SOCIEDAD COMERCIAL LE PAPI COMPAÑIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de agosto de 2021
- Notario
- DICTINO SEGUNDO NIÑO MORALES
- Oficio
- Primera Notaría de Chillán
- Comuna
- Chillán
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| SOCIEDAD COMERCIAL LE PAPI COMPAÑIA LIMITADA | socio | 76099965-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDICTINO SEGUNDO NIÑO MORALES, Abogado, Notario Público Interino de la Primera Notaría de Chillán, Región de Ñuble, con oficio en calle El Roble número quinientos cincuenta y uno, certifico; Que por escritura pública de fecha 25-08-2021 suscrita ante el Notario Titular, don GERARDO CORTÉS GASAUI, Don Ciro Manuel Campos Garrido, doña Juana de Dios Rivera Aqueveque, don Ciro Manuel Campos Rivera, doña Nicole Andrea Campos Rivera, don Bernardo Matías Campos Rivera, y don Nicolás Ariel Campos Rivera, todos con domicilio Chillán, Blanco Encalada número 215, modificaron sociedad SOCIEDAD COMERCIAL LE PAPI COMPAÑIA LIMITADA, RUT 76.099.965-2, cuyo capital es de $10.000.000.-, constituida escritura pública 04 Mayo 2010, Notario Titular Chillán Luis Eduardo Álvarez Díaz, inscrita fojas 209 vuelta número 247 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Chillán año 2010. La sociedad referida ha sido objeto de las siguientes modificaciones: a) Escritura pública 20 Diciembre 2011, Notario Público Chillán Luis Álvarez Díaz, inscrito a fojas 756 número 911 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Chillán año 2011. b) Escritura pública 08 Mayo 2013, Notario Público Chillán Luis Álvarez Díaz, inscrito a fojas 407 número 458 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Chillán año 2013. Modificación consiste: a) Ciro Manuel Campos Rivera, vende, cede y transfiere a Nicole Andrea Campos Rivera, quien compra, acepta y adquiere para sí, la totalidad de su haber o participación en la sociedad ascendente a un 10%. El precio de la compraventa es la suma de $1.000.000, el que se paga de contado y en dinero efectivo cantidad que el vendedor declara recibir a entera conformidad, renunciando a la acción resolutoria que por dicho concepto pudiera emanar. b) Nicolás Ariel Campos Rivera, vende, cede y transfiere a Nicole Andrea Campos Rivera, quien compra, acepta y adquiere para sí, un 50% de su haber o participación en la sociedad ascendente a un 5%. El precio de la compraventa es la suma de $500.000, el que se paga de contado y en dinero efectivo cantidad que el vendedor declara recibir a entera conformidad, renunciando a la acción resolutoria que por dicho concepto pudiera emanar. c) Nicolás Ariel Campos Rivera, vende, cede y transfiere a Bernardo Matías Campos Rivera, quien compra, acepta y adquiere para sí, el restante 50% de su haber o participación en la sociedad ascendente a un 5%. El precio de la compraventa es la suma de $500.000, el que se paga de contado y en dinero efectivo cantidad que el vendedor declara recibir a entera conformidad, renunciando a la acción resolutoria que por dicho concepto pudiera emanar. Derivado de lo anterior, el haber o capital social, queda dividido entre los actuales socios, del modo siguiente: a) Ciro Manuel Campos Garrido, es de un 40%; b) Juana de Dios Rivera Aqueveque, es de un 20%; c) Nicole Andrea Campos Rivera, es de un 25%; y d) Bernardo Matías Campos Rivera, es de un 15%. Modifican la cláusula relativa a las utilidades y eventuales pérdidas de la sociedad se repartirán del modo siguiente: a) Ciro Manuel Campos Garrido, es de un 40% b) Juana de Dios Rivera Aqueveque, es de un 20%; c) Nicole Andrea Campos Rivera, es de un 25%; y d) Bernardo Matías Campos Rivera, es de un 15% o en la proporción que los socios acuerden. Las modificaciones comenzaron a regir a contar de la fecha de la escritura. En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes estipulaciones pacto social constitutivo. Otras estipulaciones en escritura extractada. Chillán, 20 de septiembre de 2021.