SOCIEDAD CALFRIO_O LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de marzo de 2011
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalERNESTO MONTOYA PEREDO, Notario Rancagua, Campos 377, certifica: Por escritura hoy ante mi, Don ALEJANDRO PATRICIO RIFFO PEREZ, y doña KAREN MARIBEL BUSTAMANTE RAMÌREZ, ambos domiciliados en calle Tapaume número 1846, Villa San Ignacio, comuna de Rancagua, modifican sociedad ““SOCIEDAD CALFRIO_O LIMITADA”, nombre de fantasía “CALFRIO_O LIMITADA”, Rut 76. 139. 572 - 6, con un capital inicial de $1.000.000 pesos, constituida 15 de marzo de 2011, Notario de Rancagua Eduardo de Rodt Espinosa e inscrita a fojas 180 vta Nº 237 Registro Comercio Santiago, año 2011, publicada comparecientes acuerdan aumentar el capital de la sociedad a la suma de quince millones de pesos ($15.000.000), aportando cada uno las respectivas diferencias que le correspondan para llegar a la mencionada suma. En virtud del aumento de capital que se da cuenta precedentemente ambos socios vienen así mismo a modificar los porcentajes de participación en la sociedad en los siguientes porcentajes: a don ALEJANDRO PATRICIO RIFFO PEREZ le corresponde un 40% de las utilidades, así como la contribución de las determinadas perdidas; y a doña KAREN MARIBEL BUSTAMANTE RAMÌREZ, le corresponde un 40% de las utilidades, así como la contribución de las determinadas perdidas. B) En este acto comparece don FELIPE ALEJANDRO RIFFO BUSTAMANTE, chileno, soltero, independiente, cédula nacional de identidad N° 20.372.536-1, domiciliado en San Sebastián 14, Santa Barbara, Rancagua, quien declara que hace ingreso a la Sociedad, con la anuencia de los socios primitivos, ingresando a la misma en los siguientes términos, aportando en este acto la suma de dos millones ochocientos mil pesos ($2.800.000), al contado y en dinero efectivo; dinero que ingresa a la caja social con esta fecha., por lo tanto el aporte efectuado equivale al veinte por ciento del capital total de la sociedad, proporción que se aplicara para percibir utilidades o eventuales perdidas. Se deja constancia que el capital inicial de la sociedad es de un millón de pesos ($1.000.000) y el capital total de la misma, en virtud de las modificaciones realizadas, es de once millones cuatrocientos sesenta y un mil cuatrocientos cuarenta pesos ($11. 461. 440). Quedando un capital final total de quince millones de pesos ($15.000.0000). C) En este acto los socios anteriormente señalados vienen en señalar que conforme reza el artículo séptimo del pacto social la administración, representación y el uso de la razón socia corresponderá indistintamente a todos los socios, esto es, a doña KAREN MARIBEL BUSTAMANTE RAMÌREZ, a don ALEJANDRO PATRICIO RIFFO PEREZ y a don FELIPE ALEJANDRO RIFFO BUSTAMANTE quienes anteponiendo la razón social a su firma se encontraran investidos con todas y cada una de las facultades que dicha cláusula señala. En lo no modificado permanecen vigentes cláusulas del pacto social constitutivo. Rancagua, 08 de septiembre de 2021.-