉS LAPOSTOL DETTORI, Notario Público Suplente, SUSANA DEL PILAR CORTÉS VALLEJO, chilena, trabajadora, CI N° 10.942.937-6, casada bajo régimen de sociedad conyugal, y actuando bajo su patrimonio reservado conforme al artículo 150 del código civil, don ÁLVARO CESAR ROMÁN ORTIZ, chileno, casado, dibujante técnico, CI N° 10.066.260-4, ambos Mackenna 255, Copiapó; modificaron Sociedad de Responsabilidad Limitada “SUSANA DEL PILAR CORTES VALLEJO Y COMPAÑÍA LIMITADA”, RUT N° 76.083.895-0; Capital social $3.000.000.-, constituida por escritura pública de fecha 28 de diciembre de 2009 ante el Notario Público don LUIS ALBERTO CONTRERAS FUENTES, cuyo extracto se inscribió en el registro de comercio del conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Copiapó, a fojas 3 N° 3 de 2010 y se publicó en el Diario Oficial N° 39.555, de fecha de 8 de enero de 2010.- MODIFICACIÓN Los socios acuerdan por unanimidad modificar la CLÁUSULA SEGUNDA de los estatutos de la sociedad en los siguientes términos: “SEGUNDO: El nombre o razón social de la sociedad será ÁLVARO CESAR ROMÁN ORTIZ Y COMPAÑÍA LIMITADA, que podrá indistintamente actuar inclusive ante los Bancos, Servicio de Impuestos Internos, y demás instituciones con el nombre de fantasía “INVERSIONES SUAL LTDA.”.- Asimismo los socios acuerdan por unanimidad modificar la CLÁUSULA CUARTA de los estatutos de la sociedad en los siguientes términos: “CUARTO: La administración de la sociedad y uso de la razón social corresponderá únicamente al socio don ÁLVARO CESAR ROMÁN ORTIZ, quien podrá anteponiendo a la razón social su firma, obligarla a toda clase actos, y gozara de las facultades y atribuciones que se indicaron en la escritura de constitución de la sociedad descrita en la cláusula primera escritura extractada.- Por último, los socios por acuerdo unánime modifican la CLÁUSULA SEXTA referida al CAPITAL SOCIAL en los siguientes términos. AUMENTO: El capital social establecido en la escritura de constitución de “INVERSIONES SUAL LTDA”, que corresponde a la cantidad de $3.000.000.-, aumenta a la cantidad de $15.000.000.-. Este aumento dice relación con los aportes en dinero que realizará don ÁLVARO CESAR ROMÁN ORTIZ, los cuales serán realizados de la siguiente manera. Uno) Aporta en este acto la suma de $3.000.000.- en dinero efectivo, ya ingresado en la caja social, y que la sociedad da por recibidos a su entera satisfacción; Dos) La suma de $10.500.000.-, en el plazo de 5 años contados de la fecha suscripción escritura, a medida que las necesidades sociales lo requieran, pudiendo ser a través de dinero efectivo y/o con cargo a las utilidades o a fondos formados por utilidades o revalorizaciones legales.- Producto de lo estipulado, se modifica la CLÁUSULA SEXTA de los estatutos, quedando como sigue: El capital social es la suma de $15.000.000.-, cantidad que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: A) Doña SUSANA DEL PILAR CORTÉS VALLEJO, con una suma equivalente al 10% de participación de derechos sociales, esto es, $1.500.000.-, aportados al momento de la constitución de la sociedad; B) Don ÁLVARO CESAR ROMÁN ORTIZ, con una suma equivalente al 90% de participación de derechos sociales, esto es, $13.500.000.-, que aporta y entera de la siguiente manera: Uno) La suma de $1.500.000.-, enterados al momento de la suscripción de la escritura de constitución de la sociedad Inversiones Sual Ltda.; Dos) La suma de $1.500.000.- pesos al momento de la suscripción de la presente escritura de modificación social; y C) La suma de $10.500.000.-, plazo de 5 años contados de la fecha de la presente escritura, a medida que las necesidades sociales lo requieran, pudiendo ser a través de dinero efectivo y/o con cargo a las utilidades o a fondos formados por utilidades o revalorizaciones legales. Los socios declaran en este acto que limitaran su responsabilidad hasta el monto de sus aportes.- En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social establecido en la escritura pública de constitución fecha 28 de diciembre de 2009.- Demás estipulaciones escritura Extractada.- Copiapó, 21 de septiembre de 2021.