SCS SpA
Instrumento
- Fecha
- 1 de septiembre de 2021
- Notario
- ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS
- Oficio
- 42° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $65.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
En general: a)La prestación de servicios médicos de todo tipo, incluyendo la atención ambulatoria, consultas médicas de profesionales, realización de procedimientos, exámenes, terapias, rehabilitación, seguimiento, procedimientos reconstructivos de todo tipo; actividades de clínicas y)o hospitales privados; emisión de informes; procedimientos quirúrgicos en general, cirugías, laserterapia u otros procedimientos con equipos médicos mecánicos, digitales, computacionales u otras tecnologías; prestación de servicios hospitalarios, traslado de pacientes; y todo otro servicio que se relacione con el área médica; b) Prestación de servicios kinesiológicos; de enfermería; psicología; odontológicos; nutrición; acondicionamiento físico; masoterapia; terapias en general, rehabilitación, consultas ambulatorias, tratamientos, procedimientos u otros; c) Prestación de servicios estéticos en general, de relajación, spa y de belleza, incluyendo tratamientos estéticos, maquillaje, asesoría de imagen, procedimientos o tratamientos capilares y)o dermatológicos en general, servicios ambulatorios u otros; el servicio de hotelería o cafetería; d)El arrendamiento de maquinarias o dependencias destinadas a la realización de los procedimientos antes señalados; la venta, intermediación, arrendamiento, consignación, préstamo de toda clase de productos o servicios relacionados con los enumerados en las letras anteriores; e) La actividad educacional en torno a los objetos antes señalados, realización de clases, seminarios, cursos, perfeccionamiento u otros en torno a las actividades indicadas en las letras a) a d) anterior; f) en general toda actividad relacionada directa o indirectamente con el objeto antes indicado o aquel que determinen las partes
Administración
En forma conjunta a CAROLINA ANDREA SOTO DIEZ y CRISTINA ESPERANZA MONTERO PEÑALOZA conforme amplias facultades señaladas en pacto constitutivo
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| CAROLINA ANDREA SOTO DIEZ | representante | 13449598-7 | — | — | |
| CRISTINA ESPERANZA MONTERO PEÑALOZA | representante | 14115169-K | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, abogado, Notario Público, titular de la 42° Notaría de Santiago, con oficio en Agustinas 1070 segundo piso, Santiago, certifica, que por escritura de fecha 01 de septiembre de 2021 otorgada ante el Notario Suplente José Leonardo Brusi Muñoz, sociedad “SOTO DIEZ SERVICIOS MÉDICOS LIMITADA”, RUT 76.272.582-7, representada por CAROLINA ANDREA SOTO DIEZ, RUT 13.449.598-7 ambas con domicilio en Miguel Claro 195 departamento 209, Providencia; y (2) sociedad “SERVICIOS MÉDICOS COUVE-MONTERO SpA”, RUT 76.230.532-1, representada por CRISTINA ESPERANZA MONTERO PEÑALOZA, RUT 14.115.169-K, ambas con domicilio en Doctor Alejandro del Río 2323, Ñuñoa, constituyeron Sociedad por Acciones de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre sociedad: SCS SpA. Objeto: En general: a)La prestación de servicios médicos de todo tipo, incluyendo la atención ambulatoria, consultas médicas de profesionales, realización de procedimientos, exámenes, terapias, rehabilitación, seguimiento, procedimientos reconstructivos de todo tipo; actividades de clínicas y/o hospitales privados; emisión de informes; procedimientos quirúrgicos en general, cirugías, laserterapia u otros procedimientos con equipos médicos mecánicos, digitales, computacionales u otras tecnologías; prestación de servicios hospitalarios, traslado de pacientes; y todo otro servicio que se relacione con el área médica; b) Prestación de servicios kinesiológicos; de enfermería; psicología; odontológicos; nutrición; acondicionamiento físico; masoterapia; terapias en general, rehabilitación, consultas ambulatorias, tratamientos, procedimientos u otros; c) Prestación de servicios estéticos en general, de relajación, spa y de belleza, incluyendo tratamientos estéticos, maquillaje, asesoría de imagen, procedimientos o tratamientos capilares y/o dermatológicos en general, servicios ambulatorios u otros; el servicio de hotelería o cafetería; d)El arrendamiento de maquinarias o dependencias destinadas a la realización de los procedimientos antes señalados; la venta, intermediación, arrendamiento, consignación, préstamo de toda clase de productos o servicios relacionados con los enumerados en las letras anteriores; e) La actividad educacional en torno a los objetos antes señalados, realización de clases, seminarios, cursos, perfeccionamiento u otros en torno a las actividades indicadas en las letras a) a d) anterior; f) en general toda actividad relacionada directa o indirectamente con el objeto antes indicado o aquel que determinen las partes.- Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio agencias, sucursales u oficinas, que pueda establecer en otras ciudades del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Capital: $65.000.000 en moneda nacional chilena, dividido en 100 ACCIONES, sin valor nominal, todas de una misma serie: (1) Sociedad “SOTO DIEZ SERVICIOS MÉDICOS LIMITADA”, suscribe 50 acciones por el valor total de $32.500.000. Paga en este acto $3.250.000 que paga y entera en este acto a caja social en dinero en efectivo. Se obliga a pagar $29.250.000 dentro de 5 años de acuerdo a necesidades de caja social; y (2) Sociedad “SERVICIOS MÉDICOS COUVE-MONTERO SpA”, suscribe 50 acciones por el valor total de $32.500.000. Paga en este acto $3.250.000 que paga y entera en este acto a caja social en dinero en efectivo. Se obliga a pagar $29.250.000 dentro de 5 años de acuerdo a necesidades de caja social. Administración: En forma conjunta a CAROLINA ANDREA SOTO DIEZ y CRISTINA ESPERANZA MONTERO PEÑALOZA conforme amplias facultades señaladas en pacto constitutivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago de Chile, 14 de Septiembre de 2021.