MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

CONSTRUCTORA URBE SpA

CVE 2012953
Capital
$261.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de agosto de 2021

Instrumento

Fecha
25 de agosto de 2021
Notario
ELIANA GABRIELA GERVASIO ZAMUDIO
Domicilio
Viña del Mar

Sociedad

Capital
$261.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ELIANA GABRIELA GERVASIO ZAMUDIO, Abogado, Notario Público Titular Viña del Mar, Arlegui 537, certifica: Por escritura de fecha 25 de Agosto del año 2021 ante Suplente, Abogado, FRANCISCO JOSE RIOSECO ARAGON, se redujo a escritura pública Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “CONSTRUCTORA URBE SpA.” RUT setenta y seis millones ochocientos cincuenta mil doscientos cincuenta y tres guión seis, inscrita a fojas 428 N° 320 Registro de Comercio de Viña del Mar año 2018, en la que asistiendo la totalidad de los accionistas y por unanimidad de ellos se acordó: I.- Se elimina de los estatutos sociales a toda alusión a que HERNAN JOSE VALENZUELA GONZALEZ es el representante legal y ostenta el uso de la firma social de la sociedad “CONSTRUCTORA URBE SpA”. A fin de mejor proceder, se modifica parrafo inicial de clausula novena quedando: redactada siguientes términos: “La administración, representación y uso de la firma social de la sociedad corresponderá exclusivamente a ANDRES IÑAQUI OCARIZ RETAMAL, sin perjuicio de poder delegar sus facultades en Gerentes especialmente designados para ello por medio de escritura pública, con aquellas facultades que expresamente les otorgare. El accionista en su calidad de administrador de la sociedad tendrá las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones de cualquier naturaleza que se relacionen directa o indirectamente con el giro social.” En mérito de lo indicado, HERNAN JOSE VALENZUELA GONZALEZ, no tiene ningún vínculo legal ni capacidad de injerencia alguna con “CONSTRUCTORA URBE SpA”. II.- modificar el artículo QUINTO de los estatutos sociales por el siguiente: “El capital de la sociedad es de $261.000.000, dividido en 174 acciones de igual valor, nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en conformidad a lo preceptuado en los artículos transitorios de estos estatutos. Las acciones serán emitidas sin imprimir laminas físicas de sus títulos tal y como lo autoriza la ley. No obstante, el capital y el valor de las acciones se entenderán modificados de pleno derecho cada vez que la Junta General Ordinaria de Accionistas apruebe el Balance de un Ejercicio, debiendo aquel expresar el nuevo capital y el valor de las acciones resultantes de la revalorización del capital propio.” III.- modificar el artículo SEGUNDO TRANSITORIO de los estatutos cuya redacción será la siguiente: “El capital de la sociedad es de $261.000.000, dividido en 174 acciones de igual valor, nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal, que han sido suscritas y pagadas de la siguiente forma: A) Mediante la suscripción de cien acciones completamente pagas al momento de la constitución de la sociedad. B) Mediante la capitalización de las utilidades retenidas en los periodos comerciales que abarcan los años 2019 y 2020, suma que corresponde a $69.000.000, cantidad representativa de 46 acciones liberadas de pago; y, C) Mediante la emisión de 28 acciones de pago equivalentes a $42.000.000 que suscribe por este acto el compareciente y que se pagaran dentro de los próximos 5 años contados desde la suscripción de esta escritura y/o conforme a las necesidades de la sociedad.” Demas estipulaciones escritura extractada. Portador facultado legalizacion. 26 Agosto 2021.