IGNATIAS SpA
Instrumento
- Fecha
- 9 de septiembre de 2021
- Repertorio
- 4903/2021
- Comuna
- Providencia
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, abogado, Notario Santiago, Titular de la Primera Notaría de Providencia, Avda. Providencia 1777, certifico: que por escritura pública otorgada el 9 de septiembre de 2021, ante mí, Repertorio 4903/2021: don CARLOS ROBERTO MURANDA LÓPEZ , en su calidad de único accionista de la sociedad “IGNATIAS SpA”, Rol Único Tributario número setenta y seis millones trescientos sesenta y cinco mil ochocientos ochenta y uno guion tres, constituida por escritura pública el cuatro de abril de dos mil catorce, ante el Notario de Santiago, don Camilo Valenzuela Riveros; inscrita a fojas 25845 Nº 16276 Registro Comercio Santiago 2014, cuyo capital es la suma de $1.000.000.-, modifica el Artículo Quinto del Título Tercero del pacto social con la finalidad de agregar el numeral Treinta y cuatro) OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR: Contratar y efectuar toda clase de operaciones de comercio exterior y de cambios internacionales, estando facultado para representar a la Sociedad en todas las operaciones, diligencias, trámites o actuaciones relacionadas con importaciones y exportaciones ante los Bancos comerciales, Banco Central de Chile y cualquier otra entidad o autoridad competente pudiendo al efecto representar y firmar registros de importación y exportación, abrir acreditivos divisibles o indivisibles, revocables o irrevocables, presentar solicitudes anexas, cartas explicativas, declaraciones juradas y toda otra documentación pertinente que fuere exigida por los bancos o por el Banco Central de Chile y solicitar la modificación de las condiciones bajo las cuales ha autorizado una determinada operación; autorizar cargos en las cuentas corrientes de la Sociedad a causa de operaciones de comercio exterior, otorgar, retirar, endosar, enajenar y negociar en cualquier forma documentos de embarque, facturas y conocimientos y carta de porte y documentos consulares y, en general, ejecutar todos los actos y realizar todas las operaciones que fueren conducentes al adecuado cumplimiento del encargo que se les confiere, que no es materia de extracto.- En lo no modificado rigen íntegramente las estipulaciones contenidas en la escritura social anterior.- Santiago, 9 de septiembre de 2021.-lp.